Ley Home Office: estos son tus derechos y obligaciones que ya están en vigor

Las nuevas normas fueron aprobadas en el mes de junio de 2023

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Adaptándose al futuro laboral, una mujer demuestra la eficacia del trabajo a distancia mientras gestiona su oficina virtual desde casa (Imagen ilustrativa Infobae)
Adaptándose al futuro laboral, una mujer demuestra la eficacia del trabajo a distancia mientras gestiona su oficina virtual desde casa (Imagen ilustrativa Infobae)

La implementación de la Ley del Home Office en México, que entró en vigor el pasado 5 de diciembre, marca un hito significativo para los trabajadores que desempeñan sus labores de manera remota.

Esta legislación busca otorgar nuevos derechos y establecer obligaciones para aquellos empleados cuyo trabajo implica pasar más del 40% de su tiempo fuera de las áreas laborales convencionales.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) es la entidad responsable de comunicar y supervisar los nuevos derechos y responsabilidades que la ley brinda a los trabajadores que adoptan el home office.

Esta ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y tuvo que pasar un semestre para que entrara en vigor, aunque será hasta el 2024, que la clase trabajadora podrá gozar realmente de los derechos que otorga la ley, lo cual representará un cambio significativo en la manera en que se aborda el trabajo remoto en el país.

¿Cuáles son los nuevos derechos que tiene los empleados que laboran vía remota?

El home office redefine la forma en que trabajamos, integrando tecnología e independencia laboral (Foto: Andina)
El home office redefine la forma en que trabajamos, integrando tecnología e independencia laboral (Foto: Andina)

La nueva ley aprobada, también conocida como NOM-037-STPS-2023, establece diversos requerimientos para los patrones o jefes, así como las obligaciones de los trabajadores que hagan teletrabajo en el país.

El centro de trabajo reconoce y se compromete a informar periódicamente sobre los riesgos laborales del teletrabajo para fomentar una cultura de prevención.

  1. La empresa debera proporcionar las herramientas de comunicación oficiales para el trabajo remoto. Se proporcionará mobiliario ergonómico si es necesario y se cubrirán costos relacionados con el teletrabajo, como internet y energía eléctrica.
  2. Se respetará la privacidad de los empleados en teletrabajo, prohibiendo el uso de mecanismos invasivos para verificar su disponibilidad, excepto en circunstancias específicas relacionadas con el trabajo.
  3. Se garantiza el derecho a la desconexión durante pausas, fin de jornada, horarios no laborables, vacaciones y permisos.
  4. Los empleados en teletrabajo deben cumplir con su jornada laboral establecida y estar disponibles según los horarios acordados, permitiendo flexibilidad en la distribución del tiempo de trabajo.
  5. Recibirán igual trato en prestaciones y beneficios que los empleados presenciales.
  6. Se permite la solicitud de horarios escalonados para equilibrar la vida laboral y personal. Las madres en teletrabajo y período de lactancia tendrán derechos adicionales de descanso.
  7. Cualquier cambio en el lugar o modalidad de trabajo requerirá solicitud y acuerdo mutuo con anticipación.
  8. El centro proporcionará equipos y capacitación necesarios, y se espera que los empleados cuiden los objetos proporcionados.
  9. Se garantiza el derecho a cambiar entre modalidades de trabajo, presencial o remota, con ciertas condiciones y previa evaluación.