
El oficial mayor del Congreso, Giovanni Forno, dio por concluida la designación de la militante de Alianza para el Progreso y autodenominada “hija política” de César Acuña, Yessenia Lozano, como jefa del Centro de Modalidades Formativas del Parlamento.
La resolución, difundida inicialmente por Ideeleradio, no menciona que Lozano haya renunciado al cargo. Los considerandos del documento únicamente dan cuenta de que la Mesa Directiva le encargó al oficial mayor las designaciones, desplazamientos y encargaturas de los puestos del Servicio Parlamentario.
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La “hija política” del gobernador regional de La Libertad no será movida a otra dependencia del Parlamento. La resolución expresa claramente que con esta decisión se da por culminado el vínculo laboral con el Congreso, no sin antes darle las gracias por los servicios prestados.
El documento también establece que la nueva jefa del Centro de Modalidades Formativas del Congreso será Sandra Liz Gutiérrez Cuba, quien es afiliada a Somos Perú, partido de José Jerí.
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Vulneró neutralidad electoral
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ratificó que Yessenia Lozano Millones vulneró el principio de neutralidad electoral. El caso comenzó después de que un reportaje de Cuarto Poder exhibiera la presencia de un retrato de César Acuña, líder de APP y gobernador regional de La Libertad, junto al símbolo del partido en la oficina principal del Centro de Modalidades Formativas del Congreso.
La denuncia indicaba que Lozano Millones, quien se autodenomina “hija política” de Acuña, carecía del perfil y la experiencia necesarios para ejercer su cargo. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 determinó en primera instancia que la funcionaria infringió el deber de neutralidad al promover la imagen de Acuña en un ambiente institucional durante la convocatoria de proceso electoral. Lozano apeló la decisión argumentando que no había vulnerado el principio de neutralidad, pero el JNE confirmó el fallo del JEE y concluyó que la exhibición de propaganda política en un espacio oficial es una infracción clara.
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“La señora recurrente, como funcionaria pública, infraccionó el principio de neutralidad, en un contexto en el cual ya se encontraba convocado el proceso electoral de las EG 2026, siendo que, en este caso, no solo se trata de una mera exhibición de la imagen del fundador de un partido político, sino que se trata de la muestra del nombre y símbolo de una organización política inscrita en el ROP del JNE, el cual cuenta con inscripción vigente para participar en proceso electoral”, sostuvo la máxima autoridad electoral en su resolución del 19 de junio de 2025.
Para el JNE, Lozano es además personera legal alterna de APP y el cuadro no estaba en un ambiente privado, sino a la vista de quienes ingresaran a la oficina. También rechazó la defensa basada en que “es usual que, en las oficinas de los servidores públicos, estos guarden fotografías de seres queridos, personajes que admiran e incluso imágenes religiosas, las que corresponden a su esfera privada”. Según el JNE, “ello no resulta de recibo para desvirtuar el hecho denunciado”.
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Aunque no se impone una sanción económica por tratarse de una primera infracción, la resolución dispone remitir los actuados al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y al propio Congreso para investigaciones adicionales, debido a la afectación de la neutralidad electoral.
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