
La Cámara Federal de La Plata revocó el procesamiento y dictó la falta de mérito sobre Thiago Román Florentín, uno de los acusados por los incidentes ocurridos durante una caravana de campaña libertaria de las últimas elecciones legislativas, cuando el presidente de la Nación, Javier Milei, visitó el sur del conurbano bonaerense.
Los magistrados consideraron que las pruebas acumuladas en la causa resultaron insuficientes para sostener la acusación penal. El señalado por el presunto atentado seguirá bajo investigación.
PUBLICIDAD
El episodio sucedió en la tarde del 27 de agosto de 2025, en el cruce de la Avenida Hipólito Yrigoyen y la calle Laprida. En esa oportunidad, un grupo de manifestantes se congregó para expresar su rechazo a un acto proselitista encabezado por el jefe de Estado, quien estuvo acompañado por su hermana y secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, y por el entonces diputado nacional y candidato José Luis Espert.
Quienes protestaban se mezclaron con los militantes libertarios que fueron a acompañar la caravana presidencial. En medio del tumulto, diversas personas arrojaron elementos contundentes hacia los vehículos oficiales que trasladaban a la comitiva gubernamental.
PUBLICIDAD
El mandatario y su hermana tuvieron que ser evacuados por su custodia. El entonces diputado Espert, en cambio, fue auxiliado por un militante que lo sacó del lugar en una moto.
Thiago Florentín fue uno de los tres detenidos por los incidentes. Lo procesaron como autor de los delitos de atentado contra la autoridad agravado e instigación a la violencia colectiva.
El Juzgado Federal N° 2 de Lomas, a cargo de Luis Armella, tomó como prueba central la declaración de un comisario mayor de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. El jefe policial afirmó que divisó a un hombre de contextura robusta lanzar objetos con su mano derecha hacia la camioneta presidencial. Asimismo, se sumó como indicio que el propio imputado admitió en su declaración indagatoria haber asistido a la marcha junto a una organización social.
PUBLICIDAD
Sin embargo, la defensa del acusado apeló el fallo y argumentó que Florentín solo entonó cánticos de protesta. Los abogados señalaron que las filmaciones y fotos del expediente no mostraron al joven arrojando piedras. Además, destacaron que el único registro audiovisual difundido exhibió que el elemento lanzado fue un brócoli, un vegetal que carece de capacidad para intimidar o dañar.

Al analizar la apelación, los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de La Plata, César Álvarez y Roberto Agustín Lemos Arias, decidieron revocar el procesamiento. Los camaristas explicaron que manifestarse y cantar consignas políticas en una convocatoria pública no constituye el delito de incitación a la violencia. El tribunal remarcó que el fallo apelado no logró demostrar que las expresiones del imputado buscaran generar desmanes o empujar a la multitud a cometer agresiones físicas.
PUBLICIDAD
Respecto al delito de atentado contra la autoridad, la Cámara determinó que la investigación no pudo precisar qué objetos se arrojaron ni su potencialidad dañina. Los magistrados indicaron que la acusación se apoyó de manera casi exclusiva en un solo testimonio policial que no se complementó con otras pruebas de peso. Las filmaciones incorporadas al expediente no permitieron identificar con claridad al sospechoso en una conducta violenta, y tampoco se secuestraron piedras u otros proyectiles contundentes en el lugar.
Finalmente, los jueces descartaron la aplicación de los agravantes previstos para los ataques organizados por más de tres personas. La resolución detalló que la mera coincidencia temporal de manifestantes en una protesta no prueba la existencia de un plan coordinado para agredir físicamente a las autoridades.
PUBLICIDAD
Por estos motivos, la Cámara Federal de La Plata dejó sin efecto el procesamiento y el embargo de bienes, y dictó la falta de mérito para Florentín, lo que mantiene al joven ligado al proceso, pero sin una acusación firme en su contra.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Su hijo se rompió una rodilla en una clase de gimnasia: hicieron juicio, lo ganaron, pero la indemnización no llega al millón de pesos
Una familia demandó al Estado después de que un alumno de 11 años sufriera una rotura de meniscos mientras jugaba al fútbol durante una clase de educación física en una escuela pública. El tribunal reconoció la responsabilidad por el accidente, pero fijó una indemnización muy inferior a la que habían reclamado

Tropezó al cruzar la calle y todo quedó registrado por una cámara de seguridad: ganó el juicio por una tapa de sumidero mal colocada
Una vecina de Mar del Plata denunció que cayó al pisar una tapa de cemento floja y sin señalización para los peatones. La cámara de seguridad captó el momento exacto del accidente y terminó siendo una prueba clave en el expediente. La Justicia civil responsabilizó a la empresa estatal de agua y ordenó pagar una indemnización por daño moral y gastos terapéuticos

Fue a un centro de estética a levantarse los glúteos y terminó con una lesión en el nervio ciático: casi $62 millones de indemnización
La Cámara Civil confirmó la responsabilidad médica al vincular de manera directa la parálisis del nervio ciático con las inyecciones de Endopee. La mujer debió someterse a una cirugía de alta complejidad y terminó jubilándose por invalidez

Los abogados votarán el 20 de octubre para renovar sus representantes en el Consejo de la Magistratura
Cerca de 184 mil matriculados federales están habilitados para participar de los comicios. Cuatro listas competirán por las bancas del estamento para el período 2026-2030. Sus principales candidatos hablaron con Infobae sobre sus expectativas y qué consideran que está en juego

Caso Odebrecht: Casación revisará las condenas de Julio De Vido y Daniel Cameron
El Tribunal Oral Federal 2 concedió la apelación de la sentencia que solicitaron desde la defensa y la fiscalía


