
La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó una modificación a la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, que dispone que todos los alimentos procesados con exceso de azúcar, sodio o grasas saturadas deberán incluir los octógonos de advertencia, sin importar el tamaño del envase. Esta decisión elimina los vacíos legales que permitían que ciertos productos escaparan al control sanitario, consolidando un sistema más transparente de información al consumidor.
Con la medida, se busca fortalecer las políticas públicas destinadas a prevenir enfermedades no transmisibles como la obesidad, la hipertensión y la diabetes, al garantizar que los consumidores reciban información clara y completa sobre los productos que adquieren. El Ministerio de Salud tendrá un plazo de 120 días para actualizar el Manual de Advertencias Publicitarias y adecuarlo a los nuevos lineamientos establecidos por la ley.
Cambios en la Ley de Alimentación Saludable
La iniciativa aprobada modifica el artículo 10 de la Ley 30021, precisando que los octógonos deberán figurar en todos los alimentos y bebidas que superen los parámetros técnicos de azúcar, sodio o grasas saturadas, sin excepción alguna. Incluso los productos con etiquetas de menor tamaño —aquellos cuya superficie frontal sea inferior a 20 centímetros cuadrados— deberán incorporar las advertencias, siguiendo las nuevas disposiciones que dictará el Ministerio de Salud.
Esta modificación responde a una problemática identificada desde la implementación inicial de la ley: algunos productos evadían las advertencias sanitarias alegando limitaciones de espacio en el etiquetado. Con la nueva norma, se establece que ninguna restricción de tamaño podrá usarse como justificación para omitir información relevante sobre el contenido nutricional o los riesgos para la salud.

Protección del consumidor y salud pública
Durante el debate en la comisión, la presidenta Katy Ugarte subrayó que la iniciativa “corrige una distorsión que vulneraba el derecho de los consumidores, especialmente de los niños y adolescentes, a contar con información transparente sobre lo que consumen. No puede haber productos exonerados de advertencias solo por su tamaño; la salud pública no admite excepciones”. La parlamentaria sostuvo que la medida busca cerrar una brecha que afectaba principalmente a los sectores más vulnerables de la población.
Ugarte explicó que muchos productos de venta individual, como snacks, golosinas o bebidas pequeñas, generaban una falsa percepción de inocuidad al no llevar octógonos visibles. “Con esta ley, ningún producto podrá escapar al control sanitario ni a la información clara. El tamaño del envase ya no será un escudo para eludir las advertencias”, afirmó. Asimismo, señaló que esta disposición permitirá uniformizar los criterios de aplicación y evitar que los reglamentos contradigan el espíritu de la norma, reforzando la coherencia del sistema de etiquetado en el país.
Otras medidas en defensa del consumidor
En la misma sesión, la Comisión de Defensa del Consumidor aprobó un dictamen que establece nuevas obligaciones para las empresas de telecomunicaciones. Estas deberán informar a los usuarios sobre cualquier reducción en el plan contratado y ofrecer alternativas que se ajusten mejor a sus necesidades. El objetivo es fortalecer la transparencia en el mercado y prevenir prácticas abusivas que perjudiquen a los consumidores.
De igual manera, se dio luz verde a una reforma del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que busca reforzar la defensa judicial de los intereses colectivos y difusos. La propuesta otorga al Indecopi mayores facultades para presentar demandas en representación de los consumidores afectados por infracciones comprobadas y amplía la participación de las asociaciones civiles en la protección de derechos colectivos, garantizando una respuesta más efectiva frente a las vulneraciones en el mercado.

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