
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en su portal web una guía para las personas que estén interesadas en comenzar con su trámite de pensión para este 2026, en especial para los adultos mayores.
La institución otorga a los trabajadores prestaciones económicas con la finalidad de protegerse como persona asegurada, pensionada o beneficiada, cuando se encuentre en un riesgo o contingencia.
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Existen dos remuneraciones activas para los empleados de empresas afiliadas al IMSS, que de acuerdo con el Régimen Obligatorio de la Ley de Seguro Social, son:
- Pensiones y rentas vitalicias, asignaciones familiares, ayuda asistencial y préstamos institucionales a cuenta de pensión.
- Subsidios, gastos de matrimonio, ayudas de gastos de funeral y licencias para padres o madres de menores con diagnóstico de cáncer (Licencia 140 Bis).
El primer paso para dar inicio al proceso de pensión es consultar la información del interesado o interesada directamente en el portal de internet de pensiones IMSS, ahí se puede acceder a la información general sobre requisitos y documentos que se necesitan para trámite, así como algunos otros datos relevantes y actualizados de interés.
Antes de acudir a las ventanillas es fundamental reconocer el tipo de pensión que se requiere para un procedimiento más claro y eficaz, estas son las disponibles dentro del programa del Seguro Social:
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- CEA y VE
- Orfandad
- Viudez
- Invalidez
- IMSS/ISSSTE
- Ascendientes
- Retiro
- Incapacidad permanente

¿Cómo y cuándo tramitar tu pensión IMSS?
Para la solicitud de pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, el instituto informó que las personas que están en este sector pueden comenzar con el proceso a través del sitio web de: Tu retiro con MI PENSIÓN DIGITAL, así como de forma presencial en las ventanillas del Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar que corresponda, en un horario de 8:00 a 15:00 horas.
Este trámite se puede iniciar entre los 60 a 65 años, dependiendo el tipo de jubilación que se necesite. Los requisitos para los trabajadores son los siguientes:
Ley del Seguro Social 1973- 1997
- Tener al menos 60 años (CEA) y 65 años (VE): tener la edad requerida
- En baja ante el IMSS: registro como trabajador del IMSS
- Semanas registradas: 500 para la LSS 1973 y 825 para la LSS 1997
Estatus del registro de semanas: dentro del periodo de gracia para solicitar pensión (cuarta parte del número de semanas registradas) para la LSS 1973, mientras que para la LSS 1997 no aplica.
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Una vez realizada la presolicitud, es necesario acudir a las instalaciones del IMSS en la Unidad de Medicina Familiar asignada a cada persona, para poder continuar con el proceso. Es necesario los documentos requeridos para cada tipo de pensión.
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Deben tener al menos 65 años, haber comenzado a cotizar en el IMSS desde julio de 1997 bajo la Ley 97 o en el ISSSTE desde 2007, y contar con una resolución de pensión emitida desde mayo de 2024



