
Cuatro días después de haber asumido la presidencia de manera interina, José Jerí completó una de las tareas más urgentes de su gestión: la designación del nuevo gabinete ministerial. El acto protocolar se realizó la tarde del martes 14 de octubre en el Salón Dorado de Palacio de Gobierno, marcando el inicio de un periodo de transición que busca restablecer la estabilidad política tras la destitución por vacancia de Dina Boluarte.
El presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez Miranda —exmagistrado y expresidente del Tribunal Constitucional—, juró al frente de un equipo integrado principalmente por técnicos y profesionales con experiencia en gestión pública. Esta composición responde, según fuentes del Ejecutivo, a la necesidad de “garantizar continuidad institucional” y enfocar los esfuerzos en la culminación del mandato previsto hasta julio de 2026.
El nuevo gabinete deberá ahora enfrentar su primera prueba ante el Congreso de la República: la solicitud del voto de confianza. Según lo dispone la Constitución Política del Perú, el Presidente del Consejo de Ministros está obligado a presentarse ante el Parlamento dentro de los treinta días siguientes a su juramentación, acompañado de todo su equipo, para exponer la política general del Gobierno y las principales medidas de gestión. Este trámite constituye un requisito indispensable para obtener la investidura oficial del gabinete y consolidar su legitimidad ante el Poder Legislativo.
El plazo constitucional para la presentación
El artículo 130 de la Constitución establece con claridad que el Presidente del Consejo de Ministros debe concurrir al Congreso, junto con los demás ministros, dentro de los treinta días posteriores a la asunción del cargo. Durante esa sesión, el jefe del gabinete presenta la política general del Gobierno y solicita formalmente la cuestión de confianza. En este caso, el gabinete Álvarez deberá hacerlo antes del 13 de noviembre como fecha límite.
En caso el Congreso no se encuentre reunido, la norma indica que el Presidente de la República debe convocar a una legislatura extraordinaria. Este mecanismo busca garantizar que el Ejecutivo no quede paralizado ante la imposibilidad de obtener la investidura, pues sin ella, sus decisiones carecerían de validez política y jurídica.
De acuerdo con el artículo 120, los actos presidenciales son nulos sin la refrendación ministerial. Por ello, el funcionamiento regular del Estado depende directamente de la presencia de un gabinete en ejercicio y de su reconocimiento formal por parte del Parlamento.
La cuestión de confianza como mecanismo de control

El artículo 133 de la Carta Magna precisa que el Presidente del Consejo de Ministros puede plantear la cuestión de confianza a nombre del Consejo. Si el Congreso la rechaza, o si el gabinete es censurado o su titular renuncia, se produce una crisis total del Consejo de Ministros. Este mecanismo, según la doctrina constitucional, permite equilibrar la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo, al tiempo que somete la gestión gubernamental al control político del Parlamento.
La cuestión de confianza, explica la especialista Patricia Robinson Urtecho, “es una herramienta mediante la cual el Congreso puede hacer efectiva la responsabilidad política del Consejo de Ministros o de cada ministro por separado”. Su aprobación requiere únicamente la mayoría simple de votos favorables de los congresistas presentes, lo que equivale a 66 votos si el número legal de parlamentarios se mantiene en 130.
Si el Congreso rechaza la cuestión de confianza planteada por el Presidente del Consejo de Ministros a nombre del gabinete en su conjunto, se genera una crisis total y todos los ministros deben presentar su renuncia. Este escenario obligaría al Presidente de la República a conformar un nuevo equipo ministerial y repetir el proceso de investidura.
Antecedentes y alcances legales

Durante el gobierno de Pedro Castillo, el Congreso aprobó una ley que reinterpretó los alcances de la cuestión de confianza, restringiendo su uso a materias de competencia directa del Poder Ejecutivo. La Ley N° 31355 excluye de su aplicación las reformas constitucionales y los asuntos que afecten las competencias exclusivas del Parlamento o de otros organismos autónomos.
En la práctica, esta normativa limita la posibilidad de que el Ejecutivo utilice la cuestión de confianza como herramienta política para presionar al Legislativo, un mecanismo que generó varios enfrentamientos institucionales en años recientes. Ahora, el desafío del gabinete Álvarez será exponer una política general que logre concitar respaldo en un Congreso fragmentado y con múltiples bancadas en oposición.
Según lo establecido, la sesión donde se solicite el voto de confianza será convocada por el Presidente de la República. En esa reunión, el titular del Consejo de Ministros presentará las líneas generales de la gestión y los ejes prioritarios del gobierno de transición. Luego de la exposición, el Pleno del Congreso debatirá y procederá a votar.
La decisión, que requiere la mitad más uno de los votos, definirá el rumbo político del Ejecutivo. Si la confianza es aprobada, el gabinete quedará formalmente investido; de lo contrario, el país ingresaría a un nuevo episodio de crisis política, un escenario que, en medio de la actual coyuntura, el nuevo mandatario busca evitar a toda costa.
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