
El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) de Perú ha publicado un proyecto de decreto supremo para modificar y ampliar el Reglamento Técnico de Etiquetado de Eficiencia Energética para Equipos Energéticos.
Esta propuesta incorpora por primera vez la obligación de etiquetar el consumo energético de productos como televisores, ventiladores y microondas, junto con otros equipos de uso masivo.
Hasta ahora, solo nueve familias de productos tenían que informar su eficiencia, entre ellos lámparas, balastos, refrigeradoras, motores eléctricos, lavadoras, secadoras, aire acondicionado y calentadores de agua.
De acuerdo con el decreto, la medida busca reducir el consumo energético y las emisiones de gases de efecto invernadero, en línea con los compromisos climáticos del país.
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Sin embargo, el texto admite que la implementación podría generar un aumento en el precio inicial de algunos equipos debido a los costos de certificación y adecuación que deberán asumir fabricantes, importadores y comerciantes.

¿Qué equipos estarán obligados a informar su consumo energético?
La nueva normativa amplía el alcance del etiquetado obligatorio a 11 nuevas categorías de productos. En adelante, los consumidores encontrarán información clara y verificable sobre el consumo de equipos como:
- Televisores
- Cocinas de inducción
- Hornos microondas
- Hornos eléctricos portátiles
- Ventiladores de pie
- Ventiladores de pared
- Ventiladores de techo
- Equipos de sonido
- Impresoras
- Decodificadores
- Cocinas a gas
El objetivo, según el MINEM, es que los usuarios puedan comparar el desempeño energético al momento de comprar y elegir equipos más eficientes.
El reglamento establece que todas las etiquetas deberán ser visibles tanto en los locales de venta como en plataformas online, incluyendo imágenes y datos técnicos.
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Si el producto se ofrece por internet, la normativa exige sistemas electrónicos que permitan la autenticación de la información publicada.
Además, los productores e importadores tendrán que presentar un certificado de conformidad emitido por organismos acreditados por el Instituto Nacional de Calidad (INACAL).
Ahorro energético y reducción de emisiones: las metas oficiales
Según el análisis de impacto cuantitativo del MINEM, la modificación del reglamento busca alcanzar un ahorro acumulado de 28.127 GWh entre 2018 y 2030, equivalente a evitar la emisión de 11,6 millones de toneladas de CO₂.
Solo en el sector residencial, el potencial de ahorro supera los 8.340 GWh, mientras que en el sector no residencial la proyección es de 19.787 GWh.
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El compromiso oficial ante la comunidad internacional, reflejado en la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC), es evitar al menos 0,5 millones de toneladas de CO₂ al 2030 solo por el etiquetado, aunque el potencial real supera ampliamente esa meta.
Las cifras muestran la magnitud del mercado afectado: en 2022 se importaron más de 2 millones de televisores, casi 4 millones de decodificadores, más de 2,3 millones de ventiladores y más de 400.000 cocinas a gas.
Del mismo modo, el etiquetado obligatorio permitirá a los consumidores peruanos acceder a información equiparable a la que ya existe en países como Chile, Estados Unidos y la Unión Europea.
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Sanciones, fiscalización y período de transición
El texto legal establece un período de gracia de dos años desde la publicación de la norma. Durante ese lapso, no habrá fiscalización ni sanciones por parte de las autoridades, y los actores de la cadena comercial podrán adecuarse a las nuevas exigencias.
Finalizado ese plazo, la comercialización de productos sin certificación vigente, con información engañosa o con doble etiqueta será considerada infracción grave y podrá ser sancionada por el INDECOPI.

Las sanciones incluyen multas y procedimientos administrativos para quienes incumplan la exhibición de la etiqueta, presenten información falsa o utilicen certificados emitidos por organismos no acreditados.
El decreto también especifica que solo podrá mostrarse la etiqueta peruana de eficiencia energética, prohibiéndose el uso de etiquetas extranjeras en el país.
Costos y beneficios: impacto para consumidores e industria
El análisis reconoce que la adaptación a los nuevos estándares implicará costos para los importadores, fabricantes y distribuidores, lo que podría reflejarse en un aumento inicial de los precios de algunos equipos. Estos costos incluyen la certificación, el ajuste de procesos y la capacitación necesaria para cumplir con el nuevo marco regulatorio.
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No obstante, el MINEM sostiene que el beneficio a largo plazo será mayor, tanto para el consumidor, que podrá elegir equipos más eficientes y reducir su gasto en energía, como para el país, que avanzará en el cumplimiento de sus compromisos ambientales y en la protección de la salud pública.
El proyecto, contenido en la Resolución Ministerial N.° 285-2026-MINEM/DM, estará sometido a consulta pública durante 30 días calendario a partir de su publicación oficial.
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