
Con el objetivo de avanzar en el proceso de desregulación del transporte aéreo, el Gobierno Nacional oficializó la aprobación de una nueva reglamentación para el Título V del Código Aeronáutico. A través del Decreto 378/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial, se redefine el régimen de tiempos máximos de vuelo, períodos de descanso y excepciones para las tripulaciones del sector aerocomercial, derogando así la normativa anterior (Decreto 877/2021).
El cambio normativo busca otorgar mayor autonomía a las empresas, permitiendo que cada operador fije sus propios tiempos operativos, siempre dentro de los márgenes de seguridad definidos por la nueva reglamentación y en cumplimiento con los estándares internacionales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Una medida con impacto logístico
La modificación impacta directamente en el transporte aéreo de cargas, un segmento clave para la logística moderna. La posibilidad de organizar turnos más flexibles podría reducir costos operativos, mejorar la frecuencia de vuelos y aumentar la eficiencia en los envíos tanto nacionales como internacionales. Esta flexibilización normativa es vista por algunos operadores como una oportunidad para optimizar rutas y servicios, especialmente en segmentos donde la demanda exige rapidez y precisión, como el comercio electrónico o los envíos farmacéuticos.
Además, al permitir a las compañías diseñar sus propios esquemas de servicio, se espera que mejore la capacidad de adaptación ante picos estacionales o demandas imprevistas, algo clave en la logística aérea de alto valor.
De lo técnico a lo político
Una de las críticas al decreto anterior (877/2021) era que incorporaba al marco regulatorio condiciones que respondían más a acuerdos sindicales que a criterios técnicos, generando asimetrías dentro del propio sector. Según los considerandos del nuevo decreto, la reglamentación anterior imponía condiciones uniformes a toda la industria a partir de una lógica de negociación privada entre empleadores y trabajadores, restringiendo la libertad de organización y operación.
Con la nueva normativa, el Estado se reserva el rol de asegurar el cumplimiento de acuerdos internacionales y de los estándares de seguridad operacional, dejando en manos de los operadores la decisión sobre la organización interna de sus vuelos y descansos. La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) tendrá a su cargo la adecuación técnica y el control del nuevo esquema.

El auge global de la logística aérea
El transporte aéreo de cargas está cobrando un protagonismo cada vez mayor en el comercio global. Impulsado por el crecimiento del ecommerce, las cadenas logísticas just-in-time y la necesidad de mover productos de alto valor o alta rotación en tiempos mínimos, este sector se volvió estratégico para la economía digital.
Según datos de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), más del 35% del comercio mundial en valor se transporta por vía aérea, a pesar de representar apenas una fracción del volumen total. Esto se explica por la alta eficiencia, velocidad y alcance que ofrece este modo, características cada vez más demandadas por sectores como el farmacéutico, el tecnológico y el de bienes de consumo.
Próximos pasos
La normativa entrará en vigencia dentro de 30 días corridos a partir de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, a principios de julio. Mientras tanto, la ANAC deberá trabajar en la aprobación de las nuevas regulaciones técnicas para garantizar su correcta implementación. Las empresas, por su parte, ya se preparan para revisar sus esquemas operativos bajo el nuevo marco legal.
Con esta medida, el transporte aéreo de carga en Argentina se enfrenta a un escenario más flexible, competitivo y alineado con las mejores prácticas internacionales. Resta ver cómo se adaptan los distintos actores y qué efectos concretos tendrá esta desregulación sobre la logística nacional e internacional.
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