Padrón inicial electoral del Reniec: ¿Cuándo se dejará de exponer la información personal de votantes?

Usuarios peruanos se mostraron en desacuerdo de que la plataforma de la Reniec exponga datos personales como dirección, nombre completo y edad de miles de ciudadanos

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Un total de 5.670 peruanos
Un total de 5.670 peruanos que residen en Australia están registrados en los padrones electorales para votar en los comicios generales de Perú. En la foto, peruanos votan en la ciudad de Sídney en las elecciones de abril de 2016. EFE/Rocío Toya/Archivo

El Padrón Electoral publicado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) ha sido cuestionado por la ciudadanía luego de su publicación por exponer datos personales de los votantes.

Si bien esta plataforma permite que los ciudadanos realicen correcciones o presenten reclamos en caso de detectar errores u omisiones, también ha expuesto los nombres completos, edad y dirección de miles de personas a nivel nacional. De acuerdo con el Reniec, este viernes 31 de octubre, a las 11:59, será el último día en que la plataforma estará activa.

Hasta esa fecha los ciudadanos también podrán revisar sus datos y, en caso de encontrar inconsistencias como nombre, dirección o número de DNI incorrectos, pueden solicitar la rectificación correspondiente. La solicitud debe sustentarse con la documentación adecuada que acredite el error u omisión detectado. Este recurso puede presentarse a través de la Mesa de Partes Virtual de Reniec o, en las zonas donde la lista está disponible de manera física, mediante los formatos impresos habilitados para este fin.

Reniec advierte que más de
Reniec advierte que más de 8,000 personas fallecidas aún figuran en el padrón electoral de cara a las elecciones 2026. Foto: Composición Infobae Perú

La norma también contempla la figura de la tacha, que permite a cualquier persona objetar la inclusión de terceros en el padrón si considera que existen irregularidades en el registro. Para ello, es necesario presentar las pruebas que respalden la observación y seguir el procedimiento descrito por Reniec. Las tachas se admiten únicamente durante el plazo establecido, hasta el cierre de la exhibición de la lista. Al finalizar este periodo, no serán admitidas nuevas reclamaciones.

Una vez recibidos los reclamos y tachas, la institución tiene la responsabilidad de analizarlos y emitir una resolución fundada en cada caso. Estas resoluciones, sean favorables o denegatorias, deben ser comunicadas al solicitante para que, si corresponde, se realicen los ajustes en la base de datos antes de la aprobación final del padrón por parte del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

La regulación subraya que la correcta actualización de la Lista del Padrón Inicial contribuye a la precisión del registro electoral y previene posibles casos de suplantación. El cumplimiento de este proceso, según Reniec, garantiza la igualdad de condiciones para el ejercicio del derecho al voto y fortalece la confianza ciudadana en los procedimientos institucionales definidos para los comicios de 2026.

Padrón inicial publicado por Reniec
Padrón inicial publicado por Reniec incluso muestra datos personales como la dirección del presidente José Jerí. (Foto: X)

Especialistas advierten conflicto

A pesar de la declaración del Reniec, de que este proceso es necesario y obligatorio, especialistas se han mostrado en desacuerdo. El abogado especialista en derecho digital Erick Iriarte asegura que existe un conflicto con una normativa por esta web y que este surge porque, aunque la Ley Orgánica de Elecciones exige la publicación del padrón, la Ley de Protección de Datos Personales, vigente desde 2011, impone obligaciones de confidencialidad y resguardo sobre la información de los ciudadanos.

Según su declaración a Exitosa, la información no le pertenece al Reniec, sino que la custodia. “Esto, en el ejercicio de sus funciones, tiene que cumplir la legislación vigente. Ya en el año 2021 había hecho un informe indicando de que no es necesario, por ejemplo, el compartimiento de la dirección o las huellas dactilares, y yo agregaría, además, el mismo uso de la imagen de las personas. Si bien la obligación legal de parte de Reniec es publicar el padrón electoral, la forma como se ha hecho, donde tú accedías con tu DNI y podías ver no solamente tus datos, que incluía tu dirección, tu edad, tu imagen, también incluía la de otras personas cercanas”, mencionó