La Comisión Nacional Antimonopolio castiga a Rappi y Banorte por alianza sin permiso: multa alcanza 19.9 mdp

La CNA acusó a ambas empresas de concretar una operación financiera sin esperar la autorización oficial

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La Comisión Nacional Antimonopolio sancionó a Rappi y Banorte con una multa de 19.9 millones de pesos.
La Comisión Nacional Antimonopolio sancionó a Rappi y Banorte con una multa de 19.9 millones de pesos.

La Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) impuso una multa total de 19.9 millones de pesos a Rappi y Grupo Financiero Banorte por realizar una concentración sin autorización previa de la autoridad reguladora en México.

De acuerdo con la resolución difundida este domingo, ambas compañías concretaron una operación desde el 20 de julio de 2020, mediante la cual Banorte obtuvo facultades para intervenir en decisiones relacionadas con el negocio de tarjetas de crédito de Rappi, sin esperar el análisis ni el visto bueno oficial de la CNA.

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La autoridad explicó que este tipo de procedimientos forman parte del llamado “control previo de concentraciones”, un mecanismo que busca prevenir posibles riesgos a la competencia económica antes de que una operación empresarial genere efectos difíciles de revertir en el mercado.

¿Por qué la CNA sancionó la concentración entre Rappi y Banorte?

La Comisión detalló que la legislación mexicana obliga a determinadas empresas a notificar operaciones corporativas que impliquen influencia, participación o capacidad de decisión sobre otros negocios, especialmente en sectores considerados estratégicos, como el financiero y el tecnológico.

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Según la CNA, Banorte obtuvo facultades de intervención en el negocio crediticio de Rappi.
Según la CNA, Banorte obtuvo facultades de intervención en el negocio crediticio de Rappi.

Según el organismo, omitir este procedimiento puede afectar directamente variables como precios, calidad de servicios y opciones disponibles para consumidores y empresas.

La CNA subrayó que cumplir con este requisito no representa una formalidad administrativa opcional, sino una obligación legal aplicable para todas las compañías que participan en procesos de fusión, adquisición o alianzas estratégicas.

Puntos clave del caso

  • La operación entre ambas empresas ocurrió el 20 de julio de 2020.
  • Banorte obtuvo capacidad de intervenir en decisiones del negocio crediticio de Rappi.
  • La transacción no fue autorizada previamente por la CNA.
  • La multa total asciende a 19.9 millones de pesos.
  • Las compañías aún pueden impugnar la resolución ante tribunales especializados.

RappiCard y el crecimiento de los servicios financieros digitales en México

La alianza entre Rappi y Banorte dio origen a RappiCard, una tarjeta de crédito lanzada oficialmente en 2021 bajo la sociedad denominada “Tarjetas del Futuro”.

Primer plano de la mano de un repartidor sosteniendo un celular con un icono de señal cortada, junto a una mochila naranja de Rappi y una chaqueta negra con logo de Uber Eats.
Rappi fue sancionada por la autoridad antimonopolio junto con Grupo Financiero Banorte. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El producto fue presentado como una tarjeta Visa sin anualidad ni comisiones por uso, enfocada principalmente en usuarios digitales y consumidores acostumbrados a operar mediante aplicaciones móviles.

Con el paso de los años, RappiCard logró posicionarse dentro del sector fintech mexicano.

Para 2024, la firma reportó una cartera crediticia superior a los 5 mil millones de pesos, mientras que en 2025 Banorte informó que el producto ya había superado 1.1 millones de tarjetas emitidas.

La estrategia comercial de la fintech se ha basado en herramientas tecnológicas capaces de analizar hábitos de consumo y comportamiento financiero en tiempo real para optimizar decisiones de crédito y retención de clientes.

Mercados financieros y tecnológicos, bajo mayor vigilancia regulatoria

La Comisión Nacional Antimonopolio indicó que reforzará la supervisión sobre operaciones corporativas en sectores donde las alianzas entre empresas tecnológicas y financieras crecen aceleradamente.

Una mano sostiene una tablet con gráficos de barras rojos y azules y el logo de la Oficina del Contralor de Nueva York, con rascacielos borrosos al fondo.
La autoridad reguladora advirtió que este tipo de operaciones puede modificar las condiciones del mercado. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El organismo advirtió que este tipo de acuerdos pueden modificar las condiciones de competencia dentro del mercado, por lo que insistió en la importancia de respetar los procesos regulatorios antes de concretar cualquier concentración empresarial.

Además, recordó que las empresas sancionadas tienen derecho a presentar acciones judiciales e impugnar la resolución ante tribunales especializados en competencia económica.

CNA reafirma vigilancia sobre competencia económica en México

Con esta sanción, la CNA reiteró su intención de fortalecer el cumplimiento de las normas de competencia económica en México y mantener vigilancia sobre operaciones que puedan generar ventajas indebidas o afectar a consumidores.

La resolución también marca uno de los casos más relevantes recientes relacionados con el crecimiento de las fintech y las alianzas entre plataformas digitales y bancos tradicionales, un sector que continúa expandiéndose en el país.

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