
A partir del 25 de octubre, la tasa de restitución de derechos arancelarios, conocida como ‘drawback’, se reducirá del 3% al 1%, según una reciente disposición del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Esta medida, que se mantendrá vigente hasta el 30 de junio de 2025, forma parte de una modificación al Reglamento de procedimiento de restitución simplificado de derechos arancelarios, aprobado por el Decreto Supremo N° 104-95-EF.
El MEF ha establecido que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) deberá desarrollar un procedimiento y un sistema informático que permita calcular de manera efectiva la restitución de los derechos arancelarios pagados por los insumos importados.
A partir del 1 de julio de 2025 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, la tasa de ‘drawback’ se reducirá aún más, situándose en un 0,5%. Pero, a partir del 1 de enero de 2026, quedará eliminada.
Según el MEF, durante este periodo, se aplicarán los procedimientos vigentes, según lo estipulado en la norma. Esta serie de ajustes refleja un esfuerzo por parte del gobierno para fomentar la competitividad de las empresas nacionales en el mercado internacional, aliviando la carga fiscal sobre las importaciones.

El draback en la mira del MEF: se necesitan más recursos
Las empresas productoras-exportadoras que participan en el procedimiento de restitución simplificado de derechos arancelarios podrán recuperar de una forma más eficiente los aranceles pagados por la importación de materias primas y otros insumos utilizados en la producción de bienes exportados, según la nueva normativa.
La normativa establece que las materias primas y otros insumos que ingresaron al país bajo mecanismos aduaneros suspensivos o exoneratorios no generarán derecho a la restitución simplificada de derechos arancelarios.
Para los casos en que las materias primas sean importadas por terceros, el exportador deberá presentar una declaración jurada del proveedor local. Esta declaración debe certificar que la importación se realizó sin el uso de los beneficios aduaneros mencionados anteriormente.
Sin embargo, se excluyen de este beneficio los insumos fabricados en el país con materias primas importadas, lo que subraya la intención de fomentar el uso de insumos nacionales.

Gremios rechazan reducción y eliminación del drawback
La reciente publicación del Decreto Supremo 189-2024-EF ha generado una fuerte reacción entre los gremios empresariales de Perú, quienes consideran que la medida representa un grave riesgo para las exportaciones no tradicionales del país. Pasa que, precisamente, estos gremios se veían favorecidos con un drawback del 3%.
Según un comunicado conjunto de diversas asociaciones, la reducción y eventual eliminación del Mecanismo de Restitución Simplificada de Derechos Arancelarios (drawback) podría afectar significativamente a un sector que genera más de 4 millones de empleos directos e indirectos.
Esta decisión ha sido criticada por organizaciones como la Asociación de Exportadores (Adex), la Asociación de Gremios Agroexportadores del Perú (Agap), la Cámara de Comercio de Lima (CCL), entre otras, quienes argumentan que la medida incrementará los costos internos y afectará la competitividad del país.
Los gremios han expresado su preocupación por el impacto que esta normativa podría tener en sectores clave como la pesca de consumo humano directo, la acuicultura, la agroexportación, la confección textil, y la producción metalmecánica, siderúrgica y maderera.
La entrada en vigor de esta medida ha sido percibida como sorpresiva por los gremios, quienes consideran que no se han tomado en cuenta las dificultades actuales que enfrentan las industrias afectadas.
La reducción del drawback, según los representantes de los gremios, podría llevar a la paralización de envíos y a pérdidas económicas considerables para las empresas involucradas.
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