
Expectativa generó en la población peruana la presentación de una propuesta legislativa para anular la multa -aún vigente-, de cinco por ciento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a 247.50 soles, por no inscribirse en el Registro Militar de las Fuerzas Armadas.
Infobae Perú accedió al documento completo del proyecto de ley n.° 5949/2023-CR, presentado por la congresista Katy Ugarte (Unión y Diálogo Parlamentario), para desmenuzarlo y conocer a profundidad el contenido del mismo.
La propuesta parlamentaria tiene como objeto modificar el artículo 28 y el numeral 1 del artículo 78 de la Ley n.° 29248, mejor conocida como Ley del Servicio Militar.

¿Qué cambios tendría la Ley del Servicio Militar?
Dentro del texto legislativo se detalla como quedarían redactados los artículos de aprobarse la propuesta de la legisladora Ugarte.
- “Artículo 28.- De la omisión a la inscripción y su regularización: quien no cumpla con inscribirse en el Registro de Inscripción Militar en el plazo establecido será considerado Omiso a la Inscripción, pero no está sujeto al pago de multas. El procedimiento para regularizar tal situación se establece en el reglamento de la presente ley.”
- “Artículo 78.- De las sanciones: 1. Los que incurren en la causal señalada en el numeral 2) son sancionados con multa equivalente al cinco por ciento (5 %) de la Unidad Impositiva Tributaria, vigente a la fecha en que se hace efectivo el pago.”

El proyecto de ley que busca la anulación debe ser evaluado por la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República.
En el apartado del marco legal del predictamen se señala que la inscripción en el Registro Militar es un requisito para la obtención del DNI, es decir que la no inscripción trae como consecuencia la no entrega del documento y se rechaza esta figura.
“Entonces, si el Servicio Militar es una actividad voluntaria que realiza todo ciudadano peruano, para instruirse y entrenar en alguna de nuestras instituciones castrenses, ¿por qué la sola inscripción en el Registro Militar, que es una base de datos de las Fuerzas Armadas, debe ser obligatorio? Si la prestación efectiva de dicho servicio es totalmente voluntaria, carece de razón multar la omisión a la inscripción”, se menciona en el documento.

Cuestiona lo ‘elevado’ de la multa
Otro de los argumento que se expone en la propuesta legistiva es que el monto de 247.50 soles es ‘elevado’, si parte que el sueldo mínimo vital es de 1025 soles.
“La multa que los peruanos en territorio nacional deben pagar por no inscribirse en el Registro Militar es de s/ 247.5 soles, una cifra elevada considerando que la remuneración mínima vital es de s/ 1025 soles, es decir, que la actual multa por la omisión a la inscripción a una base de datos de un servicio que solo se presta de forma voluntaria, equivale a poco más del 24 % del sueldo básico que miles de peruanos perciben”, se remarca en el texto.
Además, se remarca que la multa ‘perjudica’ a la economía familiar y se reitera en el texto del dictamen que es una cifra ‘sumamente elevada’.

“Realizando una comparación con el costo actual aproximado de la canasta básica familiar, la cual sería de s/ 1670 soles, tenemos que, de este monto, el 35 % es decir s/ 584.5 soles, está destinado al gasto de comidas, por lo que podemos concluir que la multa impuesta en la ley por la omisión a la referida inscripción es sumamente elevada, perjudicando a la economía familiar”, se sostiene en el documento.
¿Qué es el Registro Militar en Perú?
De acuerdo a la página del Ministerio de Defensa (Mindef), se trata del documento que acredita que uno ha cumplido con su deber cívico. También sirve para que el sector pueda tener una base de datos de todos los peruanos inscritos y contar con un padrón actualizado de la reserva disponible.
Cabe señalar que el peruano, al cumplir los diecisiete años, se inscribe obligatoriamente en el Registro Militar. Según se especifica en la web, la inscripción podrá realizarla en las Oficinas de Inscripción del Registro Militar, como requisito para la obtención de su Documento Nacional de Identidad (DNI). El único requisito necesario para la Inscripción Militar en las Oficinas de Registro Militar de las Instituciones Armadas, es el ser peruano y haber cumplido la edad señalada.
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