
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible este jueves una queja presentada por Carlos Alfredo Kunz, ex subjefe de la Policía de Catamarca y ex director de Drogas Peligrosas, procesado en una causa en la que se investigan presuntas maniobras de narcotráfico y protección policial desarrolladas entre 2014 y 2018.
Kunz está acusado de haber integrado y dirigido, junto con Norberto Enrique “Rulo” Valdez, subcomisario de la Policía de Catamarca e investigador de la Dirección de Drogas Peligrosas, una organización dedicada al tráfico de estupefacientes de la que también habrían formado parte otros tres imputados.
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Según la hipótesis que se baraja en la causa, durante los años en que se desempeñó como funcionario policial, Kunz habría recibido dinero a cambio de brindar protección a personas vinculadas con el narcotráfico. También se le atribuye haber organizado la comercialización de drogas mediante el aporte de estupefacientes, información y cobertura policial.
Otro de los hechos investigados apunta a la presunta sustracción de droga que había sido secuestrada en procedimientos de la Dirección de Drogas Peligrosas. La acusación sostiene que esos estupefacientes habrían sido retirados para volver a introducirlos en el mercado ilegal.
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Por esas maniobras, Kunz se encuentra procesado por los delitos de cohecho pasivo, organización de comercialización de estupefacientes agravada por haber sido cometida por un funcionario público y sustracción de medios de prueba, en concurso real.
La discusión que llegó ahora al máximo tribunal penal del país se originó en un planteo de nulidad presentado por su defensa contra la primera declaración indagatoria del exfuncionario y todo lo actuado posteriormente. Los abogados también reclamaron su sobreseimiento.
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El planteo se sustentó, entre otras cuestiones, en el presunto extravío de nueve CDs correspondientes a escuchas telefónicas producidas en otra causa. Además, la defensa invocó una nueva escucha en la que, según su interpretación, uno de los imputados arrepentidos habría afirmado que el audio que dio origen a la investigación era “un invento”.

El juez federal de Catamarca Miguel Ángel Contreras rechazó tanto la nulidad como el pedido de sobreseimiento. Esa decisión fue luego confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. La defensa interpuso entonces un recurso de casación y, tras su rechazo, acudió directamente ante la Sala III mediante una queja
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En las instancias anteriores también se descartó el argumento referido a las grabaciones. De acuerdo con las actuaciones, los CDs que comprometían a Kunz no habían sido extraviados y los interlocutores de la conversación cuestionada ratificaron posteriormente sus manifestaciones sobre el ex jefe policial, en declaraciones que fueron consideradas coincidentes con otras pruebas.
A la hora de resolver, los camaristas Carlos Mahiques y Gustavo Hornos entendieron que la defensa no logró superar el obstáculo procesal para habilitar la intervención de Casación. Señalaron que la decisión cuestionada “no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella”, porque no pone fin a la causa ni impide que las actuaciones continúen.
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Asimismo, consideraron que el recurrente tampoco consiguió demostrar “el agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior” necesario para equiparar el pronunciamiento a una sentencia definitiva.
Los magistrados recordaron, además, que la Corte Suprema de Justicia tiene establecido que “las decisiones que admiten o deniegan nulidades, por regla, no constituyen sentencia definitiva pues en esta materia prima un criterio de interpretación restrictiva”.
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También descartaron la existencia de una cuestión federal suficiente y consideraron que la gravedad institucional invocada por la defensa no había sido debidamente fundada.
De acuerdo con medios locales, además, el juez federal Miguel Ángel Contreras dispuso recientemente la elevación a juicio oral de la causa contra Kunz y Valdez, por lo que el expediente quedó encaminado hacia la etapa de debate.
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El camarista Daniel Petrone coincidió en lo sustancial con sus colegas a la hora de emitir su voto. Así, por unanimidad, la Sala III declaró inadmisible la queja de la defensa de Kunz, con costas, y dejó vigente el rechazo de la nulidad y del pedido de sobreseimiento dispuesto en las instancias anteriores.
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