
El juez en lo penal económico Diego Amarante rechazó los argumentos del tesorero de la AFA Pablo Toviggino, quien busca apartarlo de la causa penal por una multimillonaria retención de aportes, descartó tener “enemistad manifiesta” o falta de imparcialidad y adjudicó los planteos a la disconformidad del procesado con la marcha de una investigación “que no es de su agrado”.
El planteo de Toviggino para recusar al magistrado está en estudio de la Cámara en lo Penal Económico. Por otra parte, el Tribunal de Apelaciones citó a las partes para el 24 de abril próximo para escuchar argumentos sobre las apelaciones a los procesamientos que resolvió Amarante el 30 de marzo pasado, en la investigación por la presunta retención indebida de aportes calculada en 19.300 millones de pesos, donde es querellante ARCA.
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Un planteo inadmisible
Toviggino pidió apartar a Amarante por supuesta “enemistad manifiesta” y se definió víctima de un “complot administrativo, mediático y judicial”.
En un extenso informe elevado a la Cámara en lo Penal Económico, Amarante descartó la existencia de “enemistad manifiesta” o pérdida de imparcialidad, y consideró que el planteo responde a una “manifiesta discrepancia y disconformidad” del imputado con el avance de una investigación “que no es de su agrado”.
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Amarante calificó el intento de apartarlo como “inadmisible” y sostuvo que los argumentos no encuadran en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación. “No denota una arbitrariedad ni una falta de imparcialidad del suscripto”, afirmó.
“No se observa de modo alguno que el actuar de este magistrado haya sido irrazonablemente tardío, desmedido o haya menoscabado arbitrariamente las garantías de la parte; tampoco de la actividad procesal cumplida puede avizorarse que la misma haya provenido de una enemistad manifiesta con quien resulta investigado”, concluyó en el escrito al que tuvo acceso Infobae.
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Hechos graves y complejos
El juez remarcó que todas las medidas adoptadas en el expediente fueron debidamente fundadas en las constancias del sumario, en la necesidad de profundizar la investigación de hechos que describió como “graves y sumamente complejos”, y dentro de los límites de legalidad y razonabilidad. En ese sentido, rechazó que su actuación haya sido “tardía, desmedida” o violatoria de garantías.
También negó cualquier trato desigual o discriminatorio hacia Toviggino y sostuvo que la actividad procesal desplegada “no proviene de una enemistad manifiesta” ni evidencia pérdida de imparcialidad o mal desempeño.
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Uno de los ejes de la recusación giró en torno a las condiciones de seguridad durante la declaración indagatoria del dirigente futbolístico, realizada el 11 de marzo. Sobre ese punto, Amarante explicó que las medidas adoptadas —incluida la presencia reforzada de la Policía Federal— respondieron a un pedido expreso de la propia defensa, que había advertido sobre posibles riesgos, incluso la eventual presencia de barras.
Según el magistrado, fueron temores que “la realidad se ocupó de desmentir”, ya que no se registraron incidentes y las audiencias se desarrollaron con normalidad.También cuestionó la intención de la defensa de utilizar accesos no habilitados para el ingreso o egreso del imputado, lo que —según indicó— hubiera generado riesgos de seguridad y alterado el funcionamiento del edificio judicial.
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Amarante sugirió que detrás de algunos planteos podría haber existido un intento de obtener un trato diferencial respecto del resto de los justiciables.Incluso citó expresiones del propio Toviggino en las que manifestaba su intención de evitar aparecer en imágenes a la salida de los tribunales.
Sobre la forma en que se realizó la indagatoria al tesorero, el juez remarcó que ingresó “a la sede judicial sin mayores inconvenientes” y en un marco de “absoluta tranquilidad” al igual que las declaraciones a otros imputados en días previos.
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“Lejos de configurarse la enemistad alegada por el señor Toviggino en su presentación y pese a no recaer en cabeza de esta judicatura la superintendencia del edificio, se arbitraron oportunamente las medidas necesarias a fin de garantizar la tranquilidad y el normal desarrollo, en general, de los actos procesales en cuestión, y en el particular, de la declaración indagatoria de Pablo Ariel Toviggino”.
No hubo en esos días “ningún episodio que pusiera en riesgo la seguridad o la integridad física o moral de los participantes”, agregó y al respecto mencionó la actitud del presidente de la AFA Claudio “Chiqui” Tapia quien el día de su indagatoria manifestó su deseo de salir por la puerta principal donde lo aguardaba la prensa porque no quería “ningún trato privilegiado”.
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El juez recordó que Toviggino había pedido sin éxito declarar por videoconferencia.“Medió una permanente intencionalidad de obtener un tratamiento diferenciado al que corresponde al común de los justiciables”.
Todo indicaría, resaltó, que lo que en verdad procuraba evitarse “es -en palabras del propio recusante- “mi foto en la primera plana de todos los medios gráficos y digitales de la República Argentina saliendo de los Tribunales”.
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En el planteo para apartarlo también se aludió a la información del caso publicada en medios periodísticos. El juez rechazó que ello implique prejuzgamiento y advirtió sobre el riesgo de afectar el principio de juez natural si se admitieran recusaciones basadas en la repercusión pública de las causas. Subrayó que se trata de una investigación que involucra a la máxima entidad del fútbol argentino, lo que justifica el interés público.
Por otra parte, defendió otro de los planteos para recusarlo, la vigencia de la prohibición de salida del país dictada contra Toviggino, al considerar que es una medida idónea para garantizar su sujeción al proceso. Señaló que su rol dentro de la AFA, su intervención en la administración de recursos y la existencia de otros procesos judiciales en trámite constituyen indicadores relevantes para evaluar el riesgo procesal.
Los procesamientos
Las defensas del presidente de la AFA, Claudio Tapia, y del tesorero Pablo Toviggino apelaron los procesamientos dictados en su contra por la presunta retención y omisión de depósito de impuestos y contribuciones por más de 19.000 millones de pesos entre 2024 y 2025.
La causa será revisada por los jueces de la Cámara en lo Penal Económico Carolina Robiglio y Roberto Hornos, quienes deberán analizar los planteos junto con el resto de los recursos presentados.
También apelaron sus procesamientos Cristian Malaspina (actual secretario general de la AFA) y los exdirectivos Víctor Blanco Rodríguez y Gustavo Roberto Lorenzo. A todos se los consideró responsables del delito de apropiación indebida de tributos y de recursos de la seguridad social, agravado por la intervención de más de dos personas en una estructura organizativa.
Además, se dispuso el embargo de bienes de la AFA por 350 millones de pesos, al considerarla responsable como persona jurídica por el delito de apropiación indebida de tributos agravado reiterado en 34 oportunidades, en concurso real con la apropiación indebida de recursos de la seguridad social agravada reiterada en 17 oportunidades.
Al dictar los procesamientos, Amarante sostuvo que, si bien la deuda —calculada en unos 19.300 millones de pesos— se encuentra regularizada o en vías de estarlo, el delito se configura igualmente cuando no se cumple con el pago en tiempo y forma, es decir, dentro de los 30 días posteriores a la retención de las obligaciones.
Además, el magistrado destacó que durante todos los meses en los que se registraron vencimientos hubo “significativas transferencias” de sponsors a cuentas bancarias de la AFA, lo que evidenciaba una “amplia disponibilidad” de fondos para cumplir con el fisco en los plazos legales.
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