
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de la obligación de incluir notas marginales sobre matrimonio y divorcio en las actas de nacimiento de Jalisco, resolución que entra en vigor a partir de su notificación al Congreso local.
Dicha decisión, informada este 21 de abril, se emite tras la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 3/2025, en la que el Pleno concluyó que estas anotaciones hechas por las autoridades de Jalisco vulneran el derecho a la protección de datos personales, la igualdad y la no discriminación, según el artículo 1° de la Constitución Política.
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La medida surge a raíz del Amparo en Revisión 468/2024, tramitado ante la entonces Primera Sala de la SCJN, donde una persona solicitó eliminar la referencia a su matrimonio y divorcio de su acta de nacimiento.

El registro civil de Jalisco negó la petición, motivo por el que la Sala determinó que exigir la publicación de estas circunstancias obliga a revelar el estado civil, considerado una categoría sospechosa.
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Al no adecuarse la legislación local en el plazo establecido, el Pleno de la SCJN extendió los efectos de la declaratoria a todos los casos en Jalisco. De esta forma, ninguna autoridad podrá exigir la información invalidada para trámites o registros, lo que permite a las personas obtener copias de su acta de nacimiento sin divulgar datos sobre su situación marital o su divorcio.
El fallo, comunicado por la SCJN, refuerza las garantías de privacidad, así como de igualdad y protección de datos personales para quienes solicitan documentos ante el registro civil.
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Miembros del Poder Judicial se reúnen con comisionado de la ONU

Representantes del Poder Judicial de la Federación y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a reforzar el acceso a la justicia y a proteger los derechos humanos en México.
El encuentro ocurrió este 21 de abril en la sede de la SCJN, donde funcionarios judiciales advirtieron que fortalecer la independencia y la imparcialidad judicial es condición indispensable para garantizar derechos en un país con marcada diversidad cultural.
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Durante la reunión, autoridades del Poder Judicial y representantes de la ONU-DH acordaron la necesidad de consolidar una agenda conjunta. El objetivo expreso es fortalecer las instituciones mexicanas y priorizar acciones que permitan a la población, sin distinción, acceder de manera efectiva a la justicia.
Entre los puntos destacados del diálogo, resalta el compromiso de impulsar una justicia incluyente que tome en cuenta la pluriculturalidad y los derechos de los pueblos indígenas.
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La SCJN permite aborto en Tamaulipas

La SCJN, en sesión el pasado 20 de abril, declaró inválidas varias disposiciones de la Constitución de Tamaulipas y del Código Penal estatal que sancionaban el aborto y atribuían protección a la vida desde la fecundación.
El fallo sostiene que estas normas contravienen derechos fundamentales, incluidos la autonomía reproductiva, la igualdad y el acceso a los servicios de salud.
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La sentencia de la SCJN subraya que la protección inmediata se limita a quienes promovieron el Amparo en Revisión 426/2025. Para este grupo, la criminalización del aborto deja de tener efecto.
Ninguna persona beneficiaria podrá ser perseguida penalmente por interrumpir el embarazo, y tendrán derecho a recibir atención en instituciones públicas de salud. Además, el personal médico implicado no estará sujeto a sanciones.
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