
La Defensoría del Pueblo anunció que presentará una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la reciente ley que incorpora a los adolescentes de 16 y 17 años como imputables dentro del sistema penal ordinario. Esta medida, que ya había sido rechazada por la entidad en ocasiones anteriores, afecta los derechos de los adolescentes y contraviene normativas internacionales y nacionales.
En un comunicado oficial, la Defensoría precisó que, en defensa del Estado Constitucional de Derecho, ejercerá la facultad establecida en el artículo 9° de la Ley Nº 29882.
Además, recordó que el 5 de mayo solicitó a la jefa de Estado la observación de la autógrafa de la ley, reiterando su preocupación por su impacto negativo.

La Defensoría considera que la ley vulnera los derechos fundamentales de los menores y es incompatible con la legislación internacional sobre la protección de la infancia y adolescencia. Este pronunciamiento se produjo poco después de que el Poder Judicial también se mostrara en contra de la norma promulgada por el Ejecutivo.
Principales argumentos de la Defensoría
Los principales argumentos que sustentan la postura de la Defensoría del Pueblo se centran en la vulneración de principios clave relacionados con los derechos de los adolescentes. En primer lugar, se menciona que la ley infringe el principio rector del Interés Superior del Niño, establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), que exige priorizar el bienestar y el desarrollo integral de los menores de 18 años.
Además, se señala que la ley no toma en cuenta la evidencia científica en psicología evolutiva y neurociencias, que indica que el cerebro adolescente aún está en desarrollo, lo que afecta el control de impulsos, la toma de decisiones y la evaluación de riesgos.

Asimismo, la normativa colide con la CDN, que forma parte del bloque de constitucionalidad del país. La Convención define al «niño» como todo ser humano menor de 18 años y exige que los Estados establezcan un sistema de justicia especializado para menores, distinto al de los adultos, con un enfoque socioeducativo y restaurativo. Este enfoque ya ha sido recogido en el Nuevo Código de Responsabilidad Penal del Adolescente.
Desde el enfoque de derechos humanos, la Defensoría considera que la ley representa un grave retroceso al no reconocer la especial vulnerabilidad de los adolescentes y la obligación del Estado y la sociedad de brindarles una protección reforzada.
Según el artículo 4 de la Constitución Política del Perú, la comunidad y el Estado deben proteger especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono.

Finalmente, la Defensoría resalta que la ley carece de respaldo técnico, ya que instituciones clave del sistema de justicia, como el Poder Judicial, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF Perú) y el Colegio de Abogados de Lima han calificado la ley como inviable y populista.
Defensoría insta a fortalecer el sistema de justicia penal juvenil
La Defensoría del Pueblo también instó al fortalecimiento del sistema de justicia penal juvenil con un enfoque terapéutico. La institución resaltó que la implementación del Código de Responsabilidad Penal del Adolescente permitiría garantizar un tratamiento adecuado y efectivo para los adolescentes de 14 a 18 años que han cometido infracciones a la ley penal. El objetivo sería lograr su real y efectiva reintegración social y familiar, a través de un proceso más rehabilitador y acorde a sus derechos.
En este sentido, la Defensoría subrayó que la propuesta de inclusión de los adolescentes de 16 y 17 años en el sistema penal ordinario no solo contraviene las normativas internacionales y los derechos de los menores, sino que también pone en riesgo su rehabilitación, ya que el enfoque punitivo podría limitar sus posibilidades de reintegrarse positivamente a la sociedad.

¿Qué establece la nueva norma penal?
La Ley N.º 32330, promulgada por el gobierno de Dina Boluarte, introduce una reforma en el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, incorporando a los menores de 16 y 17 años como sujetos imputables en el sistema penal ordinario. Publicada el 10 de mayo de 2025, la norma responde a la creciente violencia en delitos cometidos por adolescentes.
Con esta reforma, los adolescentes que cometan delitos graves, como homicidio, violación, sicariato, secuestro, robo agravado y narcotráfico, podrán ser procesados como adultos. La ley modifica los artículos 20 y 22 del Código Penal para aplicar penas privativas de libertad, además de medidas socioeducativas.
El tratamiento penitenciario para este grupo se orientará a su rehabilitación, y la edad del infractor podrá atenuar la pena en algunos casos. Este cambio busca dar respuesta a la violencia creciente sin perder de vista la rehabilitación del menor.
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