
A mediados de abril de 2063, la primera corte internacional constituida especialmente para juzgar delitos cometidos contra la salud pública mundial obligó a la industria tabacalera a reconocer los efectos nocivos de los dispositivos de vapeo, prohibió definitivamente su comercialización, y aplicó multas millonarias al conglomerado de empresas que manejan, desde hace décadas, los hilos del negocio de las drogas legales.
El tribunal estableció que al haber promovido las supuestas ventajas de los cigarrillos electrónicos por sobre los tradicionales, las tabacaleras llevan más de 60 años defraudando a la sociedad. Para ello, quedó probado que las principales instituciones científicas recibieron importantes sumas de dinero para respaldar la inocuidad y los beneficios de los vapeadores, que existió manipulación de las concentraciones de nicotina y de tetrahidrocannabinol en los líquidos con el fin de crear y sostener la adicción entre los consumidores, y que de forma intencional, a partir de una planificada maquinaria de micro-marketing, las empresas indujeron a los menores de edad a iniciarse tempranamente en el consumo. Concluyendo, para la justicia los fabricantes de cigarrillos electrónicos fueron responsables de una conspiración corporativa para ocultar los daños a la salud que causan estos dispositivos, tanto a quienes los usan como a terceros, y desatar una epidemia mundial que se llevó la vida de millones de personas.
En los fundamentos, la corte también trazó una interesante línea de tiempo para comprender el proceso de modelaje del mercado de vapeadores, que se inició tras el Convenio Marco para el Control del Tabaco, el acotamiento del margen de negocios de la industria tabacalera, y el apalancamiento con el por entonces floreciente negocio de la marihuana. Encontró similitudes en la forma de publicitar los productos tradicionales de tabaco en el siglo XX con la promoción de los dispositivos tecnológicos del siglo XXI. Y plasmó en datos estadísticos el impacto de la agresiva campaña de posicionamiento que, en los primeros treinta años, apuntó estrictamente a modelar la percepción del público adolescente, reacio a todo lo que tuviera que ver con el tabaco, el humo y los cigarrillos.
Las primeras señales de alarma se habrían encendido en los Estados Unidos. Allí, el tradicional informe Monitoring the Future que realiza todos los años el National Institute on Drug Abuse (NIDA) comenzó a reflejar un significativo incremento en el hábito de vapear sustancias. El salto más importante se dio en el período 2015-2018, cuando la prevalencia por mes de uso de estos dispositivos en la franja etaria de estudiantes de 17 años trepó del 16,3 al 26,7 por ciento. A título referencial, en esta misma población sólo el 7,6 por ciento afirmaba haber fumado cigarrillos tradicionales en los últimos 30 días. En vano en diciembre de 2018, el Cirujano General de los Estados Unidos, Jerome Adams, calificó la situación como una "epidemia". Ya para septiembre de 2019, autoridades sanitarias de ese país comenzaron a informar sobre una misteriosa afección pulmonar relacionada con el vapeo de cannabis, en la mayoría de los casos mortal. Esta misma tendencia se expandió luego a la Unión Europa y luego a otras regiones del planeta.
En la cronología descriptiva del tribunal internacional, las primeras tres décadas del siglo XXI fueron caracterizadas como un estadío de modelaje, reconfiguración y expansión del nuevo mercado. Durante los años subsiguientes, los avances tecnológicos y el desarrollo de nuevos métodos de producción permitió a esta industria lanzar a la venta los vapeadores descartables, discontinuar paulatinamente los cigarrillos tradicionales, y hacer foco en el verdadero núcleo del negocio: líquidos, resinas y nuevas sustancias psicoactivas evaporables.
Sirvan estos párrafos futurologistas para aprender de las lecciones que ya nos dio la historia, y actuar en consecuencia desde las políticas públicas sanitarias. Estamos a tiempo.
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