Trabajadores con cáncer no podrán ser despedidos por su diagnóstico: ¿qué cambia con el nuevo reglamento?

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo presentó una norma que declara nulo el despido motivado por el diagnóstico de cáncer, su tratamiento o los efectos derivados de la enfermedad. La protección alcanza a trabajadores del sector público y privado

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El titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) presenta el Decreto Supremo 008-2026-TR, una norma que busca reafirmar el compromiso con la protección, la dignidad y la igualdad de oportunidades para las personas diagnosticadas con cáncer en el ámbito laboral.

El diagnóstico de cáncer no podrá ser usado como motivo de despido en el Perú. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) presentó los alcances del nuevo reglamento que fortalece la protección laboral de trabajadores del sector público y privado diagnosticados con esta enfermedad.

La medida establece que será nulo el despido, cese o término de la relación laboral cuando tenga como motivo el diagnóstico de cáncer, el tratamiento médico o los efectos derivados de la enfermedad. Con ello, se busca evitar actos discriminatorios y garantizar la permanencia en el empleo de personas que atraviesan una situación de especial vulnerabilidad.

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El reglamento forma parte del Decreto Supremo N.° 008-2026-TR, que modifica el Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo, el Reglamento de la Carrera Administrativa y el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil. Su aplicación alcanza tanto a trabajadores del régimen privado como a servidores públicos.

Durante la presentación, el ministro de Trabajo, Freddy Solano González, señaló que la norma busca proteger la dignidad de las personas diagnosticadas con cáncer, promover la igualdad de oportunidades y garantizar condiciones laborales compatibles con sus necesidades de salud.

“Esta es una norma que reafirma el compromiso del sector Trabajo con la protección de la dignidad de las personas diagnosticadas con cáncer, la igualdad de oportunidades y la permanencia y sostenimiento en su puesto de trabajo”, afirmó.

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Hombre con traje en podio con micrófono. Pantalla con texto "Lanzamiento del Reglamento de Protección Laboral". Banderas de Perú y logo Ministerio de Trabajo. Mujer sentada
El ministro de Trabajo de Perú, Freddy Solano González, presenta el nuevo reglamento que prohíbe el despido de trabajadores diagnosticados con cáncer, buscando proteger sus derechos laborales. (Agencia Andina)

¿Qué pasa si un trabajador con cáncer es despedido?

El nuevo reglamento señala de forma expresa que ningún trabajador puede ser despedido solo por enfrentar un diagnóstico de cáncer, por encontrarse en tratamiento o por las consecuencias derivadas de la enfermedad. En esos casos, el despido podrá ser declarado nulo.

Además, se establece una presunción de nulidad cuando el empleador no logra acreditar una causa justa, debidamente comprobada y ajena al estado de salud del trabajador. Es decir, la empresa o entidad pública deberá demostrar que la decisión laboral no estuvo vinculada al diagnóstico, tratamiento o condición médica.

La protección aplica cuando el empleador o la entidad pública tomó conocimiento del diagnóstico antes del despido. Para ello, la situación debe estar sustentada con una certificación médica emitida por un profesional habilitado, perteneciente a un establecimiento de salud público o privado.

Según el MTPE, Sunafil detectó 36 casos de despidos en 2025 relacionados con trabajadores diagnosticados con cáncer. En lo que va de 2026, ya se han registrado 30 casos.

Mujer profesional de la salud observa pantalla con mamografía. Mujer paciente con bata rosa y gorro azul junto a mamógrafo. Otra pantalla táctil en escritorio
El MTPE estableció en Perú que el diagnóstico de cáncer no podrá ser usado como motivo de despido en el sector público y privado. (Agencia Andina)

Teletrabajo, horarios flexibles y adaptación del puesto

La norma también obliga a los empleadores a realizar ajustes razonables para que el puesto de trabajo sea compatible con el estado de salud del trabajador. Estas medidas buscan favorecer la continuidad laboral sin afectar la remuneración ni la dignidad de la persona.

Entre las medidas que pueden aplicarse figuran la implementación del teletrabajo, la flexibilización de la jornada laboral, la adaptación de herramientas, espacios físicos o condiciones digitales, así como la asignación de funciones compatibles con la situación médica del trabajador.

El ministro Solano sostuvo que el impacto real de la norma dependerá de su aplicación dentro de los centros de trabajo, tanto en el sector público como en el privado.

“Con ello se busca garantizar no solo la protección de sus derechos laborales, sino también su bienestar y seguridad en el trabajo. El verdadero impacto de esa norma dependerá de nuestra capacidad para convertir sus disposiciones en una realidad tangible dentro de los centros de trabajo”, indicó.

Mujer mayor en silla de ruedas con gorra gris y camisa blanca es abrazada por mujer joven con camisa blanca y pantalón claro. Fondo claro con cortinas
El Decreto Supremo N.° 008-2026-TR modifica normas laborales para reforzar la protección de trabajadores y servidores públicos diagnosticados con cáncer. (Agencia Andina)

Empleadores deberán evitar actos de discriminación

El MTPE hizo un llamado a instituciones como Sunafil y Servir para reforzar las acciones de prevención, supervisión y difusión de derechos laborales. También pidió garantizar el acceso a la justicia para los trabajadores que enfrenten situaciones de discriminación o despido vinculadas a su diagnóstico.

A los empleadores les corresponde construir ambientes laborales libres de discriminación, donde la adaptación del puesto y el respeto por la salud de las personas sean asumidos como una obligación legal y no solo como una medida administrativa.

Durante la presentación del reglamento, pacientes diagnosticados con cáncer destacaron que la norma responde a una preocupación recurrente: enfrentar la enfermedad sin perder el empleo. Miguel Paz Baldera, paciente con cáncer de próstata, señaló que el decreto “cierra una brecha” para evitar que las empresas expulsen a trabajadores por su condición médica.

Sunafil detectó 36 casos de despidos de trabajadores con cáncer en 2025 y registró 30 casos en lo que va de 2026.
Sunafil detectó 36 casos de despidos de trabajadores con cáncer en 2025 y registró 30 casos en lo que va de 2026.

Ana María Hi López, diagnosticada con cáncer de mama, sostuvo que muchas personas no solo deben enfrentar el tratamiento, sino también la incertidumbre sobre su continuidad laboral. “Quien enfrenta el cáncer necesita concentrarse en sanar, sin tener que vivir con el miedo de poder perder su trabajo”, afirmó.

La presentación contó con la participación de autoridades del MTPE, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Salud, EsSalud, Sunafil, Servir y representantes del Congreso.

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