
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó una nueva ampliación del plazo para el retiro y soterrado del cableado aéreo eléctrico en zonas monumentales y centros históricos del país.
Mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 5-2026-OS/CD, publicada el 19 de enero de 2026, se otorga a las empresas concesionarias de distribución eléctrica dos años adicionales para culminar estos trabajos, a partir del 22 de enero de 2026.
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La decisión implica que la contaminación visual y los riesgos asociados al tendido aéreo de cables, que afecta a los principales centros históricos del país, persistirán como mínimo hasta 2028.
Osinergmin amplía a 8 años el plazo para retirar cableado aéreo en centros históricos
El proceso para remover el cableado aéreo en zonas monumentales debía concluirse hace años. Según la normativa previa, las empresas contaban inicialmente con un plazo de cuatro años, ampliado luego de manera excepcional por dos años más en 2024.
Ahora, Osinergmin vuelve a extender el cronograma, pese a que la Ley N° 30477 prohíbe el tendido de cables aéreos en centros históricos y exige el soterramiento para proteger el patrimonio urbano.
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La medida impacta directamente en la conservación de la imagen urbana, el valor turístico y la seguridad de estos espacios, ya que los cables expuestos no solo alteran la vista, sino que pueden representar riesgos para la ciudadanía en caso de incidentes eléctricos o desastres naturales.

La flexibilización de plazos debilita exigencias sobre empresas eléctricas
La resolución detalla que el retraso se debe a factores como la falta de delimitación de algunos centros históricos por parte del Ministerio de Cultura, la intervención de regímenes administrativos especiales y dificultades en la coordinación con terceros.
Las empresas concesionarias argumentaron ante el regulador que estos factores han impedido avanzar con la ejecución de las obras, lo que fue verificado por Osinergmin en sus acciones de supervisión.
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Sin embargo, la postergación significa que las municipalidades y los vecinos de los centros históricos seguirán esperando la mejora del entorno urbano y la reducción de los riesgos eléctricos por tiempo indefinido.
Compañías eléctricas deberán presentar nuevos cronogramas para retirar sus cables
La norma también obliga a las empresas eléctricas a presentar, en un plazo de 30 días, nuevos cronogramas de inversión y ejecución de obras de soterramiento.
El incumplimiento de estos compromisos podrá ser sancionado, aunque en la práctica las ampliaciones reiteradas han debilitado la percepción de exigencia real sobre las empresas responsables.
Mientras tanto, las autoridades municipales quedan nuevamente a la espera, sin herramientas inmediatas para exigir el retiro del cableado que afea y pone en riesgo sus zonas patrimoniales.
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¿Qué dijo Osinergmin sobre el nuevo plazo? Que no es culpa de las empresas
Osinergmin justifica la ampliación del plazo en la existencia de “circunstancias objetivas y no imputables” a las empresas, y asegura que la medida no implicará costos adicionales para los usuarios.
Sin embargo, la reiterada postergación refuerza la sensación de que la protección del patrimonio y la mejora del espacio público no son una prioridad efectiva para el Estado ni para las empresas concesionarias.
El resultado es que la contaminación visual y los riesgos asociados al cableado aéreo seguirán siendo parte del paisaje en los centros históricos del país, al menos por dos años más.
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