
Panamá decidió blindar a algunas de las especies más emblemáticas de sus mares. A través del Decreto Ejecutivo No. 10 del 10 de junio de 2026, publicado en la Gaceta Oficial, el Gobierno estableció que los llamados peces pico o picudos solo podrán ser capturados para actividades de pesca deportiva, pesca deportiva turística e investigación científica autorizada, dejando fuera cualquier aprovechamiento comercial de estas especies.
La medida representa uno de los cambios más importantes en la regulación pesquera de los últimos años y busca consolidar un modelo que privilegia la conservación y el turismo sobre la extracción comercial de recursos altamente valorados por pescadores deportivos de todo el mundo.
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Entre las especies protegidas figuran el marlín azul (Makaira nigricans), marlín blanco (Kajikia albida), marlín negro (Istiompax indica), marlín rayado (Kajikia audax) y el pez lanceta pico corto (Tetrapturus angustirostris), todos integrantes del grupo conocido popularmente como peces picudos.
Estos animales son considerados algunos de los depredadores más importantes de los océanos tropicales y subtropicales. Se caracterizan por poseer una mandíbula superior alargada en forma de lanza o pico, estructura que utilizan para atacar bancos de peces y otras presas.

El marlín azul, posiblemente el más conocido de todos, puede superar los cuatro metros de longitud y alcanzar pesos superiores a los 800 kilogramos. Su velocidad, fuerza y capacidad de recorrer enormes distancias lo han convertido en una de las especies más codiciadas de la pesca deportiva internacional.
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Panamá alberga al menos cinco especies de peces picudos en sus aguas, principalmente en el Pacífico oriental tropical, una de las regiones marinas más biodiversas del planeta. Zonas como Piñas Bay, Hannibal Bank, Coiba, Pedasí y el golfo de Chiriquí son reconocidas internacionalmente por la abundancia de marlines y peces vela.
Precisamente esa riqueza biológica es uno de los argumentos detrás de la nueva regulación.
El decreto prohíbe la captura, retención, posesión, transporte, comercialización y aprovechamiento de estas especies con fines comerciales. Tampoco podrán ser objeto de pesca artesanal o de pequeña escala destinada a la venta.
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En cambio, la normativa fortalece el modelo de “captura y liberación” o catch and release, ampliamente utilizado en los principales destinos mundiales de pesca deportiva.
Bajo este esquema, los ejemplares capturados deben ser devueltos al agua en el menor tiempo posible y con la menor manipulación posible, aumentando así sus probabilidades de supervivencia.
La lógica detrás de este enfoque es económica y ambiental al mismo tiempo.Diversos estudios internacionales han demostrado que un marlín capturado una sola vez para consumo genera un beneficio económico limitado.
Sin embargo, el mismo ejemplar puede producir ingresos durante años mediante actividades de pesca deportiva, atrayendo turistas, embarcaciones, operadores turísticos, hoteles, restaurantes, guías especializados y otros servicios asociados.
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Destinos como Costa Rica, México, República Dominicana y varios estados de Estados Unidos han apostado por este modelo, convirtiendo a los peces picudos en motores de economías turísticas costeras.

La normativa también introduce mayores controles para quienes participan en la actividad. Toda persona mayor de 12 años que practique pesca deportiva deberá contar con un carné emitido por la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP).
Asimismo, operadores turísticos, embarcaciones y capitanes deberán cumplir requisitos específicos de autorización, identificación y registro.
Otro aspecto relevante es la obligación de reportar información detallada sobre cada jornada de pesca, incluyendo número de participantes, capturas realizadas y ejemplares liberados.
Estos datos permitirán generar estadísticas más precisas sobre las poblaciones de peces picudos y facilitarán la toma de decisiones para su manejo futuro.
Aunque el decreto no crea un nuevo régimen sancionador ni establece multas específicas, el incumplimiento de sus disposiciones quedará sujeto a las sanciones contempladas en la legislación pesquera vigente y será fiscalizado por la ARAP.
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Esto significa que actividades como la comercialización ilegal de marlines, la retención indebida de ejemplares protegidos, la pesca sin permisos o el incumplimiento de los sistemas de reporte podrán derivar en procesos administrativos y sanciones establecidas por las normas pesqueras nacionales.
Organismos como la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) han advertido que varias especies altamente migratorias enfrentan presiones crecientes por la pesca excesiva y la captura incidental.

Los peces picudos ocupan posiciones altas dentro de la cadena alimenticia marina y cumplen un papel fundamental en el equilibrio de los ecosistemas oceánicos.
Su desaparición o reducción significativa puede alterar poblaciones de otras especies y generar efectos en cascada dentro de los ecosistemas.
Con esta nueva regulación, Panamá intenta combinar conservación ambiental, sostenibilidad pesquera y desarrollo económico, apostando por convertir a los marlines y demás peces picudos en un activo permanente para el turismo y no en un recurso destinado al mercado.
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La medida refuerza además la imagen internacional del país como destino de pesca deportiva de clase mundial y como uno de los principales refugios de estas especies en el Pacífico oriental tropical.
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