
¿Problemas con la Sunat? Esta opción podría aliviarlo de la carga fiscal. La Sunat ha aprobado el formulario virtual 1707 para que se pueda solicitar el fraccionamiento especial de deudas tributarias exigibles al 31 de diciembre de 2023 (el año pasado), para empresas y personas naturales (tal como detalla textualmente en el mensaje de sus redes sociales).
Así, hasta el 20 de diciembre de este año los contribuyentes podrán acogerse a este régimen de condonación de deudas tributarias que aplica tanto para este monto específico como para las multas e intereses. Pero, en la práctica, esto plantea un nivel de amnistía tributaria, tal como señaló a Infobae Perú, Jesús Ramos, experto en derecho tributario de la Escuela de Gestión Pública de la Universidad Pacífico. La motivación tras de esto sería el actual déficit fiscal del Perú, tal como señala la norma.
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Amnistía total para algunos contribuyentes
Si bien Silvana Huanqui no lo detalla como una amnistía totalmente, dado que no condona la totalidad de los tributos, para Jesús Ramos este fraccionamiento especial, en el fondo, sí sería una amnistía tributaria.
Así, como ha repetido Infobae Perú en su cobertura de este tema, este fraccionamiento especial plantea un descuento de las deudas, ”que se aplica sobre los intereses, actualizaciones e intereses capitalizados, así como sobre las multas y sus respectivos intereses, actualizaciones e intereses capitalizados” (como se lee textual en la norma). Sin embargo, el bono de descuento en ningún caso afecta el insoluto del tributo.
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A pesar de esto, también como señala el decreto, “no se requiere el pago cuando el deudor solo tenga deuda por concepto de multas y sus respectivos intereses, actualizaciones e intereses capitalizados, y estos se extingan, por efecto de la aplicación del bono de descuento del 100%, de corresponder”.
Esto se da en casos de contribuyentes que estan con multas e intereses y no tributo. “En esos casos no van a pagar nada si no superan los umbrales. Significa que se elimina la multa, se elimina los intereses, entonces no van a terminar pagando nada”, agrega el experto. Pero aquellos contribuyentes cuyos niveles de deuda son más altos, y que además tienen tributo adeudado, y no solamente multas e intereses, sí pagarán algún monto.
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Lo más favorecidos
Este fraccionamiento especial de la Sunat supone un régimen bastante diferente en ciertos aspectos, entre los cuales exige también que los datos de los deudores acogidos al fraccionamiento sean públicos.
Este fraccionamiento favorece a varios contribuyentes, pero especificamente a algunos grupos más. Jesús Ramos considera que a aquellos contribuyentes que tengan multas e intereses y no tributo omitido por monto de deuda que no supere S/495 mil, serán de los más beneficiados, los que “tienen que acogerse sin ninguna duda”: “Si tienes multas, intereses y no tributo omitido, y tu deuda no supera los S/495 mil, esta es tu amnistía”.
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