
El general Óscar Arriola, jefe de la Dirección Nacional de Investigación Criminal (Dirincri) de la Policía Nacional (PNP), defendió el decreto legislativo 1605 promulgado por la presidenta Dina Boluarte que le otorga facultades a su institución para investigar e intervenir ciudadanos. Al respecto, señaló que no se ha vulnerado ninguna competencia del Ministerio Público.
“El Ministerio Público sigue siendo el titular de la acción penal. Es el encargado de la carga de la prueba, el gran defensor de la legalidad y, además, el representante de los agraviados, en bregar persiguiendo el delito en los tribunales y conduciendo la investigación, desde el inicio. Eso no ha cambiado en absolutamente nada. No se ha afectado ni una sola función del fiscal”, señaló en diálogo con El Comercio.
En esa línea, Arriola aclaró que lo único que se varía en la ley del Gobierno es que cuando se produzca un delito, la policía va a comunicarle a la Fiscalía inmediatamente y va a continuar con las investigaciones. Así, mencionó que el papel de la PNP llegará hasta la emisión de un informe en el que se va tipificar el delito y las conclusiones que se arriben tras la intervención que hagan.
“Se va a poder decir: estas personas son presuntos autores o coautores o cómplices primarios o secundarios o instigadores, la calidad jurídica. Pero este documento no es vinculante. No está obligado el fiscal a recoger la tipificación del delito”, mencionó.

El exjefe de la Dircote negó que este decreto busque algún enfrentamiento de la Policía con la Fiscalía, donde ciertamente hay un rechazo y desde ya existe un anuncio de la interposición de medidas legales para que se deje sin efecto.
“De repente tenemos que tener una mirada como sociedad de un modelo procesal penal que sea efectivo, y a todas luces este sistema garantista no está hecho para una realidad como la peruana”, refirió.
Peligroso decreto y rechazo
El 21 de diciembre pasado apareció el Decreto Legislativo N° 1605 que dispone de modificaciones al Nuevo Código Procesal Penal. Allí se lee claramente que bajo la consigna de “optimizar el marco legal que regula la investigación”, la Policía Nacional “en función de investigación, pueda realizar actos de investigación por propia iniciativa bajo la conducción jurídica del Fiscal”.
Además, en otro apartado de la iniciativa que es el artículo 67 se anota que “la Policía Nacional, inclusive por propia iniciativa, debe “tomar conocimiento de los delitos y comunicar inmediatamente al fiscal; debiendo realizar las diligencias de investigación urgentes o inaplazables que formarán parte de las diligencias preliminares”.

De esta manera, la PNP tendría las funciones que un fiscal ostenta en la actualidad: intervenir y detener a los presuntos autores, asegurar documentos privados e instrumentos de telecomunicaciones, requerir los celulares de los detenidos sin necesidad de una orden judicial, y realizar la labor de levantamiento de cadáveres, siempre y cuando un fiscal no esté presente.
Por esta razón, la Junta de Fiscales Supremos señaló que el decreto del Gobierno de Boluarte “vulneran las funciones constitucionales” de la institución que no fue convocada para ver este tema. Además, adelantaron que se ha confirmado una comisión institucional que viene evaluando la interposición de las acciones legales pertinentes.
Desde el Congreso de la República ya también hubo reacciones. Los parlamentarios Jaime Quito y Alfredo Pariona (no agrupados) presentaron iniciativas legislativas para dejar sin efecto al considerarlo como “inconstitucional” por acaparar las competencias que el Ministerio Público cuenta para investigar a ciudadanos.
“Se ha aprobado la norma como si el Congreso de la República hubiese otorgado al Poder Ejecutivo un ‘cheque en blanco’, donde no se requiere justificar las medidas normativas, mencionó Pariona en su documento.
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