
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) resolvió extender la aplicación de su facultad discrecional para no sancionar administrativamente las infracciones relacionadas con el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
La medida, publicada mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000032-2026-SUNAT/700000 en el diario oficial, busca otorgar mayores facilidades a los contribuyentes durante la adaptación al sistema digital.
Ampliación del plazo para regularización y subsanación
La disposición establece que los contribuyentes obligados a utilizar el SIRE al periodo mayo de 2026 podrán regularizar la generación de sus registros electrónicos y efectuar los ajustes necesarios hasta el 31 de agosto de 2026, sin que se apliquen sanciones administrativas por las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario.
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En el caso de quienes adquieran la obligación de emplear el SIRE desde junio de 2026, la norma permite regularizar las infracciones correspondientes a los meses de junio y julio, también hasta el 31 de agosto.

De acuerdo con SUNAT, durante este periodo se mantendrán las acciones inductivas para promover la correcta implementación del sistema digital.
Estas acciones buscan garantizar que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias y se alinean con el principio institucional de brindar servicios de calidad, orientados a las necesidades del usuario.
Qué es el SIRE y cómo funciona
El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es una plataforma digital desarrollada por SUNAT destinada a facilitar, modernizar y simplificar la generación mensual del Registro de Compras y el Registro de Ventas e Ingresos.
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El sistema utiliza los Comprobantes de Pago Electrónicos (CPE) previamente validados por la administración tributaria para proponer de forma automática los registros mensuales. El contribuyente puede aceptar la propuesta, complementarla con información adicional o reemplazarla si dispone de más comprobantes a declarar.

El SIRE gestiona dos módulos principales: el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE).
Esta estructura permite centralizar y digitalizar toda la información contable, reduciendo errores y ahorrando tiempo al evitar la digitación manual masiva. Además, al partir de una base de datos validada, disminuyen los riesgos de inconsistencias y posibles sanciones.
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Progresividad en la implementación y antecedentes de prórrogas
La incorporación al SIRE es obligatoria y los plazos se han ido aplicando de acuerdo con el régimen tributario y el tamaño del contribuyente.
Entre 2023 y 2026, SUNAT ha postergado o extendido la no aplicación de sanciones vinculadas al sistema en, al menos, seis ocasiones. Estas prórrogas han funcionado como periodos de gracia durante los cuales los contribuyentes pueden subsanar sus registros sin recibir multas, siempre que lo hagan dentro del plazo establecido.
Las fechas más relevantes en el actual proceso de flexibilización son el 30 de junio de 2026, para quienes debían usar SIRE desde enero de ese año, y el 31 de agosto de 2026, límite para la última ampliación que abarca los periodos de junio y julio. Las infracciones regularizadas dentro de estos plazos no recibirán sanción.
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SUNAT: ¿Sanciones y gradualidad?
La multa formal por no llevar los registros electrónicos, o por hacerlo fuera de plazo, equivale al 0,6% de los ingresos netos, aunque existe un régimen de gradualidad que permite una rebaja de hasta el 90%.
Mientras se mantenga vigente la facultad discrecional, los contribuyentes cuentan con la posibilidad de cumplir sus obligaciones sin enfrentar penalizaciones.
Para más información sobre el SIRE, sus beneficios y otras medidas orientadas a la formalización y cumplimiento tributario, SUNAT pone a disposición de los usuarios su portal oficial y sus redes sociales.
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