En el Perú, la gratificación por Fiestas Patrias es un derecho fundamental para millones de trabajadores del sector privado. Se trata de un ingreso adicional que todas las empresas depositan en julio y diciembre, libre de descuentos previsionales, y cuyo objetivo es compensar el trabajo del semestre anterior. Este beneficio económico es vital para los que están en planilla y cumplen con los requisitos para tener el monto en sus cuentas antes del vencimiento de la fecha límite.
Aunque parece un derecho automático, no todos los trabajadores tienen acceso al mismo monto ni bajo las mismas condiciones. Además, hay múltiples casos especiales y confusiones frecuentes que vale la pena aclarar. En esta guía detallada te explicamos todo lo que necesitas saber para verificar si recibirás la gratificación de julio 2025, cómo se calcula y cómo actuar si no la depositan a tiempo o de manera incompleta.
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¿Qué es exactamente la gratificación?
La gratificación legal es un beneficio económico obligatorio regulado por la Ley N.º 27735. Consiste en el pago de una remuneración íntegra mensual por parte del empleador a sus trabajadores, dos veces al año:
- Julio, por Fiestas Patrias
- Diciembre, por Navidad
Además del sueldo, la gratificación incluye una bonificación extraordinaria, equivalente al 9% del sueldo (si el trabajador está en EsSalud) o 6.75% (si está afiliado a una EPS). Esto sustituye el aporte del empleador a salud por ese mes.
La gratificación es intangible y libre de descuentos, excepto si el trabajador tiene retenciones judiciales, como alimentos.
¿Quiénes tienen derecho a recibir la gratificación?
Tienen derecho a la gratificación de julio 2025 los trabajadores que cumplan con TODAS estas condiciones:
- Estar formalmente registrados en planilla (boleta de pago, contrato de trabajo, T-Registro).
- Haber trabajado al menos un mes completo entre enero y junio de 2025.
- Pertenecer a una empresa mediana o grande, o una pequeña empresa (aunque con condiciones distintas).
- Regirse por el régimen laboral general del Decreto Legislativo N.º 728 (régimen privado).
No importa si el contrato es a plazo fijo o indefinido, si cumple con esos requisitos, el trabajador tiene derecho al beneficio.
¿Quiénes NO tienen derecho a la gratificación?
Existen excepciones claras de las personas o trabajadores que no tienen derecho la gratificación por Fiestas Patrias:

¿Cómo se calcula la gratificación?
La fórmula general es:
Gratificación = Sueldo completo de junio + Bonificación extraordinaria
La bonificación extraordinaria depende del sistema de salud:
- EsSalud: 9% del sueldo
- EPS: 6.75% del sueldo
Si no trabajaste los 6 meses completos, el cálculo es proporcional:
Gratificación = (Meses trabajados / 6) × Sueldo + Bonificación proporcional
Ejemplo 1: Trabajador que laboró todo el semestre
- Sueldo de junio: S/ 2,200
- Sistema de salud: EsSalud
- Gratificación: S/ 2,200
- Bonificación: S/ 198
- Total a recibir: S/ 2,398
Ejemplo 2: Trabajador con solo 2 meses de trabajo (mayo y junio)
- Sueldo: S/ 1,500
- (2/6) × 1,500 = S/ 500
- Bonificación EsSalud: 9% de 500 = S/ 45
- Total: S/ 545

¿Qué ocurre en el sector público?
Los trabajadores públicos no reciben gratificación como tal. En su lugar, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) otorga una bonificación fija (aguinaldo), que generalmente varía entre S/ 300 y S/ 500. Esta se paga a trabajadores CAS, régimen 276 o 728, y su valor se define mediante decreto supremo.
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¿Cuándo se debe pagar la gratificación?
La fecha límite es el 15 de julio de 2025. Si el empleador no cumple, incurre en infracción grave, sancionable por SUNAFIL. Además, deberá pagar la gratificación con intereses, si el trabajador reclama.
¿Me pueden descontar AFP, ONP o impuestos?
No. La gratificación está exonerada de descuentos previsionales:
- No se descuenta AFP ni ONP
- No se descuenta por EsSalud
- No se aplica renta de quinta categoría
- Solo puede descontarse por mandato judicial (por ejemplo, pensión de alimentos).
¿Qué hacer si no te pagan o te pagan menos?
Tienes derecho a denunciar el incumplimiento ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).
¿Cómo hacerlo?
1. Virtual:
- Ingresa a https://www.gob.pe/sunafil
- Sección “Denuncia virtual laboral”
- Puedes hacerla de forma anónima
2. Presencial:
- Acude a cualquier sede de SUNAFIL
- Lleva contrato, boletas, correos, etc.
3. Telefónica:
- (01) 390-2800 (Lima)
- Línea de tu región

Sanciones al empleador por no pagar la gratificación
Infracción muy grave
- Multas entre S/ 566 y S/ 129,294, según el tamaño de la empresa
- Pago obligatorio del beneficio + intereses
Preguntas frecuentes sobre la gratificación
¿Recibo gratificación si estoy con descanso médico?
- Sí, si el descanso es por enfermedad común, accidente, maternidad o paternidad, se considera trabajo efectivo.
¿Si estoy en vacaciones en junio, me corresponde?
- Sí. Las vacaciones no interrumpen el vínculo laboral.
¿Qué pasa si tengo un sueldo variable?
- Se promedia la remuneración ordinaria de los últimos seis meses, si no tienes un sueldo fijo.
¿Recibo gratificación si estoy en modalidad mixta (tiempo parcial)?
- Sí, siempre que estés en planilla. El monto será proporcional al sueldo.
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