La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco, reafirmó la inconstitucionalidad de los procesos disciplinarios inmediatos ante la crítica situación institucional que enfrenta la Junta Nacional de Justicia (JNJ). No obstante, al referirse al proceso planteado para apartar temporalmente a la fiscal Delia Espinoza, la magistrada matizó la situación.
“El procedimiento inmediato es el que nosotros dijimos que no se puede realizar cuando, inmediatamente después de conocido el hecho, se hacía toda la acción. Tengo entendido que los hechos que se imputan son hace más de dos meses. Da la impresión que no fuera un proceso inmediato”, mencionó.
La precisión de Pacheco se produce luego de que se conociera la elaboración de un informe por parte de la vicepresidenta de la JNJ, María Teresa Cabrera, quien en su calidad de miembro instructora propone iniciar un proceso disciplinario contra la titular del Ministerio Público y suspenderla de su cargo por seis meses. La justificación expuesta en el informe se centra en la negativa a reincorporar a Patricia Benavides en el Ministerio Público, a pesar de órdenes previas en ese sentido.
En la víspera, Delia Espinoza manifestó en una conferencia de prensa que la medida promovida por la JNJ podría considerarse prevaricato si se implementa bajo la figura del proceso inmediato ya declarado inconstitucional. “Preliminarmente, puedo decir que, desde ya, de ser cierto este pedido, la señora Cabrera estaría cometiendo delito de prevaricato porque en uno de los documentos, que esperamos no sea cierto, señala que se me ha abierto proceso inmediato cuando el TC ya ha dejado claramente establecido que el procedimiento inmediato disciplinario no es constitucional, no es legal”, afirmó.
En el trasfondo de la controversia, el informe de la magistrada de la JNJ argumenta la urgencia de una medida disciplinaria por la desobediencia de Espinoza a un mandato legal, mientras que la defensa de la fiscal se apoya en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y que la designación del fiscal de la Nación es competencia exclusiva de la Junta de Fiscales Supremos (JFS).
En ese sentido, sostuvo que la resolución administrativa que ordenó la restitución de Patricia Benavides y por la cual fue denunciada, adolece de ilegalidad e inconstitucionalidad, pues, en su opinión, la JNJ “no tiene facultad o atribución constitucional para imponer, seleccionar o decidir quién es fiscal de la Nación”. Recalcó que la entidad puede reincorporar a un fiscal en la carrera tras un procedimiento administrativo, pero la decisión sobre la titularidad corresponde únicamente a la JFS.
También cuestionó que la entidad no priorice otros casos pendientes de ratificación o destitución, señalando que su expediente tramitado con celeridad contrasta con varios procesos postergados, hecho que considera perjudicial para la equidad y transparencia institucional.
“Que no se cometa el mismo error que están cometiendo en el Congreso de la República, como ya lo hemos demostrado, que toman algunos casos sin respetar el orden cronológico para tramitarlos. Unos los apuran y otros no. Eso no es respeto al debido proceso”, indicó la fiscal de la Nación.
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