Una mujer de 82 años firmó su testamento un día antes de morir y la Justicia lo anuló: se comprobó deterioro cognitivo

Una anciana, sin hijos, rubricó el documento en un sanatorio. Sus bienes, un departamento y un local comercial, estaban destinados a una cuidadora y a una abogada amiga. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil anuló el escrito ante la demanda de un familiar

Llaves de bronce sobre un documento, un mazo de madera, una balanza de justicia y libros encuadernados sobre un escritorio de madera.
La defensa de la cuidadora planteó que el testamento debía conservarse porque se firmó ante escribano y mediante escritura pública (Imagen Ilustrativa Infobae)
Guardar

La Justicia anuló la firma del testamento de una mujer de 82 años porque concluyó que no tenía la claridad mental necesaria para decidir el destino de sus bienes. La firma que C.N.C. estampó el 24 de julio de 2014, un día antes de morir en el Sanatorio Güemes, dejó de tener efecto después de que los jueces consideraron acreditado que atravesaba un grave deterioro cognitivo y un cuadro clínico que le impedía comprender el alcance de ese acto.

El documento había entregado la totalidad de la herencia a E.A.A., su cuidadora, y a una abogada amiga. Entre los bienes había un departamento y un local comercial. Pero la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la nulidad del testamento: entendió que Cardone no pudo expresar una decisión libre y consciente al momento de firmarlo.

PUBLICIDAD

Fragmento de un texto mecanografiado sobre fondo blanco con partes censuradas en negro y oraciones resaltadas en amarillo
La futura cuidadora de la mujer estableció un vínculo afectivo previo con la mujer que falleció a los 82 años

La impugnación la presentó M.S.C., sobrina de la mujer, según la sentencia, con fecha del 25 de agosto de este año, a la que accedió Infobae. Sostuvo que su tía no tenía condiciones físicas ni psíquicas para entender, dictar o ratificar el destino de sus propiedades. También cuestionó que tanto la cuidadora como I.C.D.R., la abogada incluida en la escritura, hubieran intervenido cuando la anciana se encontraba en una situación de extrema vulnerabilidad.

La Cámara revisó las pruebas médicas, los testimonios y las actuaciones de la causa penal vinculada al caso. Pero hubo un detalle no menor: la historia clínica de la mujer se extravió, por ende, el Cuerpo Médico Forense reconstruyó el estado de salud de la firmante a partir de otros elementos.

PUBLICIDAD

Pasillo de un departamento con piso de madera, un documento doblado y unas llaves sobre una mesa cerca de la puerta de entrada.
Al quedar sin efecto el testamento, la herencia -un departamento y un local comercial- no se distribuye conforme a esa escritura, sino según las reglas de la sucesión intestada, entre los herederos legales que correspondan (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los jueces (Maximiliano L. Caia, Juan M. Converset y Gabriel G. Rolleri) tuvieron por probado que la mujer de 82 años, al momento de la rúbrica, estaba desorientada, padecía un deterioro cognitivo serio y sufría un cuadro de deshidratación, insuficiencia renal y shock séptico.

Por su parte, la defensa de la cuidadora planteó que el testamento debía conservarse porque se firmó ante escribano y mediante escritura pública. También sostuvo que la firmante “pudo haber atravesado un momento de lucidez”. La Cámara descartó ambos argumentos: la intervención del escribano certificó las formalidades del acto, pero no alcanzó para sostenerlo frente a las pruebas de que la testadora no comprendía qué estaba firmando.

Fragmento de un documento judicial impreso en español con líneas de texto resaltadas en color amarillo
La pericia determinó que la anciana atravesaba un situación de "desorientación y deterioro cognitivo" al momento de firmar el testamento como así también destacó el extravío de la historia clínica de la mujer fallecida

El tribunal señaló que no encontró elementos que demostraran una recuperación de la anciana antes de su muerte. La posibilidad de un intervalo lúcido requería pruebas concretas y, según la sentencia, el expediente mostró lo contrario: un deterioro que persistió hasta el final.

Ante esta resolución, la cuidadora obtuvo una suspensión del juicio a prueba pero eso no equivale a una declaración de inocencia sobre los hechos ni obliga al juez civil a ignorar la prueba reunida en el expediente penal. Esta medida extingue la acción penal, sin embargo, la mujer fue sobreseída por haber cumplido las condiciones impuestas.

Un documento con la palabra Will y una balanza roja trazada sobre la firma, junto a llaves e ilustraciones de edificios sobre una mesa.
La Justicia comprobó la falta de discernimiento de la mujer de 82 años que firmó el testamento y que no podía comprender lo que estaba rubricando (Imagen Ilustrativa Infobae)

Con la nulidad confirmada el 25 de agosto, el departamento y el local comercial deberán tramitarse bajo las reglas que determinan quiénes son los herederos legales.

El “intervalo lúcido” y la respuesta de la Justicia

La defensa de la cuidadora sostuvo que el testamento debía presumirse válido porque fue hecho por escritura pública y el escribano dio fe del acto. La Cámara rechazó ese argumento explicando que la fe notarial certifica principalmente la identidad de quien comparece y el cumplimiento de las formalidades del instrumento, pero no vuelve intocable un acto si después se prueba que la persona carecía de discernimiento o que no podía comprender lo que estaba firmando. Es una presunción de regularidad, pero que puede ser destruida por prueba médica, testimonial y judicial suficiente.

La supuesta heredera también invocó la posibilidad de un intervalo lúcido: aun una persona con deterioro cognitivo puede tener un momento de claridad suficiente para testar. Ese principio existe, pero quien pretende sostener la validez del acto frente a pruebas de incapacidad debe poder mostrar, al menos, elementos concretos de que ese momento de claridad existió. La Cámara entendió que no había evidencia sólida de ello y que, por el contrario, las pruebas indicaban un deterioro persistente hasta la muerte.

Un texto impreso en papel blanco con párrafos en tinta negra y varios pasajes del documento resaltados en amarillo
La defensa de la cuidadora recurrió a probar que la mujer tuvo un momento de lucidez para firmar su testamento

Por ende, la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia: mantuvo la nulidad del testamento firmado el 24 de julio de 2014; consideró acreditado que la mujer de 82 años no estaba en condiciones de testar por falta de discernimiento; rechazó la apelación de la cuidadora y distribuyó las costas del juicio.

Al quedar sin efecto el testamento, la herencia no se distribuye conforme a esa escritura, sino según las reglas de la sucesión intestada, entre los herederos legales que correspondan, salvo que exista otro testamento válido, lo que no ocurrió en este particular caso.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

Últimas Noticias

La jueza Paula Castro: “No necesitás un padrinazgo político para llegar a ser juez”

La jueza de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil cuenta cómo pasó de ser meritoria a camarista, defiende la formación y el trabajo como vías de acceso a la magistratura y analiza los desafíos de una Justicia que debe dar respuestas más rápidas

La jueza Paula Castro: “No necesitás un padrinazgo político para llegar a ser juez”

Tips Jurídicos: ¿Están prohibidas las sectas?

Hay personas manipuladoras, pero ¿es un delito serlo? ¿Qué pasa con los grupos que, de manera sistemática, reclutan miembros y sacan un provecho de su estado de vulnerabilidad? Una curiosa ley de Córdoba llegó con estruendo a los tribunales locales

Tips Jurídicos: ¿Están prohibidas las sectas?

Fue a inscribirse a un terciario y se desplomó el ascensor: 16 años después, la Justicia ordenó indemnizarla

Una joven acudió en 2010 a un instituto educativo público para anotarse en una carrera y sufrió el desplome del ascensor mientras subía. Tras un largo proceso judicial, la Justicia determinó la responsabilidad concurrente del organismo estatal a cargo y de la empresa encargada del mantenimiento, al comprobar graves deficiencias en los frenos del aparato

Fue a inscribirse a un terciario y se desplomó el ascensor: 16 años después, la Justicia ordenó indemnizarla

Denunció el hackeo del teléfono, dijo que vio cómo le vaciaban las cuentas “delante de sus ojos” y deberán reintegrarle cada peso y dólar robado

El afectado fue víctima una maniobra de SIM swapping en 2022 que le hizo perder el control de su línea telefónica y le permitió observar en tiempo real cómo vaciaban sus cuentas bancarias. La Cámara Comercial ratificó la responsabilidad del banco y la compañía telefónica y ordenó la restitución íntegra de los fondos sustraídos, aunque revocó la indemnización por daño punitivo

Denunció el hackeo del teléfono, dijo que vio cómo le vaciaban las cuentas “delante de sus ojos” y deberán reintegrarle cada peso y dólar robado

Cayó un árbol sobre su auto en la quinta que alquiló para el verano: la Justicia dio vuelta el fallo y ahora ordenan pagarle los daños

En enero de 2023, un árbol cayó sobre el Volkswagen Golf de un inquilino que estaba estacionado en un camino interno del predio. Tras el rechazo de la demanda en primera instancia, la Cámara de Apelaciones revirtió el criterio y condenó a la propietaria a pagar una indemnización de $9,1 millones por los daños materiales, más intereses

Cayó un árbol sobre su auto en la quinta que alquiló para el verano: la Justicia dio vuelta el fallo y ahora ordenan pagarle los daños