
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó este miércoles dos proyectos de reglamento clave para el sector acuático: el Reglamento de Transporte Turístico Acuático y el Reglamento de Transporte Fluvial y Lacustre, ambos con un esquema de exoneraciones, descuentos tributarios y estímulos económicos para promover la formalización y modernización del sector.
El paquete de beneficios incluye la exoneración de tributos para la importación de naves nuevas o usadas, gracias a la Ley N° 28583. Las empresas también tendrán acceso a un régimen de importación temporal ampliado, que permite suspender el pago de impuestos durante 15 años, frente a los 3 años previos.
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A esto se suma la depreciación acelerada del 20% anual para embarcaciones, aplicable tanto al Impuesto a la Renta (IR) como al Impuesto general a las ventas (IGV). Finalmente, los operadores formales podrán acceder a la reinversión libre del IR de hasta el 80% de la ganancia neta para renovar su flota, además de la exoneración de IGV e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) en la cadena naval nacional.
Perú: MTC impulsa incentivos fiscales para modernizar transporte acuático
Estos incentivos fiscales buscan revertir una problemática persistente. En el transporte turístico acuático, la informalidad alcanza un 90% en Amazonas, mientras que en Piura llega al 61%. Entre 2019 y 2023, se reportaron 18 fallecidos por siniestros en este segmento.
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En el ámbito fluvial y lacustre, la informalidad se estima en 84% de naves sin permiso y, entre 2018 y 2022, los accidentes cobraron 88 vidas, con pérdidas sociales de S/52 millones 600.000, según el valor estadístico de la vida en Perú (S/598.200 por fallecido).
El proceso de formalización se apoya también en la simplificación administrativa. El costo anual para formalizar y asegurar una embarcación turística es de aproximadamente S/3.571, que incluye el permiso y el seguro requerido. Para transporte fluvial y lacustre, tramitar el permiso de operación cuesta S/171,57 por nave cada 5 años y la prima anual obligatoria del seguro alcanza unos S/ 3.425.
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Exoneraciones y estímulos fiscales
Ambos proyectos refuerzan la vigencia de los incentivos fiscales de la Ley N° 28583 (Ley de Promoción de la Marina Mercante Nacional) y desarrollos normativos asociados:
- Exoneración de tributos para importación de naves adquiridas o financiadas por empresas navieras nacionales.
- Régimen de importación temporal ampliado: suspensión de pago de todo tributo hasta por 15 años, facilitando la renovación de flota a menor costo.
- Depreciación anual acelerada del 20% tanto tributaria como contable para naves formales, antes restringida al IGV y que ahora incluye el impuesto a la renta.
- Exoneración de IGV e Impuesto Selectivo al Consumo en bienes y servicios asociados a la construcción, reparación y equipamiento de naves mercantes nacionales.
- Reinversión libre de impuesto a la renta de hasta el 80% de la renta neta para adquisición de buques o piezas, sin perder crédito fiscal.
¿Formalización del transporte acuático podría ahorrar millones en Perú?
Las proyecciones oficiales muestran que formalizar el 25% de las naves turísticas informales (28 unidades) supondría un costo sectorial anual de S/96.737. Si la reducción alcanza el 75% (84 naves), el costo sube a S/290.210. En ambos casos, el beneficio supera ampliamente la inversión, según el MTC.
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Se calcula que la reducción de accidentes permitiría ahorrar entre S/610.165 y S/1 millón 220.330 anuales en turismo acuático. En el ámbito fluvial y lacustre, el ahorro social tras reducir la siniestralidad llega a S/5 millones 400.000 al año, dependiendo del cumplimiento y los avances en formalización y seguridad.
El sector también tiene impacto logístico: en 2024, los terminales públicos del sistema fluvial movilizaron 452.000 toneladas métricas de carga, aunque la actividad aún no ha recuperado los volúmenes anteriores a la pandemia.
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Sector fluvial movilizó 452.000 toneladas en 2024, aún sin recuperar niveles prepandemia
Los nuevos reglamentos otorgarán permisos de operación indefinidos, siempre que se mantengan los estándares técnicos y de seguridad. Los operadores estarán obligados a remitir listas de tripulantes y pasajeros en 48 horas tras cada viaje, lo que facilitará el control administrativo y la verificación de seguros y emergencias.
El MTC asegura que esta formalización facilitará el acceso a créditos, seguros y financiamiento, permitirá actualizar la flota y mejorará estándares de seguridad y calidad. El permiso de operación será indefinido, lo que elimina frecuentes renovaciones y reduce costos recurrentes.
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Por último, la interoperabilidad administrativa, el reporte obligatorio de listas de tripulantes y pasajeros y la unificación del sistema de información contribuirán a la gestión eficiente, mejor fiscalización y desarrollo de servicios complementarios de turismo.
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