
La Cámara Federal de Córdoba confirmó los procesamientos sin prisión preventiva de tres docentes e investigadores de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC) acusados de peculado, administración infiel y defraudación en perjuicio de la administración pública. Se les atribuye haber usado múltiples recursos de esa casa de estudios para sus actividades privadas.
Los acusados son Oscar Alberto Masciarelli, Lucas Antonio Gallarato y Roxana Judith Reynaga, docentes de la Facultad de Ciencias Exactas, Físico-Químicas y Naturales. La Sala B del tribunal también ratificó el procesamiento de Gabriel Aguilar Mansilla -no docente- por encubrimiento. En paralelo, la Cámara revocó los procesamientos de otras dos investigadoras, dictando la falta de mérito en sus casos.
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Según la investigación, los imputados Masciarelli y Gallarato habrían utilizado los laboratorios 5 y 6 de la Universidad Nacional de Río Cuarto para llevar a cabo actividades privadas. Se les atribuye haber ingresado y permanecido en estas instalaciones sin autorización, a menudo fuera del horario laboral, para ofrecer servicios a terceros a través de una empresa denominada “A&B Agrobiotech Diagnóstica”. Para ello, habrían empleado insumos, equipos y tecnologías pertenecientes a la UNRC.
A partir de una investigación conducida por el fiscal Rodolfo Cabanillas, el Juzgado Federal de Río Cuarto procesó a todos los involucrados en base a diversas pruebas, incluyendo declaraciones testimoniales, publicaciones en redes sociales como Instagram, y material incautado a Oscar Masciarelli durante su detención, lo que evidenció la existencia de la empresa.
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La vinculación de Masciarelli y Gallarato con “A&B Agrobiotech Diagnóstica” se corroboró mediante testimonios, imágenes y folletos informativos que los mencionaban como miembros y proporcionaban números de contacto, los cuales coincidían con líneas telefónicas intervenidas al inicio de la investigación y utilizadas por los acusados.
“¿Sabés la cantidad de curritos que hay ahí adentro, boludo, que uno sabe?”, le dijo Masciarelli a un interlocutor, según se desprende del fallo al que accedió Infobae.
Un informe de ARCA destacó la gran cantidad de facturas emitidas entre enero de 2022 y mayo de 2025 por los investigadores y docentes acusados.
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Muchas de estas facturas fueron dirigidas a personas físicas y jurídicas que coincidían con los clientes de “A&B Agrobiotech Diagnóstica”. Testimonios recabados indicaron que los servicios ofrecidos por esta empresa eran costosos y requerían equipos especializados, disponibles solo en universidades o grandes centros urbanos.
Las intervenciones telefónicas también revelaron que los acusados poseían elementos pertenecientes a los laboratorios de la universidad, lo cual se confirmó con los resultados de los allanamientos.
En cuanto a Aguilar Mansilla, se acreditó su participación en el delito de encubrimiento. Una conversación del 28 de abril de 2025 con Reynaga, donde esta le pidió urgentemente que retirara su celular y computadora de su domicilio ante el temor de un allanamiento, fue determinante.
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En un allanamiento posterior en el domicilio de Aguilar Mansilla, se encontró la notebook de Reynaga, que no había sido hallada en las requisas previas en su propiedad. El pedido nocturno y urgente de Reynaga llevó a inferir que Aguilar Mansilla conocía la posible ilicitud de los elementos al momento de retirarlos.
Las defensas de los imputados apelaron los procesamientos, argumentando falta de fundamentación, ausencia de pruebas concretas y violación del principio de inocencia. La defensa de Masciarelli sostuvo que la imputación era genérica, sin identificar hechos específicos, fechas, clientes o montos, y que no se había acreditado la configuración de los tipos penales de peculado y administración fraudulenta.
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La defensa de Reynaga y las dos investigadoras ahora beneficiadas por la Cámara alegó falta de fundamentación y valoración parcial de la prueba.
La Cámara Federal cordobesa, integrada por los jueces Graciela Montesi, Liliana Navarro y Abel G. Sánchez Torres, confirmó los procesamientos de Masciarelli, Gallarato y Reynaga por peculado, administración infiel y defraudación, y el de Aguilar Mansilla por encubrimiento.
La jueza Montesi consideró que las pruebas reunidas, incluyendo la prueba informativa, documental, testimonial, transcripciones de escuchas telefónicas y material de celulares incautados, eran suficientes para acreditar la existencia del accionar ilícito y la responsabilidad penal de estos individuos.
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Sin embargo, la camarista -a cuyo voto adhirieron sus pares- no compartió la valoración de los elementos de prueba que el juez de primera instancia había utilizado para acreditar la participación de las dos investigadoras a las cuales se les revocó el procesamiento.
Finalmente, la Cámara morigeró los montos de los embargos impuestos a Roxana Judith Reynaga y Gabriel Aguilar Mansilla. El embargo de Reynaga se redujo de 20 millones a 3 millones de pesos, y el de Aguilar Mansilla de 5 millones a 2 millones de pesos, considerando que los montos iniciales resultaban desproporcionados.
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