
El presidente interino José Jerí promulgó el decreto legislativo 1700 que modifica la Ley 30096, Ley de Delitos Informáticos, a fin de incorporar un nuevo ilícito en el Código Penal: Adquisición, posesión y tráfico ilícito de datos informáticos.
“La finalidad del presente Decreto Legislativo es fortalecer la seguridad y confianza digital a nivel nacional, incluyendo la ciberseguridad, y materializar la tutela penal reforzada del derecho fundamental a la autodeterminación informativa, elevando el estándar de protección frente a conductas que generan afectaciones masivas y sistemáticas en el entorno digital”, se lee en la norma publicada en El Peruano.
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Desde ahora, se sancionará con una pena de entre 5 y 8 años de prisión a quien “posee, compre, recibe, comercialice, vende, facilite, intercambie o trafique datos informáticos, credenciales de acceso o bases de datos personales, teniendo conocimiento o debiendo presumir que se obtuvo sin consentimiento de su titular o mediante la vulneración de sistemas de seguridad o la comisión de un delito informático”.
El tráfico de base de datos es una problemática que han vivido peruanos en los últimos años debido a hackeos o filtraciones a sistemas de seguridad de entidades públicas y privadas. Estas luego son vendidas en el mercado negro o difundidas masivamente por aplicaciones de mensajería.
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"No es un ajuste marginal, es la respuesta normativa a la evolución real de la criminalidad digital. Con ello, el legislador reconoce que el núcleo del delito informático contemporáneo no se agota en el acceso ilícito a sistemas. El verdadero valor y, por tanto, el mayor riesgo, se encuentra en la economía ilegal de los datos: bases de información personal, credenciales de acceso y bancos de datos que circulan, se compran y se venden como activos en mercados clandestinos“, comentó el abogado penalista Carlos Caro Coria en su cuenta en X (antes Twitter).
Agravantes y excepciones
El nuevo delito de tráfico ilícito de datos informáticos será sancionado con pena de entre 8 y 10 años de cárcel si el que lo comete "actúa como integrante de una organización criminal“, si el hecho ”cause perjuicio patrimonial grave o afectación a una pluralidad de personas" o si la base de datos es obtenida de manera ilícita de una entidad pública.
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La norma solo contempla una excepción: cuando se cuente con autorización expresa del dueño de la información digital, con autorización judicial o administrativa, o "en el ejercicio legítimo de derechos fundamentales o de funciones legalmente reconocidas" sin aprovechamiento ilícito de por medio.
El despacho fantasma de José Jerí
El despacho congresal del presidente encargado, José Jerí, sigue funcionando a pesar de que ya no realiza labores parlamentarias desde octubre de 2025, cuando asumió la Presidencia ante la vacancia de Dina Boluarte.
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El periodista Carlos Navea de Beto a Saber dio a conocer que, a pesar de que Jerí labora en Palacio de Gobierno, el Parlamento ha seguido pagando el sueldo de sus 7 trabajadores: 2 asesores, 2 técnicos, un asistente, un auxiliar, un coordinador.
De acuerdo con el reportaje, desde octubre hasta diciembre, el Congreso desembolsó 144.474 soles en las remuneraciones del despacho de Jerí. Para enero, calculan, el monto ascenderá a 192 mil soles.
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El informe también da cuenta que, desde que asumió la Presidencia de la República, la oficina parlamentaria de Jerí solo ha presentado un proyecto de ley, aunque este ya habría estado redactado desde antes de la vacancia de Dina Boluarte.
El periodista Carlos Navea acudió al despacho congresal y comprobó que esté seguía funcionando; sin embargo, fue retirado cuando preguntó “de qué se encarga el despacho si el congresista está haciendo labores de Presidencia”.
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“¿De parte de quién?“, respondió una trabajadora del despacho. ”De Willax", respondió Navea. “¿Quién los ha dejado pasar? No nos han informado", replicó la mujer y retirándolo del espacio.
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