
El Órgano Judicial condenó al Estado panameño a indemnizar a tres personas con la suma de $25,000 cada una, afectadas al consumir un jarabe que contenía dietilenglicol, hecho calificado como uno de los episodios más sombríos en la historia sanitaria del país.
La condena también obliga a la Caja de Seguro Social a pedir disculpas públicas por escrito a estas tres personas, en concepto de la responsabilidad contractual del Estado derivada de la falta de seguridad de los medicamentos, producto defectuoso, fabricados en los laboratorios de producción de esta entidad gubernamental.
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El envenenamiento masivo se remonta al 2003 cuando la Caja de Seguro Social compró aproximadamente 9,000 kilos de que se creía era glicerina pura a la empresa Medicom, procedentes de China, para la preparación de un popular jarabe que los panameños consumían para el resfriado, que resultó ser dietilenglicol.
El dietilenglicol es un líquido incoloro, viscoso y dulce, utilizado como solvente y humectante, pero altamente tóxico para los humanos.
En el país se distribuyeron un aproximado de 200,000 frascos del jarabe, pero no fue hasta el 2006 cuando se dieron a la luz pública los primeros envenenamientos, aunque siempre se responsabilizaba de las muertes a un supuesto síndrome.
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No fue hasta el 10 de octubre de 2006 cuando el Ministerio de Salud dio la alerta sobre el jarabe, y se procedió a retirarlos casa por casa.
Desde el 2006, conservadoramente se estima que más de 800 personas han muerto por este envenenamiento.
Hasta marzo de 2026, un total de 387 procesos han llegado a su etapa de fondo, lo que representa un 82% de los expedientes, explicó en un comunicado la magistrada María Cristina Chen Stanziola. Además, agregó que 65 casos se encuentran en apelación, siete en fase de pruebas, cinco en alegatos y ocho pendientes de otros trámites.
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Las primeras decisiones corresponden a tres demandas presentadas por víctimas afectadas por el consumo de medicamentos contaminados producidos en el laboratorio de la Caja de Seguro Social.
Cada expediente, aduce la representante del ente de justicia, ha sido tramitado y analizado cuidadosamente para tutelar efectivamente los derechos de las víctimas.

La condena del Órgano Judicial de igual manera ordena a la Caja de Seguro Social a mantener en su portal web institucional una sección exclusiva para los casos de dietilenglicol, con un mapa interactivo por provincia, en la cual se mantenga actualizada la información relativa a cada una de las demandas contencioso-administrativa de indemnización interpuesta ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.
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Esta medida simbólica, agrega la magistrada Chen Stanziola, implicará que cada paciente pueda conocer la etapa procesal en que se encuentra su acción contencioso-administrativo, lo cual comprenderá la sentencia de fondo y lo relativo a la ejecución de la sentencia de cada víctima.
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia deja constancia que la cuantía del daño fijado es plenamente autónomo e independiente de la pensión vitalicia de las prestaciones asistenciales reconocidas por la Caja de Seguro Social, o de cualquier otra compensación que el Estado haya dispuesto a favor de las víctimas.
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