
El presidente de Podemos Perú, José Luna Gálvez, solicitó al Ministerio Público y al Poder Judicial la aplicación directa del precedente fijado por el Tribunal Constitucional (TC) en el caso ‘Cócteles’, que archivó la acusación penal contra Keiko Fujimori por lavado de activos relacionados con recursos recibidos en campañas electorales. De prosperar el pedido, la investigación que enfrenta Luna podría cerrarse respecto a los delitos imputados por financiamiento de campañas políticas.
El abogado Eduardo Barriga Bernal, representante legal de Luna, presentó formalmente el requerimiento ante la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, sustentando que la decisión del TC en el expediente 02109-2024-PHC/TC LIMA establece como doctrina vinculante que no se puede criminalizar los aportes de campaña a través de la figura del lavado de activos si los hechos ocurrieron antes de noviembre de 2016, fecha en que se incorporó la modalidad de “receptación patrimonial” al marco penal peruano mediante el Decreto Legislativo 1249.
En el documento enviado al Sexto Despacho del Equipo Especial, la defensa de Luna argumenta que la imputación de lavado de activos formulada por la fiscalía se sustenta en hechos anteriores a la entrada en vigencia de la norma penal que tipifica expresamente esa modalidad. “Interpretar que hubo un delito como el imputado presupondría realizar una aplicación retroactiva y desfavorable de la ley penal, así como una evidente afectación al principio de legalidad penal”, señala la defensa en su escrito.

En su solicitud, Luna plantea que las hipótesis fiscales relativas a aportes de campaña queden excluidas del proceso penal, argumentando que cualquier infracción se circunscribiría, en el mejor de los casos, al ámbito administrativo y no al delito. La defensa pide que se archive esta parte de la investigación y que solo se continúe respecto a otros delitos presuntamente cometidos por funcionarios públicos, si la fiscalía encuentra elementos suficientes.
¿Qué dijo el Tribunal Constitucional sobre el lavado de activos en el caso Keiko Fujimori?
El Tribunal Constitucional resolvió que la criminalización de aportes de campaña como lavado de activos solo es jurídicamente viable si los hechos ocurrieron tras la entrada en vigor del Decreto Legislativo 1249, en noviembre de 2016. Según el fallo, considerar delito los aportes privados anteriores a esa fecha supondría una aplicación retroactiva y desfavorable de la ley penal, violando así el principio de legalidad establecido en la Constitución y en instrumentos internacionales de derechos humanos.
El fallo del TC establece que ningún ciudadano puede ser perseguido penalmente por una conducta no tipificada como delito en el momento en que ocurrió. Este criterio —utilizado para archivar el caso ‘Cócteles’ de Keiko Fujimori— es el fundamento sobre el que José Luna Gálvez y su defensa buscan que se cierre también la investigación por financiamiento de campañas políticas, señalando que los hechos investigados datan de periodos en los que la figura penal aplicada no existía en el ordenamiento peruano.
La Fiscalía deberá pronunciarse sobre la procedencia de la solicitud considerando la doctrina establecida por el máximo intérprete de la Carta Magna.
Cabe mencionar que no es el único político que adelantó que haría uso del fallo a favor del partido fujimorista. Ollanta Humala, expresidente condenado a 15 años de cárcel, mencionó que sería “jurídicamente imposible que el Poder Judicial pueda liberar a Fuerza Popular y mantener activo nuestro caso”.

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