
En México, millones de personas trabajan bajo un régimen laboral formal, lo que implica derechos y también obligaciones reguladas por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Uno de los temas que más dudas genera es si es legal que al trabajador se le descuente parte de su salario por concepto de pensión alimenticia, especialmente cuando existen resoluciones judiciales que así lo ordenan. A diferencia de otros descuentos laborales, este tiene un trato particular dentro del marco normativo vigente.
Los descuentos al salario están estrictamente regulados. En principio, la ley prohíbe que los empleadores retengan parte del salario de sus trabajadores, salvo en ciertos casos y condiciones establecidas expresamente. Uno de ellos es el cumplimiento de obligaciones alimentarias.

La LFT dice en su artículo 110 dice al pie de la letra lo siguiente:
“Los descuentos en los salarios de los trabajadores están prohibidos, salvo en los casos siguientes: (…) V. Pago de pensiones alimenticias en favor de la esposa, hijos, ascendientes y nietos decretado por autoridad competente.”
Esto significa que ningún empleador puede descontar de forma unilateral o por convenio privado entre partes una cantidad por concepto de pensión alimenticia.
El descuento solo puede hacerlo el patrón si existe una resolución emitida por un juez. Una vez notificado, el empleador está obligado a cumplir con esa orden judicial, realizar la deducción correspondiente y canalizar los fondos según las instrucciones de las autoridades.

El salario mínimo tiene también puede sufrir descuentos, estos están fijados en el artículo 97 de dicha ley, la cual en su fracción I establece que se permiten las reducciones en el caso de: “Pensiones alimenticias decretadas por la autoridad competente en favor de las personas mencionadas en el artículo 110, fracción V...”
Cabe resaltar algo importante: la Ley Federal del Trabajo no establece un porcentaje fijo ni un tope máximo para los descuentos por pensión alimenticia. Esto significa que, desde el punto de vista estrictamente legal, no existe un límite numérico predeterminado en la legislación y, en realidad, en ningún marco normativo nacional.
Sin embargo, en la práctica, los jueces de lo familiar en México calculan el monto de la pensión alimenticia de manera proporcional, principalmente toman en cuenta dos factores fundamentales:
1. Las necesidades del beneficiario (por ejemplo, si se trata de menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores dependientes).
2. La capacidad económica del deudor alimentario, es decir, el trabajador sujeto al descuento.

En muchos casos, por ejemplo, cuando el trabajador tiene un solo hijo, el porcentaje descontado suele oscilar entre el 15% y el 20% del salario neto. Cuando hay varios descendientes o se incluyen otros beneficiarios (como exesposas, padres o hijos mayores de edad con incapacidad), la cantidad puede incrementarse.
Por lo tanto no existe un límite en la legislación mexicana, y aunque diversos criterios judiciales consideran que el total de descuentos por pensión alimenticia no debe superar el 50% del salario neto del trabajador, la cantidad depende totalmente de las particularidades de cada caso, puede haber ocasiones en que sea incluso superior.
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