PJ dispone inmediata ubicación y captura de alias “Negro Marín” tras dictar 36 meses de prisión preventiva

La Sala de Apelaciones revocó el fallo que mantenía en libertad a Miguel Ángel Marín Morón y ordenó su captura para que cumpla prisión preventiva mientras continúan las investigaciones en su contra

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Ataques y extorsiones del clan de Marín afectaron transporte, discotecas y obras en Lima Norte. | Composición: Infobae Perú
Ataques y extorsiones del clan de Marín afectaron transporte, discotecas y obras en Lima Norte. | Composición: Infobae Perú

La Sala Penal de Apelaciones de Puente Piedra - Ventanilla dispuso 36 meses de prisión preventiva contra Miguel Ángel Marín Morón, señalado como presunto líder de la organización criminal “Los Sanguinarios de la Construcción”. La medida revierte una decisión previa que permitió al investigado continuar el proceso en libertad bajo reglas de conducta.

El nuevo fallo ordena además la ubicación y captura inmediata de Marín Morón, alias “Negro Marín”, para su internamiento en un establecimiento penitenciario que determine el Instituto Nacional Penitenciario (INPE). La resolución se emite tras la revisión del recurso presentado por el Ministerio Público.

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La decisión judicial se produce en un contexto marcado por cuestionamientos a la primera resolución emitida por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla, que rechazó el pedido fiscal de prisión preventiva. La intervención de la sala superior modifica el curso del proceso y redefine la situación legal del investigado.

Sala superior revoca fallo inicial y dicta prisión preventiva

La operación fue resultado de semanas de coordinación entre la Policía Nacional del Perú y la División contra la Ciberdelincuencia de Madrid. (Composición: Infobae)
La operación fue resultado de semanas de coordinación entre la Policía Nacional del Perú y la División contra la Ciberdelincuencia de Madrid. (Composición: Infobae)

De acuerdo con el documento judicial, identificado como Resolución N.° Cuatro del expediente 03150-2022-23-3301-JR-PE-01, el colegiado resolvió “REVOCAR la Resolución Nro. nueve de fecha nueve de marzo de 2026” que declaró infundado el requerimiento de prisión preventiva. En su lugar, la sala decidió “DECLARAR FUNDADO el requerimiento de prisión preventiva” por un plazo de 36 meses.

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El tribunal precisa que esta medida se computará desde el momento en que el investigado sea detenido. Asimismo, establece que corresponde emitir las órdenes necesarias para su ubicación y posterior traslado a un penal.

La resolución se adopta tras una audiencia realizada mediante videoconferencia, con participación del Ministerio Público y la defensa del investigado. El colegiado, presidido por el juez superior Hernández Alarcón, evaluó los argumentos expuestos por ambas partes antes de emitir su pronunciamiento.

Orden de captura y situación actual del investigado

El fallo incluye una disposición expresa: “DISPONER la inmediata ubicación y captura del imputado para su internamiento en el establecimiento penitenciario que designe el INPE”. Esta medida implica que las autoridades deben ejecutar acciones para dar con el paradero de Marín Morón.

El documento también señala que carece de objeto pronunciarse sobre otros extremos apelados por la defensa, en relación con las reglas de comparecencia que se le impusieron previamente.

Hasta antes de esta decisión, el investigado se encontraba en libertad bajo restricciones. Esa condición cambia con la orden emitida por la sala superior, que establece su ingreso a un centro penitenciario una vez concretada su detención.

Del rechazo inicial a la apelación fiscal

La detención en Madrid se realizó sin resistencia, tras la emisión de alerta roja de Interpol.
La detención en Madrid se realizó sin resistencia, tras la emisión de alerta roja de Interpol.

A inicios de marzo, el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla desestimó el pedido de prisión preventiva formulado por el Ministerio Público. En esa oportunidad, el despacho judicial consideró que los elementos presentados no constituían sospechas fuertes para vincular a Marín Morón con una organización criminal.

El fiscal contra la Criminalidad Organizada de Lima Noroeste, Edwin Velásquez, confirmó entonces que el investigado continuaría el proceso en libertad bajo medidas de comparecencia. Entre estas disposiciones figuraban la obligación de declarar domicilio y acudir periódicamente a firmar ante las autoridades judiciales.

Tras esa decisión, la Fiscalía presentó un recurso de apelación con el objetivo de que una instancia superior revise el caso. El propio fiscal Velásquez indicó que el Ministerio Público buscaba que se evalúe nuevamente la pertinencia de la prisión preventiva.

Según la hipótesis fiscal, Miguel Ángel Marín Morón sería integrante de una organización criminal vinculada a delitos de extorsión y otros hechos ilícitos en Lima Norte. Las investigaciones también lo relacionan con actividades en sectores como transporte, discotecas y obras de construcción.

El Ministerio Público sostiene que los elementos de convicción recopilados durante la investigación, en coordinación con la Policía, permiten establecer su presunta participación en estas actividades. El caso se encuentra en etapa de investigación preparatoria.

La sala superior no solo revisó la legalidad de la decisión inicial, sino también la suficiencia de los elementos presentados por la Fiscalía. A partir de ese análisis, determinó que correspondía dictar prisión preventiva.

Extradición desde España y proceso en curso

Marín Morón fue capturado el 5 de enero en Madrid, España, tras una alerta internacional. Posteriormente, fue extraditado al Perú el 27 de febrero para enfrentar las investigaciones abiertas en su contra.

Pocos días después de su llegada al país, el Poder Judicial ordenó su liberación al rechazar el pedido fiscal de prisión preventiva. Esa resolución marcó un punto de controversia en el proceso, que ahora toma un giro con la decisión de la Sala Penal de Apelaciones.

El proceso judicial continúa en etapa de investigación preparatoria, mientras se ejecuta la orden de captura dispuesta por la sala superior y se desarrollan las diligencias correspondientes en el marco del caso.

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