
El pasado 3 de marzo, el pleno del Congreso de la República había aprobado por unanimidad, la propuesta que modifica el Artículo 58 de la ley 29571, para prohibir que las empresas realicen llamadas spam o envíen mensajes de texto para promover sus productos y servicios, sin que esto haya sido solicitado por el consumidor. Sin embargo, un mes después, el Ejecutivo observó dicho proyecto de ley por considerar que no tendría el efecto deseado.
Ley contra llamadas spam
De acuerdo al Legislativo, el objetivo de la ley era salvaguardar la tranquilidad de los consumidores. El presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, Elías Varas Meléndez (PB) expuso el 3 marzo las modificatorias planteadas a la Ley Código de Protección y Defensa del Consumidor, las que también regulan el horario para realizar las llamadas consentidas, las que sólo podrán efectuarse de lunes a viernes entre las 7:00 y las 20:00 horas.
Varas Meléndez enfatizó su rechazo a la actual práctica de las llamadas denominadas “spams”, la misma que calificó como abusiva y agresiva. Agregó que la propuesta busca salvaguardar al consumidor y evitar que se perturbe su tranquilidad y vida cotidiana.
El día de su aprobación, la iniciativa recibió 103 votos a favor y fue exonerada de la segunda votación.
Por su parte, la legisladora Patricia Juárez (FP) autora de una de las iniciativas acumuladas en el texto sustitutorio, argumentó que existe un acoso por parte de diversos proveedores de bienes y servicios a través de los call centers y que la libertad económica siempre debe estar acorde con el derecho a la tranquilidad y dignidad humana, como lo estableció el Tribunal Constitucional.
A su turno, los congresistas José Luna (PP) y Katy Ugarte (PL), también autores de los proyectos de ley contenidos en la propuesta, resaltaron la necesidad de proteger la salud emocional de los consumidores y garantizar el uso correcto de sus datos personales.

Argumentos del Ejecutivo para la observación
Para el Ejecutivo, la ley aprobada por el Congreso podría restringir el uso de llamadas comerciales en general y no necesariamente spam.
Así traería otras consecuencias al mercado de telemarketing, que podrían resultar negativas para los consumidores.
La propuesta del Legislativo señala que no se podrán emplear call centers o centros de llamadas, tampoco el envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios y “realizar propuestas comerciales a consumidor alguno”, incluso para aquellos que ya hayan dado su información a las empresas de forma privada.
El socio del estudio Stucchi, Pierino Stucchi, mencionó al diario Gestión que considera el proyecto como “excesivo” y que “limita el uso de llamadas no persistentes, que son para hacer un contacto inicial u ofrecer un producto de manera regular”.
“Lo que se quiere no es prohibir la comunicación entre el consumidor y la empresa, sino que dicha comunicación sea de manera ponderada”, sostuvo Stucchi.
Agregó que la norma en contra de las llamadas spam ya existe y su no aplicación dependería del Indecopi. “Se debería entregar a lndecopi los medios para fiscalizar el cumplimiento del literal d del artículo 58.1 de la Ley de Protección y Defensa del Consumidor”, dijo a ese diario.
Cabe indicar que el proyecto regresa a la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, donde se evaluarán las observaciones del Ejecutivo, para luego archivarlo o aprobarlo por insistencia en el Pleno.
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