
A pocos días de iniciar julio, miles de trabajadores peruanos en planilla esperan con expectativa uno de los ingresos más esperados del año: la gratificación por Fiestas Patrias. Este beneficio económico, regulado por la Ley N.º 27735, constituye un importante alivio financiero para los hogares, especialmente en medio del alza del costo de vida, el inicio de vacaciones escolares y los gastos propios de las celebraciones patrias.
Pero, ¿quiénes tienen derecho a recibirla? ¿Cómo se calcula el monto? ¿Qué pasa si no se ha trabajado todo el semestre? En esta nota te explicamos todo lo que debes saber sobre la gratificación de julio 2025.
¿Cuándo se paga la gratificación?
La gratificación por Fiestas Patrias debe ser depositada hasta el 15 de julio de 2025. Así lo establece el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), en cumplimiento de la normativa vigente. Si el 15 cae en fin de semana o feriado no laborable, el empleador deberá adelantar el depósito al último día hábil anterior, garantizando así que el trabajador reciba el dinero con anticipación a las fechas festivas del 28 y 29 de julio.
El incumplimiento de este plazo puede ser sancionado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), pues se trata de un derecho laboral obligatorio para trabajadores del régimen privado formal.
¿Quiénes tienen derecho a la gratificación?
Este beneficio aplica para:
- Trabajadores del régimen laboral de la actividad privada, siempre que hayan estado en planilla al menos un mes entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2025.
- Trabajadores de régimen especial, como el de microempresas, solo si el empleador ha decidido voluntariamente otorgar el beneficio.
- Trabajadores de cooperativas, asociaciones o servicios de tercerización, si su contrato lo estipula expresamente.
Cabe precisar que este beneficio no aplica para:
- Trabajadores independientes o informales, es decir, que no están en planilla.
- Personal del sector público, que recibe un aguinaldo de S/300, definida cada año por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
- Quienes no hayan estado en planilla durante el semestre, o hayan sido contratados luego del 30 de junio.

¿Cómo se calcula la gratificación?
El monto a recibir es equivalente a una remuneración mensual íntegra, correspondiente al sueldo que el trabajador haya percibido en el mes de junio de 2025.
Además, se otorga una bonificación extraordinaria, que corresponde al 9% del sueldo si el trabajador está afiliado a EsSalud, o al 6.75% si está afiliado a una Entidad Prestadora de Salud (EPS).
Ejemplo de cálculo:
- Sueldo mensual: S/ 2,000
- Afiliación: EsSalud
- Bonificación extraordinaria: S/ 180 (9% de 2,000)
- Total a recibir: S/ 2,180
Esta bonificación se aplica como compensación por la exoneración del aporte del empleador a EsSalud durante los meses de julio y diciembre, cuando se otorgan las gratificaciones.
¿Qué ocurre si trabajé menos de seis meses?
Si un trabajador ingresó a planilla durante el semestre, pero no completó los seis meses, tiene derecho a una gratificación proporcional al tiempo trabajado.
Ejemplo:
- Ingreso a planilla: 1 de abril de 2025
- Tiempo trabajado: 3 meses (abril, mayo y junio)
- Sueldo mensual: S/ 2,000
- Gratificación proporcional: (3/6) x S/ 2,000 = S/ 1,000
- Bonificación extraordinaria: 9% de S/ 1,000 = S/ 90
- Total: S/ 1,090
La proporcionalidad es válida siempre que se haya cumplido al menos un mes completo en planilla.

¿Qué pasa si no se paga la gratificación?
La omisión del pago o el retraso en el depósito puede ser considerado una infracción grave por parte del empleador. Según la escala vigente de Sunafil, las multas por no cumplir con el pago de la gratificación pueden llegar hasta los S/ 129,294, dependiendo del tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.
El trabajador afectado puede presentar una denuncia ante Sunafil o acudir a la Defensoría del Pueblo para recibir asesoría gratuita.
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