
La exfiscal de la Nación Delia Espinoza enfrenta una nueva amenaza de inhabilitación en el Congreso de la República. El Consejo Directivo del Parlamento aprobó que el próximo 12 de marzo, el Pleno debata el informe final sobre las denuncias constitucionales acumuladas 563 y 618, que recomiendan su inhabilitación por diez años para ejercer cualquier función pública.
El informe,aprobado por la Comisión Permanente con 16 votos a favor y 4 en contra, fue elaborado a partir de las denuncias impulsadas por los congresistas Yorel Kira Alcarraz Agüero y José Ernesto Cueto Aservi, quienes sostienen que, en su calidad de fiscal de la Nación, Espinoza habría incurrido en presuntas infracciones a los artículos 45, 93 y 139 de la Constitución Política del Perú.
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El proceso, regulado por el artículo 89 del Reglamento del Congreso, especifica que, una vez aprobada la acusación en la Comisión Permanente, corresponde al Consejo Directivo definir la fecha y las reglas para el debate en el Pleno, otorgándole prioridad en la agenda legislativa. En este caso, la sesión ha sido programada para el 12 de marzo, cuando se decidirá el futuro de Espinoza en la función pública.
¿Cuáles son los argumentos de la denuncia a Delia Espinoza?
La denuncia principal contra Delia Espinoza se centra en la presentación de la Denuncia Constitucional 549, en la que acusó a once parlamentarios por su voto favorable al dictamen del Proyecto de Ley 319/2021-CR. Este proyecto regula la contratación de pensionistas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, permitiendo que congresistas en retiro puedan percibir, de manera simultánea, su pensión y su remuneración congresal.
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El vicepresidente de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Jorge Montoya, vocero de la bancada Honor y Democracia, fue el encargado de sustentar el informe final ante la Comisión Permanente. Montoya argumentó que la fiscal infringió la garantía de inviolabilidad del voto parlamentario, consagrada en el artículo 93 de la Carta Magna: “Los congresistas no son responsables ante autoridad u órgano jurisdiccional alguno por las opiniones o votos que emitan en el ejercicio de sus funciones”.
En su exposición, el legislador remarcó que la emisión del voto en comisiones ordinarias constituye una expresión legítima de la función parlamentaria y que sancionar a los congresistas por votar en causas que eventualmente los beneficien crearía un precedente contrario al principio de representación popular.
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Además, se imputa a Espinoza la presunta trasgresión del artículo 45 de la Constitución, que limita el ejercicio del poder estatal a los márgenes constitucionales, así como la violación del debido proceso y la tutela jurisdiccional (artículo 139, incisos 3 y 5), por una supuesta deficiente motivación en su actuar como fiscal.
Entre los congresistas denunciados por la exfiscal figuran José Williams Zapata, Jorge Montoya, Alfredo Azurín, Roberto Chiabra, José Cueto, Hamlet Echevarría, Américo Gonza, Patricia Juárez, Juan Carlos Lizarzaburu, Edwin Martínez y Lucinda Vásquez, todos ellos señalados por haber votado a favor del dictamen que habilita la doble percepción de remuneraciones estatales.
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La defensa de Espinoza, a cargo del abogado Rodolfo Pérez, sostuvo que el mandato constitucional de la fiscalía obliga a perseguir el delito siempre que existan indicios razonables. Según Pérez, la denuncia de Espinoza se fundamentó en la posible existencia de un beneficio personal para los legisladores que votaron a favor del proyecto en la Comisión de Defensa Nacional, lo que, a su juicio, justificaba la investigación. El letrado enfatizó que el objetivo de la fiscalía era garantizar la transparencia en la función pública, no vulnerar la inviolabilidad parlamentaria.
Espinoza también se pronunció ante la Comisión Permanente, calificando el proceso como una “dictadura congresal” y alegando persecución política: “Solamente me limité a hacer mi trabajo”, afirmó frente a los legisladores.
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