
La ausencia de una metodología que unifique entre 2019 y 2024 los criterios para el cálculo de las multas coercitivas que impone el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ha decantado en que el monto de algunas multas con riesgo significativo aplicadas en la etapa de supervisión a sectores como minería, hidrocarburos, electricidad y agricultura resulten incluso menores que las de riesgo leve.
Recientemente, la entidad adscrita al Ministerio del Ambiente (Minam) aprobó, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 00015-2024-OEFA/CD, la nueva “Metodología para el cálculo de la multa coercitiva”, aplicable en ejercicio de sus funciones de supervisión, fiscalización y sanción.
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Estas medidas, en su mayoría preventivas, representan un 87,6% del total durante el período mencionado, y están diseñadas para prevenir riesgos inminentes que puedan causar daños graves al medio ambiente, los recursos naturales y la salud humana.

El sector de minería lideró la lista de sectores con más medidas administrativas, acumulando un 29% del total, seguido por los sectores de hidrocarburos e industria, con un 27% y un 22% respectivamente. Este enfoque en sectores específicos refleja la preocupación por las actividades que podrían tener un impacto en el entorno y la salud pública.
Vale precisar que el OEFA se encuentra facultado para imponer multas coercitivas en caso los administrados bajo su ámbito de competencia incumplan las medidas administrativas dictadas por dicha entidad, las cuales no deben ser menor a 1 ni mayores a 100 UIT. La multa coercitiva a ser impuesta debe ser proporcional a la impuesta en cada caso.
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Los sectores más afectados por estas sanciones son la minería, los hidrocarburos y los residuos sólidos, representando el 43%, 31% y 19% de las multas, respectivamente.

La disparidad entre las multas leves y graves del OEFA
El análisis más alarmante del OEFA se centra en el nivel de riesgo asociado al incumplimiento de estas medidas. Se utilizaron datos de las direcciones de supervisión para evaluar el riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones fiscalizables.
Se encontró que las multas coercitivas varían según el nivel de riesgo: para riesgos leves, la mediana de la multa es de 70 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), con un promedio de 57,69 UIT. En casos de riesgo significativo, el promedio de la multa es de 52,33 UIT y la mediana es de 50 UIT. Para riesgos moderados, tanto el promedio como la mediana se sitúan en 52.77 UIT y 50 UIT, respectivamente.
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Pero un aspecto fundamental del informe es la discrepancia en los montos de las multas en función del riesgo. Aunque se esperaría que las multas por riesgos significativos fueran más altas que las de riesgos moderados o leves, los datos no reflejan esta lógica.
“Cabe precisar que las multas coercitivas deberían ser más altas en los casos de riesgo significativo que en los de riesgo moderado y leve. Sin embargo, esto no se refleja en el gráfico, existen multas coercitivas con riesgo significativo [grave] incluso menores que las de riesgo leve”, refirió el organismo.
De esta manera, existen casos donde las multas por riesgos significativos son incluso menores que las de riesgos leves, lo que plantea interrogantes sobre la efectividad y la coherencia del sistema de sanciones en los últimos cinco años.
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Multas en etapa de fiscalización también en aumento
En el sector electricidad, el 50% de las multas se concentró entre 67 y 100 UIT, mientras que en agricultura, se concentró entre 4 y 15 UIT. En minería, el 50% de las multas se ubicó entre 50 y 100 UIT. En hidrocarburos, el 50% de las multas se concentró entre 20 a 100 UIT. Finalmente, el valor mediano de las multas en residuos sólidos es el más bajo, con 5 UIT.
Además, las multas coercitivas para entidades privadas en la etapa de supervisión se concentran entre 20 y 100 UIT, con una mediana de 60 UIT. En las entidades públicas, el 50% de las multas se distribuyó entre 5 y 10 UIT, con una mediana de 5 UIT.
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Pero las multas coercitivas impuestas en la etapa de fiscalización tampoco están muy lejos de esta grave realidad. En el análisis del OEFA, en el periodo comprendido entre enero de 2018 y mayo de 2024, la Dirección de Fiscalización Ambiental e Inspección (DFAI) registró un aumento significativo en la aplicación de este tipo de sanciones.
Según los datos analizados, el año 2023 fue el más crítico, con un total de 445 multas impuestas, superando las 326 y 247 multas de 2021 y 2022, respectivamente. Este incremento refleja una tendencia creciente en el uso de sanciones como mecanismo de cumplimiento forzoso ante el incumplimiento de medidas administrativas.
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Los sectores más afectados por estas multas durante el periodo analizado fueron los de hidrocarburos, que representaron el 48% del total, seguidos por minería con un 20% y agricultura con un 14%. En contraste, los sectores de pesca, electricidad, infraestructura y servicios, y residuos sólidos registraron un menor número de sanciones, según la DFAI.

La nueva Metodología para el cálculo de la multa coercitiva
Ante esta situación, el OEFA ha lanzado su nueva “Metodología para el cálculo de la multa coercitiva”, documento además necesario, según el propio organismo, a fin de garantizar que sus diferentes órganos cuenten con criterios uniformes y objetivos para determinar el monto de las multas coercitivas que se impongan.
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“Ello permitirá alcanzar una mayor predictibilidad y uniformidad en el cálculo de las multas coercitivas, bajo los principios de razonabilidad, predictibilidad y simplicidad”, precisó.
El análisis de las tendencias en la imposición de multas revela la importancia de contar con un marco regulatorio sólido que permita a las autoridades actuar de manera eficiente ante las infracciones. La creciente cantidad de multas impuestas en los últimos años subraya la relevancia de fortalecer los mecanismos de fiscalización y control en los sectores más críticos para el medio ambiente.
“De esta forma, el OEFA refuerza su compromiso de establecer reglas claras y transparentes en el desempeño de sus funciones”, declaró la entidad.

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