
La Corte Suprema de Justicia de Perú declaró firme la condena contra exintegrantes del Grupo Colina por el asesinato de Mariela Barreto, agente del Servicio de Inteligencia del Ejército, ocurrido en marzo de 1997. La Sala Suprema Penal Transitoria rechazó la prescripción solicitada bajo la Ley 32107 (Ley de amnistía) y desestimó la petición presentada por Carlos Sánchez Noriega, quien buscaba la nulidad del proceso en virtud de esa ley, según la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) y el portal oficial de la Corte Suprema.
Además, el tribunal confirmó las sentencias contra Santiago Martín Rivas y aumentó a 15 años la condena de Salinas Zuzunaga. También anuló la absolución de Juan Yanqui Cervantes.

El fallo refuerza la autonomía del Poder Judicial frente a presiones políticas en casos de delitos de lesa humanidad. La medida toma especial relevancia después de que la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello, defendiera públicamente la independencia de la institución y su deber de evitar la impunidad. Mientras tanto, el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, solicitó sanciones para los jueces que no aplicaran la referida ley y publicó columnas donde instaba a denunciar penalmente a magistrados reticentes.

Ley 32107 y respuestas judiciales
La Ley 32107, denominada también “Ley de Impunidad”, fue aprobada por el Congreso para que procesos judiciales por graves violaciones a los derechos humanos cometidas antes de 2002 pudieran archivarse. Siete meses luego de su promulgación, ningún tribunal la ha aplicado para beneficiar a militares o civiles condenados por estos delitos, según La República. Los jueces afirmaron que la legislación peruana y el derecho internacional consideran imprescriptibles estos crímenes.
El abogado Carlos Rivera Paz, del Instituto Legal de Defensa (IDL), afirmó al citado medio que “los jueces se sienten protegidos por un marco normativo del derecho nacional e internacional”. De acuerdo con la información disponible, existen 47 procesados que han presentado solicitudes para acogerse a esta ley, aunque hasta ahora todas han sido rechazadas en casos emblemáticos.

Constitucionalidad y alcance de la ley
El Tribunal Constitucional admitió los recursos de inconstitucionalidad contra la Ley 32107 presentados por la Fiscalía y el Colegio de Abogados de Lima, aunque fueron desestimados por falta de los votos requeridos. Así, la ley fue declarada constitucional el 18 de noviembre de 2025, con cuatro votos a favor y tres en contra. El tribunal sostuvo que la norma no viola la Constitución cuando los hechos juzgados son anteriores a la entrada en vigor del Estatuto de Roma y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de Crímenes de Lesa Humanidad en 2002. Sin embargo, también precisó que los plazos de prescripción estuvieron suspendidos hasta ese año debido a la existencia de leyes de amnistía y otros obstáculos.
El Tribunal exhortó al Congreso a modificar el Código Penal para definir los delitos de lesa humanidad según estándares internacionales, una demanda reiterada por jueces del Poder Judicial. La minoría del Tribunal, por su parte, advirtió que la imprescriptibilidad de estos delitos es un principio obligatorio del derecho internacional y que la ley favorece la impunidad.
Presiones sobre el Poder Judicial
Aprodeh y La República registraron incidentes recientes en que figuras políticas intentaron influir en el trabajo de los jueces. En enero de 2026, el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, remitió un oficio a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial pidiendo sanciones para quienes no aplicaran la Ley 32107. También sostuvo acciones públicas para presionar a la judicatura.
Janet Tello, presidenta del Poder Judicial, denunció la intromisión y el acoso sistemático contra jueces de casos emblemáticos como el asesinato de Mariela Barreto y otros hechos como las masacres de Cayara y Chuschi. Tello explicó que el control difuso es una facultad constitucional que permite a los jueces proteger derechos fundamentales y la supremacía de la Constitución ante normas que puedan implicar impunidad o amenazar el Estado de derecho.
La postura de la Fiscalía y las víctimas
La Fiscalía y el Colegio de Abogados manifestaron que la ley obstaculiza la investigación y sanción judicial de responsables por delitos de lesa humanidad. Rivera Paz consideró que la imagen internacional de Perú se ha visto afectada por el manejo de estos procesos, ubicando al país entre los más señalados por el sistema interamericano de derechos humanos.
Familiares de víctimas de casos como Pativilca, Madre Mía, Cayara y el propio caso Barreto manifestaron su rechazo a la ley ante La República. Consideran que favorece la defensa de grupos armados responsables de asesinatos y desapariciones. “Nos estamos organizando y lucharemos hasta las últimas consecuencias, hasta ver preso a los culpables”, afirmó Francisco Choccña, familiar de una víctima en Cayara. Otros familiares advirtieron que, si se concede la prescripción, llevarán sus demandas ante organismos internacionales.
Rosa Pillca, viuda del periodista Jaime Ayala Sulca, expresó preocupación por el uso de la ley para apelar condenas y destacó que, de otorgarse la prescripción, recurrirían a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El caso Mariela Barreto: historia y condenas
Mariela Barreto era suboficial y agente de inteligencia secuestrada, torturada y asesinada en marzo de 1997. Su cuerpo mutilado fue hallado en una bolsa al borde de la carretera Lima-Canta, suceso que conmocionó a la opinión pública. Barreto había filtrado información relevante a la prensa, revelando acciones del gobierno de Alberto Fujimori y de su expareja, Santiago Martín Rivas, jefe del Grupo Colina.
La investigación concluyó que el asesinato formó parte de una estrategia estatal para silenciar filtraciones que comprometerían a altos mandos. Por estos hechos, Martín Rivas y Sánchez Noriega fueron condenados, aunque los intentos por anular o prescribir el proceso se prolongaron durante décadas.

Repercusiones internacionales y monitoreo
Como se recuerda, el caso Barreto y otros similares han sido elevados a instancias internacionales, en particular a la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esto supone que la vigilancia internacional limita la capacidad de las autoridades peruanas para archivar procesos o cerrar causas invocando argumentos legales internos.
Rivera Paz recordó que Perú es uno de los países con más sentencias adversas en materia de derechos humanos y que la jurisprudencia internacional protege a las víctimas cuando no tienen acceso efectivo a la justicia nacional. Los familiares de las víctimas han anunciado que, de ser necesario, acudirán a la CIDH para combatir la impunidad.
Cabe precisar que el Perú mantiene un acuerdo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por el caso Barreto, en el que reconoció su responsabilidad y aceptó el acompañamiento de organizaciones para supervisar el cumplimiento. Este compromiso exige al Estado mantener abiertas las investigaciones y garantizar sanción y acceso a la verdad para las familias de las víctimas.

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