Eduardo Arana propone al Congreso crear una comisión para evaluar permanencia de Perú en la Corte IDH

Premier se muestra a favor de que se debata la continuidad del país en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos pese a que es una competencia exclusiva del Ejecutivo

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Eduardo Arana propone al Congreso crear una comisión para evaluar permanencia de Perú en la Corte IDH. Video: Congreso

El presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Arana, propuso al Pleno del Congreso la creación de una comisión especial integrada por representantes del Ejecutivo, el Legislativo, la sociedad civil, la academia y organismos competentes para tomar una decisión respecto a la pertenencia de Perú en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que implicaría una posible salida de la competencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte IDH.

“Conscientes que la permanencia del Perú en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos es un aspecto de sumo interés para el Congreso de la República y la ciudadanía en general”, dijo Arana en su exposición por el voto de confianza.

Y agregó: “No obstante que conforme al artículo 57 de la Constitución, es potestad del Ejecutivo adoptar una decisión soberana, como democrática, propongo ante este honorable Parlamento, la creación de una Comisión integrada por el Ejecutivo, el Legislativo, la sociedad civil, la academia y las instituciones y organismos competentes, para evaluar, estudiar y proponer de manera seria y responsable una decisión consensuada sobre la continuidad del Perú en dicho Sistema”.

Además, el jefe del gabinete ratificó la postura de que el gobierno no destinará fondos públicos a indemnizaciones establecidas por tribunales internacionales en favor de personas sentenciadas en Perú por delitos de terrorismo.

Eduardo Arana expuso ante el
Eduardo Arana expuso ante el Pleno del Congreso para buscar el voto de confianza. Foto: Congreso de la República

Contradicción

El anuncio de Eduardo Arana llama la atención ya que, en febrero de 2024, el Poder Ejecutivo observó la autógrafa de Ley que busca conformar una Comisión de Alto Nivel para la elaboración de propuestas de reforma del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

La presidenta Dina Boluarte y el entonces presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, firmaron el oficio de observación, argumentando que la norma vulnera principios constitucionales fundamentales como la separación de poderes y la autonomía del Poder Ejecutivo.

El Ejecutivo basa su postura en el artículo 43 de la Constitución Política del Perú, que establece que “el Estado se organiza bajo el Principio de Separación de Poderes”. Según el oficio, la creación de una Comisión de Alto Nivel y un Órgano Técnico bajo el Ministerio de Relaciones Exteriores invade competencias exclusivas del Poder Ejecutivo. Esta posición se refuerza con la Ley N° 29158 (LOPE), que en su Artículo VI señala que el Ejecutivo “ejerce sus competencias exclusivas, no pudiendo delegar ni transferir las funciones y atribuciones inherentes a ellas”, subrayando la autonomía de este poder del Estado.

Además, el gobierno destaca que la conformación de comisiones, incluso las multisectoriales o multipoder, debe realizarse mediante resoluciones ministeriales o decretos supremos, “no requiriendo de una ley” para ello, según el Artículo 36 de la LOPE. Esta norma busca evitar que el Legislativo interfiera en la organización interna del Ejecutivo, un punto que el gobierno considera esencial para preservar el equilibrio institucional. La propuesta de Arana, por tanto, choca con esta interpretación legal, generando tensiones entre ambos poderes.

Un aspecto controvertido es el artículo 13 de la autógrafa, que establece un plazo de 180 días para que la Secretaría General de la OEA responda a las propuestas de reforma, y de no ser así, obliga al Ejecutivo a “evaluar la denuncia de la Convención Americana”. El gobierno sostiene que esta disposición vulnera las atribuciones del presidente, quien, según el numeral 11 del Artículo 118 de la Constitución, tiene la facultad de “dirigir la política exterior y las relaciones internacionales del Estado peruano” y “celebrar y ratificar tratados internacionales”.

Finalmente, el Ejecutivo recalca que la denuncia de un tratado como la Convención Americana es una “potestad del presidente de la República” (Artículos 56 y 57 de la Constitución), y no puede ser impuesta por el Legislativo mediante una ley. Esta postura refleja la defensa de la autonomía presidencial en asuntos de política exterior, un tema que podría escalar en importancia si la propuesta de Arana avanza en el Congreso. El debate, así, no solo involucra aspectos legales, sino también la visión estratégica de Perú en el ámbito internacional.

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