
El último jueves el Ejecutivo observó el proyecto de ley aprobado por el Congreso de la República que buscaba prohibir las llamadas spam. Esto debido a que, según la observación del Gobierno, esta norma genera perjuicios para los consumidores, ya que no podrían recibir llamadas con ofertas regulares que no califiquen como ‘spam’.
Además, en la observación se indicó que la Ley de Protección y Defensa del Consumidor ya prohíbe las llamadas de manera persistente e impertinente; es decir, llamadas ‘spam’, por lo que el proyecto es innecesario. No obstante, advirtió que la norma traería otras consecuencias al mercado de telemarketing que podrían resultar negativas para los consumidores.
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En ese sentido, Ximena Samamé, asociada del estudio Miguel Mur & Abogados, indicó que de aprobarse el proyecto de ley N° 2942/2022-CR, que busca prohibir llamadas spam, podría implicar efectos negativos para el mercado.
“Esta norma generará mayor asimetría informativa para el consumidor, debido a que no podrán contar con toda la información respecto de los diferentes productos o servicios que existen en el mercado”, señaló la especialista.
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Asimismo, Samamé comentó que al momento de querer adquirir un producto o servicio se verá en la obligación de tener que contactar a múltiples empresas para solicitar información de los mismos, pudiendo quedar fuera empresas que le pudiese ofrecer mejores condiciones.
“Esto generará un problema de mercado debido a que las empresas no contarán con todas las herramientas para llegar a los diferentes consumidores, encontrándose sus actividades de promoción de sus productos y servicios restringidos”, dijo la experta.
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Las actividades que realizan las empresas de call center son totalmente legales en nuestro país. En ese sentido, la especialista del estudio Miguel Mur & Abogados dijo que con la normativa se restringirá el derecho a la libertad de empresa debido a que la normativa estaría limitando su actividad.
“Existiría una contradicción con la normativa de protección de datos personales, debido a que, si se cuenta con el consentimiento de parte del potencial cliente o cliente para contactarlo para ofrecerle los productos o servicios; este proyecto de ley estaría contraviniendo la disposición y limitando la autorización previamente otorgada”, señaló Ximena Samamé.
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Por todos los argumentos expuestos, la experta consideró que no sería viable el proyecto de ley N° 2942/2022-CR, por tener implicancias negativas respecto del consumidor y también respecto de los proveedores.
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