
El Poder Judicial declaró infundada la demanda de amparo presentada por Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. contra el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), con la que la empresa buscaba dejar sin efecto diversas actuaciones de la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia relacionadas con el Megapuerto de Chancay.
La resolución fue emitida por el Juzgado Civil Permanente de Chancay, que concluyó que las actuaciones realizadas por Indecopi forman parte de un procedimiento administrativo de investigación y no constituyen una vulneración a los derechos fundamentales invocados por la empresa. En ese sentido, el órgano jurisdiccional determinó que la demanda no acreditó la existencia de una amenaza cierta o inminente contra la libertad de empresa, la libre contratación, la seguridad jurídica o el debido proceso.
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Cosco sostenía que los oficios remitidos por la autoridad de competencia y un informe técnico elaborado durante la investigación afectaban sus derechos constitucionales. Sin embargo, el juzgado consideró que dichos documentos únicamente forman parte de las actuaciones preliminares desarrolladas por Indecopi en el ejercicio de sus competencias legales y que, por sí mismos, no generan una afectación directa a la empresa.
Juzgado falla a favor de Indecopi
En la sentencia, el Poder Judicial precisó que la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia actuó dentro de las facultades que le otorga la legislación vigente para investigar posibles situaciones que puedan afectar la competencia en mercados estratégicos. Por ello, descartó que las actuaciones administrativas cuestionadas sean arbitrarias o contrarias a la Constitución.
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Asimismo, el juzgado indicó que la investigación desarrollada por Indecopi no implica una decisión definitiva sobre la situación jurídica de la empresa ni constituye una sanción. Por el contrario, recordó que el procedimiento administrativo contempla diversas etapas en las que la compañía puede ejercer plenamente su derecho de defensa, presentar observaciones y formular los recursos que considere pertinentes.
La resolución también señala que la existencia de un procedimiento administrativo en curso no justifica la intervención del proceso constitucional de amparo, ya que este mecanismo solo procede cuando existe una vulneración manifiesta de derechos fundamentales y no cuando el ordenamiento jurídico ofrece vías ordinarias para cuestionar las actuaciones administrativas.
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Caso será archivado
Como consecuencia de la decisión judicial, el Juzgado Civil Permanente de Chancay declaró infundada la demanda de amparo en todos sus extremos y dispuso que el expediente sea archivado una vez que la resolución adquiera la calidad de cosa juzgada. Asimismo, estableció que no corresponde imponer el pago de costas ni costos procesales a ninguna de las partes.
La sentencia también reafirma las facultades del Estado para supervisar e investigar las condiciones de competencia en sectores considerados estratégicos, como el portuario, a través de los órganos competentes. En esa línea, el juzgado sostuvo que estas actuaciones son compatibles con el marco constitucional y forman parte de las atribuciones conferidas a Indecopi para garantizar el adecuado funcionamiento de los mercados.
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Con este fallo, el proceso constitucional iniciado por Cosco Shipping Ports Chancay Perú concluye en primera instancia con un resultado favorable para Indecopi. La resolución respalda la continuidad de las actuaciones administrativas relacionadas con la investigación sobre el Megapuerto de Chancay y confirma que las diligencias desarrolladas por la autoridad de competencia no vulneraron los derechos fundamentales alegados por la empresa demandante.
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