
Este jueves 21 de diciembre se cumple la primera fecha para la devolución parcial de los aportes a miles de peruanos que destinaron parte de sus ingresos al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi); y si bien, como cada entrega de aportes en cumplimiento de los padrones, implica el cumplimiento de una deuda del Estado postergada durante más de 20 años y para el que a la fecha no hay una cuenta del todo saldada.
Como se sabe, la entidad a cargo de la devolución de estos importes es la Comisión Ad Hoc (integrada por cuatro miembros del Ejecutivo y tres representantes de fonavistas); y para ella, cada año se dispone un presupuesto desde las arcas del Estado, a fin de saldar el monto del que el Ejecutivo hizo uso de manera irregular durante la década de los años setenta. El caso, que se vino extendiendo por 44 años, recién ha comenzado a atenderse, tras una decisión del Tribunal Constitucional y la modificatoria de una ley en el Congreso.
No obstante, existen varios detalles dentro de la ley que generan que, aunque este pago se dé como una respuesta justa ante el escándalo, no sea equivalente a lo aportado por miles de peruanos en dicha época. Uno de estos está claramente consignado en la misma resolución del Tribunal Constitucional; la cual fue ampliamente cuestionada cuando fue emitida en marzo de este año.
La cuestionada sentencia del TC

En la sentencia del TC emitida a raíz del expediente 00016-2021-PI/TC, en una demanda presentada por el Ejecutivo ante la sala constitucional, detalló que; si bien correspondía “exhortar al Poder Ejecutivo y al Congreso para que en estricta cooperación en el ámbito de sus respectivas competencias, implementen todas aquellas medidas que permitan continuar con el proceso de devolución de los aportes a los contribuyentes al Fonavi”; existía un apartado que no sería procedente.
Esta sería la decisión en el extremo en el que se declaraba inconstitucional la postura en la que se precisaba que la devolución debe provenir, en parte, de las empresas empleadoras de los aportantes, así como del Estado.
“Inconstitucional el inciso ‘b’ del artículo 2, en el extremo que dispone ‘y los efectuados por sus empleadores, incluido el Estado y otros’, y en lo referido a que se permita incluir a personas que hayan sido beneficiadas directa o indirectamente de los recursos del Fonavi”, se detalla en dicha resolución.
Esto quiere decir que, si bien en su momento el aporte hacia el Fonavi, lo hacían tanto los empleadores como los empleados; el monto dispuesto para la devolución sería, únicamente, de los aportes hechos por el trabajador; mas no de la empresa; muchas de las cuales ya se encuentran liquidadas.
La ley que precisa “devoluciones a cuenta”

Otro hecho que se suma a la postura de que la devolución que se emitirá en justicia de miles de peruanos no es un monto completo, es el hecho de que la misma ley aprobada en el Congreso en noviembre de este año, en la que se disponía entregar en condición de prioridad a los aportantes mayores de sesenta años; así como los registrados en el Conadis; o en vulnerabilidad por contar con alguna enfermedad grave o terminal.
En la ley general N° 29625 se plantea que los pagos realizados a los aportantes al Fonavi son nombrados como “devoluciones a cuenta, o pagos a cuenta; sin limitar su derecho de recibir un monto adicional, en tanto se acrediten mayores aportaciones”.
Como una acotación adicional, otro hecho que puede llevar a señalar que estos no son pagos completos, es la controvertida situación económica por la que tuvo que pasar el Estado peruano en estos 44 años. En el momento en el que los aportantes empezaron a dar su dinero al Fonavi; la moneda que se manejaba era de los intis.
Tras el proceso de inflación que vivió el país, la devaluación y el cambio de moneda al nuevo sol; así como la poca claridad y acreditación de los aportes en dicha época, los montos finales apenas suponen un estimado de lo que deberían recibir cada uno de los mayores de edad en este último padrón.
Asimismo, en cálculos del Ministerio de Economía y Finanzas, la devolución total a los fonavistas representa un monto de 42 mil millones de soles, pero tras la resolución del TC, solo se devolverán 6 mil millones.
Más Noticias
Dayiro Castañeda: El regreso de Dayiro Castañeda y su orquesta a los escenarios: “La elegancia de la cumbia peruana”
Seguidores destacan su elegancia, voz y perfil bajo en su regreso a los escenarios

Qué se celebra el 12 de enero en el Perú: una fecha atravesada por símbolos de soberanía, alianzas y construcción institucional
De la creación de la Orden del Sol al nacimiento de figuras políticas y deportivas, el 12 de enero revela hitos que han delineado la identidad republicana y el tejido social del Perú en distintos contextos históricos

Karen Dejo cambia sus implantes mamarios y revela cómo se encuentra tras la cirugía: “Estoy contenta”
La integrante de ‘Esto es guerra’ renovó sus implantes tras 13 años y aseguró que la intervención fue un éxito

Empresarios denuncian presunta estafa por proyectos municipales y señalan a parlamentario andino Javier Fernando Arce
El informe de Panorama, incluyen testimonios directos, audios de alcaldes y registros puntuales de depósitos. El señalado afirma que no existe sustento documental y rechaza cualquier responsabilidad

José Jerí se reunió con empresario chino vinculado a Nicanor Boluarte fuera de Palacio: detalles del encuentro no oficial
Sin registros oficiales, con una capucha y sin comitiva a fin de que no le tomen fotos, el mandatario acudió a un chifa en San Borja vinculado a Zhihua Yang, cercano al hermano de la exjefa de Estado


