Vladimir Cerrón nunca pidió anular su prisión preventiva: El TC lo hizo de oficio

Magistrada Luz Pacheco advierte que la mayoría del Tribunal “va más allá” de lo que solicitó el líder de Perú Libre al dejar sin efecto una resolución que no había cuestionado en su demanda de habeas corpus

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Vladimir Cerrón

El Tribunal Constitucional declaró nula la prisión preventiva que se le impuso al líder del pronto a desaparecer partido Perú Libre, Vladimir Cerrón, en la investigación preparatoria en su contra por organización criminal y lavado de activos. Ello a pesar de que la defensa nunca lo solicitó expresamente, según el voto singular de la magistrada Luz Pacheco Zerga.

En efecto, de acuerdo al recurso de agravio constitucional al que accedió Infobae, la defensa de Vladimir Cerrón solo pidió la nulidad de la resolución que rechazó variar el mandato de prisión preventiva por comparecencia con restricciones, así como la resolución que la confirma.

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Sin embargo, dice Luz Pacheco, la sentencia por mayoría –suscrita por los magistrados Helder Domínguez, Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez y Pedro Hernández– “va más allá y se expresa también por la resolución que impuso la prisión preventiva al accionante”.

Documento legal con texto impreso, escudo nacional del Perú, logotipo del Tribunal Constitucional y nombres de jueces firmantes
El Tribunal Constitucional del Perú emite una resolución que declara fundada una demanda y anula resoluciones vinculadas a un proceso judicial contra Vladimir Roy Cerrón Rojas.

El argumento que se consigna en la sentencia mayoritaria es que el rechazo del pedido de variación fue “indebido”, sino también la imposición de la misma prisión preventiva por el “cambio de circunstancias”. Esto es la desaparición de la orden de captura dictada en el proceso por el caso Aeródromo Wanka, que llevó a Cerrón a pasar a la clandestinidad y dejar de cumplir las reglas de conducta impuestas en el proceso por organización criminal y lavado de activos.

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Sin embargo, este argumento es rechazado por la expresidenta del TC Luz Pacheco. La magistrada considera que el Tribunal no puede puede tomar una decisión sobre las resoluciones que impusieron la prisión preventiva “en tanto no han sido objeto de análisis en el presente proceso constitucional”.

Además, Pacheco asevera que la prisión preventiva dictada contra Vladimir Cerrón no se limita solo a si “algunas condenas impuestas en su contra fueron anuladas”, sino que es una situación “más compleja”.

“Para tal efecto, se requiere en definitiva de analizar en detalle las mencionadas resoluciones, cosa que en la sentencia no se ha realizado, por lo que no apoyo en emitir un fallo extrapetita, como ha ocurrido en el presente caso, en especial, porque no se ha permitido a la parte demandada (Poder Judicial) brindar sus descargos sobre este último punto, lo que vulnera el derecho de defensa”, concluye.

Documento legal del Tribunal Constitucional del Perú. Muestra texto en español relacionado con el expediente del caso de Vladimir Cerrón y el voto de Pacheco Zerga
El documento reproduce el voto singular de la magistrada Luz Pacheco del Tribunal Constitucional del Perú, donde declara infundada la demanda de hábeas corpus interpuesta en el caso de Vladimir Cerrón.

Fallos favorables

Gracias a que el Tribunal Constitucional que anuló esa orden de prisión preventiva, Vladimir Cerrón podrá volver a moverse libremente. Es la tercera vez que el máximo intérprete de la Constitución resuelve a su favor desde que inició su vida en la clandestinidad. Y las tres veces, los mismos cuatro magistrados firmaron los votos favorables.

Se trata de Helder Domínguez Haro —presidente del TC—, Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse y Pedro Hernández Chávez. Los cuatro han votado a favor de Cerrón en cada expediente que llegó al tribunal durante su etapa como prófugo. Ningún fallo fue emitido antes de que Cerrón huyera. Todos llegaron después.

El primero, en diciembre de 2024, anuló la condena de 3 años y 6 meses de prisión efectiva por el caso Aeródromo Wanka. El TC ordenó que la Sala de Apelaciones de Junín volviera a pronunciarse sobre la prescripción del delito, aunque en ese momento aún estaba pendiente un recurso de casación ante la Corte Suprema. Ese recurso terminó absolviendo a Cerrón el 26 de marzo de 2025.

Al día siguiente de esa absolución, el TC publicó el segundo fallo: la anulación de la condena de 4 años de prisión suspendida por el caso La Oroya, la misma que le había impedido postular a la vicepresidencia junto a Pedro Castillo en 2021. Con esa sentencia, Cerrón quedó sin ninguna condena vigente. Solo le quedaba pendiente la prisión preventiva.

La tercera batalla se libró con velocidad inusual. El hábeas corpus contra la prisión preventiva presentado por la defensa de Cerrón ingresó formalmente al TC el 11 de febrero de 2026. En apenas 20 días, el tribunal fijó audiencia para el 11 de marzo, un plazo que contrasta con los tiempos habituales del organismo, donde un caso puede tardar alrededor de un año en resolverse.

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