
A pesar de que el Poder Judicial siempre ha cuestionado que no se le destine los suficientes recursos públicos, el dinero que maneja no estaría siendo muy bien utilizado. Así se pudo comprobar en un cuestionado contrato que tendría actualmente con un sacerdote.
Según una investigación del programa Al estilo Juliana, la entidad encargada de impartir justicia en el país le paga un salario de S/ 17 000 mensuales al monseñor Ángel Ortega Trinidad por brindar “asesorías” espirituales a los trabajadores. No se precisó si los jueces también están incluidos.
Sin embargo, este elevado monto se suma a lo que percibe Ortega como miembro de la Iglesia católica que sería de S/ 1 000 mensuales. Debido a la cara asesoría, el mencionado espacio de ATV Noticias contactó con el eclesiástico para que pueda explicar cómo consiguió este contrato.
Al respecto, el sacerdote explicó que los 17 mil soles mensuales es de un trabajo realizado en los dos últimos meses. Sin embargo, el detalle más resaltante que refirió es que ya viene trabajando desde el 2008 en el Poder Judicial.

“Este monto es de hace dos meses, recién. (Trabajo en el PJ) desde el 2008 y sacaba líquido algo de S/4.000. Ahora, me han dicho que me han subido un poco: a S/8.000 más o menos”, mencionó.
Tras conocerse este contrato, el Poder Judicial difundió un comunicado. “Él [Ángel Ortega Trinidad] es capellán del Palacio de Justicia desde el año 2007. Entre sus funciones están la realización de homilías para los más de 30.000 trabajadores judiciales y litigantes [. . .]”, explicaron.
Sin embargo, no sería la única institución que solicita este tipo de asesorías espirituales. De la misma manera sería en el Seguro Social de Salud - EsSalud que daría un salario a los religiosos entre siete a nueve mil soles mensuales.
Escándalos
La elevada asesoría espiritual en el Poder Judicial se suma a los recientes hechos cuestionables que hay contra este organismo autónomo del Estado.

La primera es el polémico fallo de la Sala Penal de la Corte Suprema que ha determinado que la protesta violenta resulta un delito y no se encuentra tipificada dentro de la Constitución Política del Perú. Eso se evidencia en que declaró infundada una demanda interpuesta por cuatro personas que fueron condenadas en 2019 por el delito contra la seguridad pública al bloquear la carretera hacia la mina Las Bambas en la sentencia casatoria 1464-2021/Apurímac.
Se trata de Alejandro Huillca Pilares, Julián Ochoa Aysa, Alejandro Ochoa Puma y Rodmy Alfonso Cabrera Espinal, quienes recibieron una pena suspendida de dos años de reglas de conducta y a pagar una reparación civil de dos mil soles por impedir el paso de camiones que se dirigían a la zona donde se encuentra el proyecto minero.
En el fallo judicial —firmado por los magistrados César San Martín Castro, Manuel Luján Túpez, Paloma Altabás Kajatt, Iván Sequeiros Vargas y Walter Cotrina Miñano— se establece que la agresión física, daño a la propiedad pública o privada, entorpecimiento a los servicios básicos, bloqueo de carreteras o destrucción de documentos judiciales, no puede considerarse como una manifestación pacífica debido a que se está ante un ilícito común.
Lo otro es el escándalo de nepotismo que su exprocurador Marco Antonio Palomino protagonizó al contratar a su cuñado Rolan Llacsahuanga y más amigos de su hermana Norma Palomino para que trabajen junto a él en la institución que lidera, según un reportaje del programa Cuarto Poder. Tras este escándalo, el funcionario tuvo que presentar su carta de renuncia de manera irrevocable ante el procurador general del estado, Daniel Soria, por “motivos personales”.
“Fui designado como Procurador Público del Poder Judicial; sin embargo, por motivos personales, renuncio irrevocablemente a seguir desempeñando este cargo [...] le agradezco la oportunidad y la confianza que me brindo al servir al Estado”, señaló en su carta.
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