
El Cercado de Lima se suma a los distritos en estado de emergencia. San Juan de Lurigancho, San Martín de Porres y Sullana eran, hasta el momento, las tres jurisdicciones en las que se decretó recientemente la medida excepcional, que permite a las Fuerzas Armadas apoyar a la Policía nacional en labores de control de orden interno como la seguridad ciudadana.
El gobierno peruano oficializó la declatatoria de la medida la mañana del martes 10 de octubre con la publicación del Decreto Supremo 114 en el Diario Oficial el Peruano. La presidenta de la república, Dina Boluarte, ya lo había anunciado la tarde del jueves 5 de octubre, durante la clausura de la segunda sesión ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec), en la ciudad de Trujillo.
“Extenderemos el estado de emergencia para el orden interno en el Cercado de Lima, en apoyo a los vecinos y emprendedores que han invertido en pequeños negocios y para dar seguridad a los miles de turistas que visitan nuestro centro histórico”, dijo -en ese momento- la mandataria.

Durante su alocución, la jefa del Estado peruano no precisó la fecha de inicio del estado de emergencia. Sin embargo, en el documento del decreto supremo se esclareció la situación. De acuerdo a dicho texto, la medida inicia en Cercado de Lima el miércoles 11 de octubre y tendrá un extensión de 60 días calendario.
El decreto señala que el distrito empezará a contar con presencia activa de la Policía Nacional del Perú (PNP) a fin de mantener ‘el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, para lo cual la institución policial determina las zonas donde se requiera dicho apoyo’.

¿Cuáles son las restricciones del estado de emergencia en Perú?
El estado de emergencia en el Cercado de Lima traería las mismas restricciones que se han estado viendo durante las últimas semanas en los distritos de San Juan de Lurigancho, San Martín de Porres y Sullana.
En los decretos que ordenan la medida se señala: “la Policía mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas”. Es decir, que los militares quedan facultados de intervenir a cualquier ciudadano, junto con la PNP, para “resguardar” el orden público. Esto incluye que no se puedan realizar manifestaciones violentas en la jurisdicción.
La entrada en vigencia de la disposición suspende suspende varios derechos constitucionales de la ciudadanía:
- La suspensión o restricción del libre tránsito.
- La suspensión o restricción a la libertad de reunión.
- La suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio (por sospecha el policía o militar puede ingresar a tu casa sin orden judicial).
- La intervención de las Fuerzas Armadas para el control y vigilancia.
Cabe señalar que la entrada en vigencia del estado de emergencia no incluye por defecto que se esté implementando el toque de queda o movilización social obligatoria.

Dueños de comercios se pronuncian
La semana pasada, Salvador Odé, representante de los comerciantes del jirón de la Unión, no se mostró en desacuerdo con el estado de emergencia en el Cercado de Lima, aunque reconoció que ha visto robos o asaltos últimamente en esta punto de la capital.
“Acá el Centro de Lima está bastante tranquilo. No tengo informe de algo negativo, pero se está viendo que (la delincuencia) está bajando totalmente... Me parece que el estado de emergencia debería ser a nivel metropolitano y por qué no a nivel de todo el país”, manifestó a Canal N.
Contrariamente, tras experimentar las primeras semanas del estado de emergencia, los dueños de locales nocturnos, bares, restaurantes y negocios afines de San Juan de Lurigancho se mostraron en desacuerdo y pidieron el pasado 28 de octubre, mediante una marcha hacia el Ministerio del Interior, que se flexibilice la medida.
Según Pedro Angulo, representante del gremio, al empezar el estado de emergencia cada día a la medianoche los obliga a cerrar sus establecimientos a más tardar a las 11 de la noche, cuando la mayor cantidad de público que tienen es justamente mientras rige la medida.
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