
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) evaluará hoy, lunes 13 de julio, si Rafael López Aliaga, exalcalde de Lima y senador electo, puede postular como teniente alcalde de Lima en las próximas Elecciones Regionales y Municipales 2026.
La audiencia pública de la autoridad electoral programada para las 3:00 p.m. y será el primer caso que verá el pleno del tribunal electoral que preside Roberto Burneo, según RPP. Hoy también se revisarán 30 expedientes vinculados con los comicios regionales y municipales de octubre.
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Después de la audiencia, los magistrados debatirán en privado y luego se publicará el sentido de sus decisiones. En algunos expedientes, esa comunicación se conoce horas después; en otros, varios días más tarde, cuando el caso exige mayor análisis.
La apelación presentada por Renovación Popular busca revertir la resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro, que declaró improcedente la inscripción de López Aliaga, de Guillermo Valdivieso y de Mario Luna. El 4 de julio, ese mismo órgano concedió el recurso presentado por el personero legal del partido y elevó el expediente al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que resuelva en última y definitiva instancia.
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Actualmente López Aliaga mantiene su condición de senador electo para el período 2026–2031, pero rechaza asumir y jurar ese cargo. A pesar de haber enviado cartas notariales al JNE y al Congreso sobre su rechazo a asumir el cargo por el que él mismo postuló, el Jurado Electoral Especial (JEE) sostuvo que esa condición no desaparece por la sola voluntad del candidato porque no existe un acto resolutivo oficial que la deje sin efecto.
Los argumentos de Renovación Popular
Fernando Sandoval, personero legal de Renovación Popular, afirmó en la apelación que el JEE Lima Centro vulneró el “derecho fundamental y constitucional de ser elegido” de sus patrocinados, “tomando como base argumentos que contravienen la Constitución y la Ley”. Su tesis es que el impedimento para postular en elecciones municipales alcanza a congresistas en ejercicio y no a quienes solo han sido elegidos o proclamados.
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Sandoval planteó en el recurso que la excepción prevista por la norma para quienes terminan su mandato en el mismo año electoral muestra que la restricción se refiere a congresistas que ya ejercen funciones. Según ese argumento, esa condición supone juramentación previa y el cumplimiento de las formalidades parlamentarias.
En el texto citado por el RPP, el personero formuló la cuestión central del expediente: “Pero la pregunta es si un congresista electo o proclamado que no ha juramentado para ejercer el cargo, se encuentra sometido al referido impedimento de ley”. Añadió que “un congresista electo no tiene la misma condición de un congresista en funciones”, porque este último sí está sujeto al estatuto parlamentario, a la irrenunciabilidad del ejercicio del cargo y a las incompatibilidades propias de esa función.
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Sostuvo que las credenciales extendidas por el JNE son el título jurídico que habilita a los elegidos a completar las formalidades ante el Congreso de la República para ejercer el cargo e instalar el Parlamento 2026–2031. A partir de esa premisa, afirmó que solo con la juramentación comienza la etapa de congresista en funciones y, por tanto, recién allí operan los impedimentos e incompatibilidades.
La apelación agrega que corresponde “que se deje sin efecto la credencial otorgada a Rafael López Aliaga Cazorla, como senador y se convoque al candidato de su lista que por votación le corresponde sucederlo en el cargo”. En la misma línea, el partido indicó que el 24 de junio se devolvió físicamente la credencial de senador ante la Secretaría General del JNE.
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Sandoval cuestionó además que se extienda el impedimento a un senador electo con una interpretación amplia de la norma. Según el recurso, aplicar el principio de que no debe hacerse distinción donde la ley no distingue para restringir un derecho implicaría una aplicación extensiva o analógica del impedimento electoral, algo que calificó como proscrito por el numeral 9 del artículo 139 de la Constitución.
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