La controversia por el eventual aumento del sueldo de la presidenta Dina Boluarte sumó un elemento clave. La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ANTAIP) cuestionó la decisión del gobierno de declarar confidenciales los documentos sobre el incremento salarial e indicó que los argumentos utilizados por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) carecen de sustento.
Como se recuerda, distintos medios solicitaron información sobre el informe N.º 0034-2025-EF/53.07 del MEF que recomendó aumentar el sueldo de la jefa de Estado de S/16.000 a S/35.568. Ante los pedidos, las autoridades clasificaron los cuatro oficios relacionados como confidenciales, invocando el artículo 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP).
Esta figura ampara la reserva de documentos que contengan “consejos, recomendaciones u opiniones” en procesos deliberativos previos a una decisión de gobierno, argumentando que el aumento de sueldo “se encuentra en proceso deliberativo” y no es aún un tema de agenda oficial. Sin embargo, la ANTAIP determinó que esta medida es errónea.
Consultada por El Comercio, la entidad señaló que la información referente a las remuneraciones, escalas remunerativas e incrementos de sueldos de funcionarios públicos es, por naturaleza, pública. Además, el organismo recomendó que las excepciones a la transparencia solo pueden aplicarse con carácter restrictivo y caso por caso, sin servir como escudo general contra solicitudes ciudadanas o periodísticas.

En su pronunciamiento, enfatizaron la relevancia de la publicidad sobre los ingresos de altos funcionarios, como la presidenta, ministros, congresistas y magistrados. El informe consultivo detalla: “El interés público en conocer los ingresos que perciben los altos funcionarios no solo es legítimo, sino imperativo en un Estado constitucional de derecho”, ya que manejan recursos públicos y su nivel de transparencia debe ser mayor al de otros servidores.
La institución precisó que si bien se permite excepciones en circunstancias concretas que puedan generar algún daño (principio de “lesividad”), declarar confidencial el expediente de aumento salarial no cumple este criterio. Por ello, la reserva de los documentos carece de validez legal.
“El incremento no está en agenda”
Si bien los miembros del Ejecutivo todavía no se pronuncian sobre el tema, el presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Arana, aseguró a fines de mayo que el incremento de sueldo para Dina Boluarte no figura como prioridad. Según Arana, el tema “no forma parte de la agenda por ahora”, a fin de calmar los cuestionamientos. Subrayó que los técnicos están evaluando alternativas y que el expediente no ha sido discutido ni aprobado en Consejo de Ministros.
Arana insistió en que, mientras el aumento siga en análisis y no se concrete una decisión formal, la gestión mantendrá la confidencialidad sobre los documentos para proteger el proceso deliberativo. Sin embargo, el argumento oficial se debilita frente a la opinión de la ANTAIP y el reclamo de abogados y organizaciones civiles, que defienden el carácter público de esta información.

La declaración del primer ministro no logró descomprimir el clima de sospecha sobre el uso discrecional de la clasificación de documentos y dejó abierta la interrogante sobre la voluntad política de transparentar decisiones que afectan a la más alta autoridad y, por extensión, al uso de los recursos públicos.
Ahora, tal como mencionó el periodista Sebastián Ortiz en diálogo con Canal N, será el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública el que deberá pronunciarse. Según sus estimaciones, en las próximas semanas tendrán una respuesta la cual tiene calidad de vinculante y puede ordenar la entrega de los documentos que fueron negados.
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