La Cámara Criminal y Correccional Federal porteña instó al titular del Juzgado Federal N° 8, Marcelo Martínez De Giorgi, a que no se demore en el avance de la causa $LIBRA, y que haga lo necesario para producir las pruebas que permitan esclarecer la situación de las personas investigadas. Además, se pronunció este jueves sobre el congelamiento de fondos y bienes de los imputados, y le encomendó al juez federal que eleve el monto de embargo que se había fijado inicialmente en $36.875.000.
Martínez De Giorgi emitió una resolución el 28 de noviembre en la que descongeló los bienes de Hayden Davis, creador de la criptomoneda, y reemplazó esa medida por el embargo que rondó los 25.000 dólares.
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También fueron embargados por el mismo monto Mauricio Novelli y Manuel Terrones Godoy, Sergio Daniel Morales, María Alicia Rafaele, María Pía Novelli, Favio Rodríguez Blanco de Orlando y Rodolfo Mellino.
El monto del embargo
La Cámara Federal porteña analizó si las restricciones financieras debieron mantenerse o modificarse, ante las apelaciones que presentaron la querella y las defensas.
En primer lugar, se tuvo en cuenta que los $36.875.000 que fijó Martínez De Giorgi surgieron de una estimación inicial del perjuicio económico denunciado, que rondó -según calculó el juez de la causa- los 12.000 dólares.
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El magistrado consideró que ese monto alcanzaba para cubrir las responsabilidades que pudieran surgir durante el trámite del expediente.
El querellante y damnificado Braian Emanuel Quintero manifestó su disconformidad con este criterio y argumentó que resultaba insuficiente para proteger los intereses de las víctimas. Los 12.000 dólares estimados por el juez, dijeron, no contempló la magnitud de la operación sospechosa ni la posibilidad de que existieran más perjudicados.
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Además, sostuvo que levantar la restricción total sobre el patrimonio de los investigados generó un riesgo de pérdida definitiva de los recursos.

Durante el trámite de la apelación, surgió información sobre la intención de dos nuevos presuntos damnificados que denuncian haber sufrido pérdidas que alcanzaron, en conjunto, los dos millones de dólares.
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Por otro lado, los defensores de Hayde Davis, Marcos G. Salt y Natalia Sergi, pidieron que se confirmara el levantamiento de la prohibición general. Aseguraron que el valor del embargo ya determinado cubrió los reclamos iniciales y que conservar una inhibición sobre todo el patrimonio representó una carga excesiva para el creador de la cripto.
También consideran que, al día de hoy, en la causa no hay pruebas suficientes para sostener medidas tan severas.
Los argumentos de la Cámara
Los camaristas de la Sala I, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, evaluaron los fundamentos de ambas posiciones para llegar a un veredicto. Explicaron que las herramientas cautelares en el ámbito penal buscan asegurar que se paguen futuras multas o indemnizaciones. Sin embargo, aclararon que tales limitaciones no deben funcionar como una condena anticipada para los sospechosos antes de un juicio oral.
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La Cámara consideró que, aunque al principio fue útil congelar todas las cuentas para entender la extensión del caso y recabar pruebas, esa situación no se puede mantener por tiempo indeterminado, lo que afectaría su libertad económica.

Por ello, los jueces aceptaron el cambio hacia un embargo específico, pero condicionaron su validez a un análisis más profundo sobre la cantidad de dinero necesaria.
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El fallo de la Sala I, al que accedió Infobae, ordenó así que el juez Martínez De Giorgi redefina el embargo a los imputados. Le encomendaron calcular un valor más acorde a la realidad actual de la instrucción, tomando en cuenta a las víctimas recientemente identificadas.
Finalmente, la Cámara instó a acelerar la producción de pruebas para definir la situación de los implicados. Aún no hubo llamados a indagatoria.
Los jueces advirtieron que, si la instrucción no progresa de manera simultánea a la vigencia de las medidas cautelares, se terminaría por desvirtuar la naturaleza de las restricciones.
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Por este motivo, el tribunal también dispuso que el juez realice una nueva evaluación sobre la necesidad de las prórrogas de las medidas patrimoniales al vencimiento de los plazos, considerando siempre el estado real de las actuaciones en ese momento.
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