
El pasado miércoles, el Jurado de Enjuiciamiento de la Nación rechazó el pedido de destitución que pesaba sobre Pablo Díaz Lacava, juez del Tribunal Oral de La Pampa, por maltrato laboral. Al día siguiente se puso en marcha la restitución en su cargo, ya que estaba suspendido desde abril por decisión del Consejo de la Magistratura. Volverá a trabajar de forma remota. Aún pesa sobre el magistrado una orden de alejamiento respecto de sus denunciantes.
Díaz Lacava reasumió el viernes al frente del Tribunal que comparte con los magistrados Marcos Javier Aguerrido y Sebastián Luis Foglia. Pediría licencia durante la próxima semana, y retomará la gestión con el rearmado de su equipo de trabajo, según indicaron desde su entorno a Infobae. “Necesariamente necesita personal. No tiene ningún relator, no tiene ordenanza, no tiene a nadie trabajando con él”, explicaron las fuentes consultadas.
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Sucede que los empleados y funcionarios que denunciaron a este juez en 2023 ante el Consejo de la Magistratura y en sede penal fueron trasladados a otras dependencias del Poder Judicial, por lo que aún resta cubrir los cargos que dejaron vacantes.
Díaz Lacava está procesado por amenazas, lesiones leves y graves en un contexto de violencia de género, maltrato laboral, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, desobediencia judicial y retardo malicioso de justicia. Aunque está cerca de llegar a juicio oral, hizo una serie de planteos de nulidad que aún están pendientes de resolución, con la esperanza de evitar el debate ante el TOF de La Pampa, el mismo que integra, pero con jueces subrogantes.
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En esa causa, la Justicia le impuso una orden de alejamiento de al menos 300 metros de las presuntas víctimas, medida que no le permite regresar presencialmente al tribunal ubicado en la ciudad de Santa Rosa.
“Desenlace desproporcionado”
El veredicto del jury concluyó que el juicio político contra Díaz Lacava fue “un desenlace desproporcionado que de ningún modo puede justificar la destitución de un magistrado cuya honorabilidad e idoneidad técnica permanecen indemnes”.
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El defensor del magistrado en el juicio político fue Andrés Gil Domínguez quien, en diálogo con Infobae, consideró que este se trata de “un leading case” —un caso líder— que “marca un estándar muy claro y preciso sobre varios aspectos del funcionamiento del jurado de enjuiciamiento como órgano constitucional”.
“El primero es que los conflictos laborales deben solucionarse en otras instancias y no es el jurado de enjuiciamiento el ámbito para poder dirimirlas”, indicó el abogado.
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En efecto, la sentencia determinó que no funcionaron los resortes administrativos dentro del tribunal para dar una solución temprana al conflicto. “La decisión de ignorar los carriles específicos previstos al respecto en favor de una inmediata incriminación penal no puede ser subsanada mediante la sanción más drástica”, dice la sentencia.
La conclusión del caso apuntó a que la situación podría haberse subsanado con resoluciones internas o sanciones preventivas de la Cámara de Bahía Blanca, la Cámara Federal de Casación Penal y hasta el Consejo la Magistratura.
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“El otro posicionamiento claro es que de alguna manera hay que modificar el funcionamiento del Jurado de Enjuiciamiento y salir de esa lógica binaria de absolución o destitución y darle facultades para aplicar sanciones disciplinarias como una sanción intermedia. Me parece que esos son los dos elementos que, más allá del caso de Díaz Lacava, esta sentencia deja”, analizó Gil Domínguez.
En cuanto a Díaz Lacava y su investidura, “me parece que ha quedado demostrado, y así lo refleja el fallo, su honorabilidad, rectitud y capacidad como juez, más allá del conflicto laboral que tuvo con algunos integrantes del tribunal y no con todos”, continuó el defensor.
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Ante el jury, quienes pidieron la remoción de Díaz Lacava fueron los miembros del Consejo de la Magistratura Diego Barroetaveña, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, y Álvaro González, diputado nacional del PRO. Lo responsabilizaron por episodios sistemáticos de violencia en el tribunal: “Incurrió en desórdenes de conducta que afectaron el servicio de justicia”, alegaron los acusadores.
El juez Barroetaveña describió escenas de “gritos, golpes, explosiones de furia” por “teorías conspirativas y de traición del juez” o “rondas de enojo, interrogatorios y ofuscamiento por cuestiones triviales que él transformó en graves e intolerables”, como la ubicación de un matafuego o un crucifijo en la sala.
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Durante el debate se ventilaron situaciones tales como insultos y comentarios inapropiados sobre el cuerpo de los funcionarios; un piedrazo que el magistrado arrojó desde la vereda hacia una ventana en la que estaban los denunciantes; o haber encerrado a los empleados en una oficina para gritarles e interrogarlos.
Del veredicto leído este miércoles se desprende que los hechos “no alcanzan a revestir la entidad, lesividad ni gravedad cualificada exigidas para tener por configurados los graves desórdenes de conducta previstos en el artículo 25, inciso 5, de la ley 24.937″, donde están previstas las causales de remoción, que es la sanción más grave.
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El Jurado de Enjuiciamiento que confirmó en el cargo a Díaz Lacava fue presidido por el juez del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 25 de la Capital Federal, Marcelo Gastón Bartumeu Romero, y conformado por el camarista de San Martín, Néstor Pablo Barral; las senadoras nacionales María Belén Monte De Oca (LLA - Tierra del Fuego) y María Florencia López (UxP - La Rioja); los diputados nacionales Nicolás Mayoraz (LLA - Santa Fe), Christian Alejandro Zulli (UxP - Corrientes) y la abogada de la matrícula federal, Ana Beatriz Fernández.
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