
El candidato al Senado por Fuerza Popular, Fernando Rospigliosi, fue condenado en primera instancia a nueve meses de prisión suspendida por el delito de difamación agravada, en un fallo emitido por el Poder Judicial. La sentencia incluye además el pago de una reparación civil de S/ 200 mil y el cumplimiento de reglas de conducta, en el marco de un proceso relacionado con declaraciones públicas contra una exfuncionaria.
La decisión judicial se da en plena campaña electoral con miras a las elecciones generales de 2026, en las que Rospigliosi participa como candidato al Senado. El fallo ha generado cuestionamientos sobre el impacto que podría tener esta condena en su continuidad dentro del proceso electoral.
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Alcance legal de la sentencia
De acuerdo con especialistas en derecho electoral, la sentencia dictada contra Fernando Rospigliosi no implicaría, por ahora, su exclusión automática de la contienda electoral. Esto se debe a que el fallo corresponde a una primera instancia y no se encuentra firme o consentido.
El abogado José Villalobos Campana, especialista en derecho electoral y constitucional, señaló que, según el artículo 43 del reglamento del Jurado Nacional de Elecciones, una condena no consentida no constituye causal de exclusión de un candidato. En ese sentido, el proceso judicial aún debe seguir su curso en instancias superiores.

Contexto político y desarrollo del caso
El caso adquiere relevancia en un contexto electoral marcado por la revisión de antecedentes judiciales de los candidatos. La participación de Fernando Rospigliosi en los comicios continúa vigente mientras no exista una sentencia firme que determine una eventual inhabilitación.
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Por el momento, la situación del candidato se mantiene sin cambios en el proceso electoral, a la espera de la evolución del caso en el sistema judicial y de posibles pronunciamientos de las autoridades electorales.

Rospigliosi rechaza condena
El actual presidente del Congreso expresó su rechazó a la condenada que el Poder Judicial dictó en su contra por difamación. "La jueza provisional Norma Carbajal me ha sentenciado a 9 meses de cárcel, 200 000 soles de reparación civil y 62 400 de multa, por defender a policías y militares de la injusta e ilegal persecución de la exfiscal Delia Espinoza. Por señalar que es proterrorista, prodelincuencia y desquiciada”, escribió.
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“Espinoza fue sancionada por el Congreso y por la JNJ precisamente por las ilegalidades que cometió cuando era Fiscal. Tratan de SILENCIAR toda crítica a la mafia caviar que controla el sistema judicial. Esto confirma que hay que BARRER el sistema judicial. Con esta gente jamás podremos derrotar a la delincuencia”, finalizó.

Defensa de Rospigliosi por inmunidad
El congresista Fernando Rospigliosi afirmó que sus declaraciones están protegidas por el artículo 93 de la Constitución, el cual establece que los parlamentarios no pueden ser responsabilizados por las opiniones que emiten en el ejercicio de sus funciones. Bajo ese argumento, sostuvo que la condena en su contra no correspondería al ámbito legal.
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En esa línea, indicó que los comentarios que motivaron la sentencia fueron expresados en el marco de su labor como legislador. Según explicó, sus afirmaciones sobre la exfiscal de la Nación formaron parte de su actividad parlamentaria y, por tanto, se encuentran dentro de los límites de la inmunidad que reconoce la Constitución.

Asimismo, defendió el contenido de sus declaraciones al señalar que, durante la gestión de la exfuncionaria, la Fiscalía habría sido utilizada con fines políticos. Finalmente, calificó la sentencia como “fuera de lugar” y reiteró que la normativa constitucional ampara las opiniones vertidas por los congresistas en el desempeño de sus funciones.
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